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Análisis Del Efecto Del Divorcio


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  401 Palabras (2 Páginas)  •  498 Visitas

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ANALISIS DE EFECTOS DEL DIVORCIO.

Hay dos tipos de efectos de divorcio, el efecto provisional y el definitivo.

EFECTO PROVISIONAL: El efecto provisional es el que se produce durante la tramitación del juicio, y es cuando el juez toma medidas preventivas mientras se lleva el juicio determinando quien debe quedarse al cuidado de los hijos, tomar precauciones cuando la mujer este embarazada y determinar los alimentos y sostenimiento de los hijos.

Al admitirse la demanda de divorcio, el juez de lo familiar determinara ante una audiencia y teniendo en cuenta el interés familiar quien continuara usando la vivienda familiar, hacer un inventario de bienes y enseres, al igual lo que se debe llevar el otro cónyuge, incluyendo el lugar y puesto de trabajo e informar donde va a ser su lugar de residencia.

EFECTOS DEFINITIVOS EN EL JUICIO DE DIVORCIO: En este efecto definitivo del divorcio es el de gran importancia respecto a los cónyuges, hijos y bienes.

Ya estando divorciado los cónyuges recobraran la capacidad de volver a contraer matrimonio, pero antes de la Reforma solo se podían volver a casar después de 2 años ya divorciado, en caso de que se casaran antes de este plazo se decía que el matrimonio era ilícito. Si la mujer estaba embarazada se decía que el hijo era del primer matrimonio si nacía dentro de los trescientos días siguientes después del divorcio, y era del segundo matrimonio si el hijo nacía después de los ciento ochenta días de celebrado el segundo matrimonio.

La capacidad de jurídica de la mujer divorciada en el Código Civil de 1884 y 1870 era prácticamente igual que a la de un menor de edad, el esposo era el administrador legítimo de todos los bienes. En el código civil de 1914 y 1932 ya se estipulo la capacidad de goce y de ejercicio por igual de la esposa y el marido y así las esposa tener la capacidad de administrar, contratar o disponer de sus bienes propios.

En nuestro Código Civil en vigor no se reglamentó que la mujer lleve el apellido del marido después de finalizado el divorcio porque no es una pertenencia de este.

En cuanto a los alimentos del cónyuge inocente en nuestra legislación el pago de alimentos en caso de divorcio debe ser como una sanción. Anteriormente la mujer inocente tenía derecho a recibir pensión alimenticia independientemente que trabajara o tuviera bienes siempre y cuando no contrajera nuevas nupcias.

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