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Conceptualización De Seguridad De La Nación, Defensa Y Desarrollo Integral


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2011  •  7.403 Palabras (30 Páginas)  •  1.162 Visitas

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DESARROLO

SEGURIDAD DE LA NACIÓN:

El concepto "seguridad" proviene del latín securitas que a su vez se deriva del adjetivo securus, el cual está compuesto por ser y cura, cuidado o procuración, lo que significa sin temor, despreocupado o sin temor a preocuparse.

La Seguridad de la Nación es un concepto que ofrece dificultades para definirlo, ya que cada Estado lo establece en función de las realidades que observa en su contexto político, económico, social, cultural, ambiental, militar y otros.

Sin entrar a describir los antecedentes de la Seguridad de Nación, ya que esto sería objeto de todo un ensayo, a fin de ilustrar la conceptualización de esta categoría, es importante referir que con la aparición de los primeros grupos humanos, nació la necesidad de protección frente a los peligros provenientes de la relación de esos grupos con el medio ambiente.

Una vez que surgieron los Estados, la seguridad asumió su naturaleza política, pues se concretó a asegurar la supervivencia de esa organización. Con el paso del tiempo se ubico a la Seguridad de la Nación como fenómeno social circunscrito al proceso político, económico y social, para solo mencionar estas dimensiones.

Derivados de diferentes enfoques y definiciones podemos resumir que al concepto de Seguridad de la Nación se le adscriben los siguientes componentes y características:

• Es una condición política, económica, cultural, social, ambiental y militar.

• Se manifiesta como proceso continuo y perdurable.

• Tiene una dinámica propia.

• Nace con la organización del Estado.

• Se relaciona estrechamente con las categorías de soberanía e independencia de las Naciones.

• Tiene un carácter teleológico en función de los llamados objetivos nacionales.

• Se privilegia como concepto relacionado con la conservación y supervivencia de los Estados.

• Está vinculado con el desarrollo de la nación.

Seguridad en el sentido psicosocial se puede considerar como un estado mental o perceptivo que produce en el individuo un sentimiento de que está fuera de peligro ante cualquier circunstancia; es decir, la percepción de que está alejado de eventos adversos que puedan afectarlo en su integridad física o emocional. En consecuencia, este estado genera en el ser humano, confianza y tranquilidad ante las posibles amenazas que puedan potencialmente afectar a las personas.

Si trasladamos esta conceptualización al ámbito sociológico, podemos definir Seguridad de la Nación como una categoría que incluye una serie de eventos políticos, sociales, económicos, culturales, militares, naturales, tecnológicos y otros, que se perciben como peligros o amenazas a la seguridad y soberanía plena de la República; considerando como marco de referencia los espacios comprendidos entre los límites del país. Desde esta perspectiva, la Seguridad de la Nación se expresa en el grado de garantía que el Estado, a través de diversas y múltiples acciones, puede proporcionar en forma permanente a sus ciudadanos para que puedan desarrollar su vida cotidiana con la percepción de que están protegidos ante cualquier contingencia.

Considerada de esta manera, la Seguridad de la Nación se concibe como una responsabilidad esencial del Estado, que tiene diversas magnitudes, y se fundamenta en el desarrollo integral, ya que coadyuva al logro de los objetivos nacionales, preservándolos de los peligros y amenazas que puedan afectarlos. Igual que en el ámbito psicológico, la Seguridad de la Nación, como categoría multidimensional y expresada en su mayor magnitud, genera confianza en la ciudadanía, lo cual incide positivamente en las actividades económicas, sociales, educativas y de otra índole; por tal sentido su relación estrecha con el desarrollo integral del país es indudable.

Esta orientación está reflejada en la Constitución de mil novecientos noventa y nueve (1999) cuando expresa en su Título VII de la Seguridad de la Nación que:

La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.(Art.322)

Si bien la Seguridad de la Nación se expresa como una responsabilidad del Estado, su defensa es no solo responsabilidad del mismo, sino de toda la ciudadanía, tal como lo manifiesta el artículo mencionado. En este sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, define esta corresponsabilidad expresando que la seguridad debe dar cumplimiento a nueve principios y ejercerse sobre siete ámbitos considerados fundamentales para el desarrollo de la nación: La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como de su satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional.

El principio de corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar. (Art.326)(El subrayado en nuestro).

Esta valoración de la seguridad se sustenta constitucionalmente en el articulado relacionado con los derechos civiles, cuando se menciona que:

toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de los derechos y el cumplimiento de sus deberes…(Art.55)(El subrayado es nuestro)

La reciente Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, ratifica la orientación constitucional de conceptualizar a la seguridad como una categoría que va más allá de la tradicional concepción de amenazas bélicas. Tal como lo expresa en su preámbulo, se promueve un cambio radical respecto a las tesis que, inspiradas en la doctrina de seguridad nacional, prevalecieron

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