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Brebe Estudio Del Registro Publico De Propiedad


Enviado por   •  30 de Enero de 2013  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  1.678 Visitas

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UNIDAD 5 BREVE ESTUDIO DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD

5.1 ESTRUCTURA Y NATURALEZA JURIDICA

ESTRUCTRUCTURA:

ARTÍCULO 17. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL REGISTRO PÚBLICO. El Organismo contará con la estructura orgánica que establezca su Estatuto Orgánico.

ARTÍCULO 18. REQUISITOS PARA DESEMPEÑAR UN CARGO PÚBLICO EN EL ORGANISMO. El Reglamento determinará los requisitos que deban cumplirse para desempeñar los cargos que requiera la organización y funcionamiento del Registro Público de la Propiedad.

ARTÍCULO 19. RELACIONES LABORALES DEL ORGANISMO. Las relaciones laborales entre el Organismo y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en la Ley del Servicio Civil vigente en el Estado y las Condiciones Generales de Trabajo que el mismo establezca.

NATURALEZA JURÍDICA:

EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD: dentro de nuestro sistema legislativo, es una oficina en la que se lleva a efecto la inscripción de los títulos expresamente determinados en el Código civil, con la finalidad primordial de dar al comercio jurídico la seguridad y certeza. Tiene por objeto señala COLIN SÁNCHEZ proporcionar publicidad a los actos jurídicos regulados por el Derecho Civil.

Ahora bien desde el punto de vista de la realidad legislativa mexicana, las diferentes definiciones que han quedado expuestas no dan una idea exacta y cabal del Registro Público de la Propiedad.

Hay que tener en cuenta, a este respecto, que en nuestro Registro no se inscriben únicamente las situaciones jurídicas relativas a los bienes inmuebles, sino que también se hace constar en él la existencia de las personas morales e igualmente se inscriben determinados bienes muebles.

Esta definición es, desde luego, la que más fielmente responde a nuestro Registro Público del a Propiedad, lo que no quiere decir que las demás sean erróneas con relación a los países de los autores que las han formulado, pues en términos generales dan una idea de la naturaleza y de los fines de esta institución.

5.2 ACTOS INSCRIBIBLES DESTACANDO LO RELATIVO A LOS BIENES

Ha sido definida como ”la toma de razón en algún Registro de los documentos o declaraciones que han de asentarse en él, según las leyes”

En relación con el Registro Público, la inscripción es un acto jurídico susceptible de producir los efectos que le están atribuidos por la legislación registral.

Ahora bien, más exacto que hablar de inscripción, es hablar de inscripciones, pues en realidad, no existe, desde el punto de vista legal, una sola inscripción, sino varias clases de inscripciones.

En atención a lo que dispone el código

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