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Ambiente Y Desarrollo Socioeconomico En Venezuela


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  2.792 Palabras (12 Páginas)  •  2.631 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente trabajo se definirá el concepto de ambiente y desarrollo socioeconómico y política ambiental, como un esquema a seguir con el fin de promover el progreso de los pueblos.

El modelo de desarrollo venezolano está plasmado en el Plan de desarrollo Social y Económico y Social de la nación 2007-2013 y persigue busca garantizar y alcanzar la Independencia con Igualdad y Justicia Social, y avanzar en la restitución progresiva del equilibrio: económico, social, político, territorial e internacional de Venezuela.

En Venezuela se ha alcanzado un avance significativo en el diseño de políticas y mecanismos de planificación para la gestión ambiental, tendiente a articular las estrategias de conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y del ambiente en general. Este adelanto también incluye un marco normativo amplio que abarca materia civil, administrativa y penal del ambiente, fundamentado en la actual doctrina constitucional, donde se establece los derechos ambientales para la población, se promueve la participación ciudadana, mediante el ejercicio del poder popular, como principio de corresponsabilidad para garantizar un ambiente sano para las poblaciones presentes y futuras de la nación. El objetivo de este trabajo es analizar la política y gestión ambiental participativa en Venezuela

AMBIENTE Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO EN VENEZUELA

Venezuela, con una superficie terrestre de 916.455 Km2 y con una población estimada de 29.316.346 persona (de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de

Estadísticas-INE- de 2009) muestra una huella ecológica nacional de 3,13

Ha/persona, es decir que en teoría considerando que la oferta natural se distribuye por igual en el territorio terrestre nacional y la población del país se reparte también equitativamente, ésta podría duplicarse sin comprometer la sostenibilidad ambiental de su territorio.

La Calidad Ambiental, entendida como el mantenimiento de las condiciones y cualidades del medio geo-bio-físico en un estado que favorece el desenvolvimiento de la vida. En este contexto, se entiende que el consumo de los recursos naturales se puede sostener en el tiempo sin degradar las existencias de sus elementos componentes, base del patrimonio natural

El crecimiento económico viene a significar el desarrollo de la economía nacional cuyas tasas de crecimiento deben situarse de forma sostenida sobre el crecimiento de la población, sin afectar irreversiblemente la base de los recursos naturales que sustentan el proceso. Implica la acumulación nacional de excedentes de capital a través de un manejo racional y eficiente de los medios y factores de producción, enmarcada, a su vez, dentro del principio del beneficio recíproco en sus relaciones internacionales, para coadyuvar a lograr la satisfacción de las necesidades actuales y futuras de la población, en un entorno vital cualitativa y cuantitativamente siempre disponible.

La calidad de vida aparece asociada a satisfacer las necesidades esenciales de la población, unos de carácter socioeconómico: educación salud, vivienda, servicios de equipamiento, recreación y cultura, accesibilidad, trabajo, seguridad social y participación ciudadana; y otros de carácter físico-ambiental: condiciones y cualidades del entorno natural, prevención de riesgos naturales y mitigación de procesos de degradación ambiental.

Este objetivo se corresponde con la idea de reconocer que la sociedad no puede avanzar en la búsqueda de su desarrollo y bienestar si no dispone de permanentemente de un escenario geoecológico adecuado en el que indispensablemente tiene que actuar. Al ser éste un objetivo vinculado al desarrollo responsable, finalidad de la ordenación territorial – ambiental.

EL MARCO LEGAL

A finales de 1999, con la aprobación de una nueva Constitución Nacional (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela-CRBV-) se asume un nuevo proyecto de país en el que se considera al “[…] equilibrio ecológico y los bienes ambientales jurídicos como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad” (CRBV, 1999: Preámbulo); también se asume el desarrollo sustentable como modelo a seguir para que el Estado implante una “política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblaciones, sociales, culturales, económicas y políticas” (CRBV, 1999: Art.128). Además se establece la obligación estatal en la promoción de la agricultura sustentable, “como base estratégica del desarrollo rural integral” (CRBV, 1999: Art. 305) y se define al turismo como una actividad “prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable” (CRBV, 1999: Art. 310). Como se puede apreciar, el texto constitucional vincula de manera indefectible la sustentabilidad con el ordenamiento del territorio como instrumento privilegiado de la planificación del desarrollo, y apuntala las actividades económicas que pudiesen propiciar el uso duradero de los bienes biológicos vegetales, animales y del paisaje.

Con ello, actuando en este nivel superior del legislativo, legitimado además por el carácter refrendario de la CRBV, asumiendo un modelo de desarrollo alternativo, se establece el marco normativo que debería evitar la continuidad de las disputas institucionales señaladas anteriormente. El territorio y las posibilidades que ofrece para el aprovechamiento sustentable agrícola y turístico, se convierte en la clave para evaluar la inclusión de la sustentabilidad ambiental a lo largo del proceso bolivariano, un período sin embargo bastante heterogéneo en cuanto al desempeño del Gobierno Nacional en el cumplimiento de su obligación de lograr el ordenamiento territorial venezolano como base del desarrollo sustentable del país, como se verá más adelante.

La Constitución de 1999 nos dirige hacia la sustentabilidad “suave”

El texto constitucional se impregna de orientaciones de desarrollo alternativo; sin embargo se debe recalcar que se trata de posiciones de sustentabilidad de tipo

“suave” por cuanto el Estado Nacional no solo mantiene su derecho de propiedad y explotación del petróleo, un recurso natural no renovable, (CRBV, 1999: Art. 302), en una tradición que se remonta a la segunda década del siglo XX, sino que además Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) pasa a ser un bien constitucional (CRBV, 1999: Art. 303). La viabilidad de una estrategia sostenible en Venezuela en buena medida depende de evitar las posiciones “duras”, “maximalistas” en el corto y en el mediano plazo,

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