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Ciclo Presupuestario


Enviado por   •  5 de Octubre de 2014  •  1.462 Palabras (6 Páginas)  •  290 Visitas

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- Fase de Preparación (Formulación y Discusión).

Antes de iniciar cada período anual, el gobierno debe elaborar el presupuesto de ingresos y gastos que regirá dicho período, y que permitirá ejecutar los gastos necesarios. Análoga a la fase de formulación en el proceso de planificación, el ciclo presupuestario se inicia con la fase de preparación. En ésta fase se calculan los niveles de gasto público que serán necesarios para satisfacer las necesidades seleccionadas como prioritarias para el período, y se estiman las fuentes y montos de los ingresos que permitirán el financiamiento de los primeros.

La fase de preparación del presupuesto le corresponde al Poder Ejecutivo, a todos sus ministerios y dependencias. El resultado final de la preparación es el Proyecto de Ley de Presupuesto que será presentada ante el Poder Legislativo para su revisión, discusión y aprobación.

Para concluir el proyecto de ley mencionado, los órganos de la Administración Pública intervienen en su elaboración en diferentes etapas.

a) Etapa estimativa: cada dependencia pública estima sus necesidades presupuestarias para el próximo período, así como sus ingresos, partiendo de los planes que han desarrollado en el marco de la planificación del gobierno nacional; este conjunto de estimaciones es entregado al ministerio correspondiente, donde se integran en un presupuesto conjunto de cada ministerio. Igual proceso realizan los entes descentralizados, como los establecimientos públicos, estados y municipios.

Cada organismo suele estimar sus niveles de gasto, ya que en muchos casos no existe generación de ingresos propios. Por esto, el Ministerio de Finanzas se encarga de identificar los parámetros que permitirán llegar a una estimación aproximada de lo que serán los ingresos a percibir por el Tesoro Nacional en el período; entre los parámetros considerados pueden mencionarse: lineamientos de la política económica gubernamental, crecimiento de la actividad económica (del Producto Interno Bruto – PIB), tipo de cambio, precio del petróleo, tasa de inflación, entre los más relevantes.

b) Etapa Coordinadora y Selectiva: tomando como referencia los presupuestos iníciales de ministerios y entes descentralizados, la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE, organismo encargado de la elaboración del presupuesto global) clasifica, selecciona y coordina las diferentes solicitudes de gastos y estimaciones de ingresos para redactar la propuesta del proyecto de ley.

El proyecto de ley es revisado, discutido, modificado y aprobado preliminarmente en Consejo de Ministros, antes de ser enviado al Poder Legislativo.

c) Etapa de Presentación al Poder Legislativo: Una vez aprobado el proyecto del ley por el Consejo de Ministros, el Ministerio de Finanzas se encarga de entregarlo y presentarlo al Poder Legislativo (Asamblea Nacional) antes de la fecha límite prevista en las leyes. A partir de ese momento se inicia la discusión del proyecto presentado en la Asamblea Nacional, revisando los niveles de gasto y la probabilidad de alcanzar los montos de ingresos señalados en el proyecto.

- Fase de Sanción y Promulgación.

Para que el proyecto presentado se convierta en Ley, y pueda ejecutarse el gasto público, debe ser sancionado por el Poder Legislativo, una vez discutido su contenido y verificada la viabilidad de su cumplimiento. La legislación presupuestaria también indica una fecha límite para que este proyecto de ley sea aprobado en el poder legislativo, y posteriormente promulgado por la Presidencia de la República y publicado en la Gaceta Oficial.

Si esta aprobación no se logra antes de la fecha prevista, el presupuesto en cuestión será objeto de una reconducción, es decir, se aprueba un presupuesto con las mismas características del aprobado en el año anterior, con las modificaciones que se indican en la legislación correspondiente.

- Ejecución.

El nuevo presupuesto (aprobado o reconducido) entra en vigencia a partir del 1º de enero del período correspondiente. Cada dependencia pública a su vez, ha distribuido sus asignaciones presupuestarias, y en caso de no generar ingresos suficientes, recibirá los aportes del Tesoro Público que se han presupuestado a lo largo del año (porciones conocidas como dozavos, veinticuatroavos, dependiendo de su entrega mensual o quincenal).

Es necesario recordar que solo pueden ejecutarse gastos que se encuentren autorizados en las respectivas leyes presupuestarias (leyes, ordenanzas o resoluciones, según sea el caso, ya sea nacional, estadal, municipal, o por organismo público).

- Control:

(Administrativo, Legislativo y Judicial. La Contraloría General de la República)

Resulta lógico suponer que la ejecución del gasto público debe ser controlada y supervisada para garantizar que se realice de acuerdo a lo previsto.

En primer lugar, al poder legislativo le corresponde vigilar el correcto cumplimiento de las disposiciones del presupuesto aprobado (o de los créditos adicionales autorizados); es lo que se conoce con el nombre de control legislativo.

El control administrativo lo ejercen las mismas dependencias ejecutoras del presupuesto (principalmente el poder ejecutivo), para

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