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DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO EN LA ACTUALIDAD


Enviado por   •  24 de Agosto de 2011  •  2.474 Palabras (10 Páginas)  •  3.170 Visitas

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DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO EN LA ACTUALIDAD

La ley fundamental vigente en la actualidad fue emitida en 1917, ha sido imitada, en gran parte de la de Estados Unidos del Norte, pues contiene una minuciosa declaración de los derechos del hombre. Ha tenido varias reformas, y es considerada como una de las leyes fundamentales más perfectas que han regido al país.

La Constitución mexicana actual establece con claridad los siguientes puntos:

• Determina con claridad quienes son los mexicanos y extranjeros

• El Articulo 39 explica el papel de la soberanía

• Art. 40 y 41 sobre el establecimiento de la República

• El Carácter federal, representativo y democrático de la Republica

• Marca la división de poderes y sus funciones

• El procedimiento para elaborar las leyes, interpretación y derogación

• Juicio de amparo como mecanismo de defensa y control de la constitución

• Responsabilidades de los funcionarios públicos

• Organización y funciones de los Estados y municipios

• Relaciones obrero patronal

• Reformas y adiciones a la constitución

• Inviolabilidad de la constitución

El problema actual de la Constitución y de la ley, en general, no es la de renovarla, sino la de hacerla cumplir ya que de nada serviría una nueva constitución que tampoco se cumpliera, porque la historia constitucional ha demostrado que, sea excelente o mala, la cuestión es la misma: no se cumple de manera eficaz.

Sin embargo, no es lo mismo hacer cumplir una constitución muy buena que hacer cumplir una mejor. Este es el punto clave que nos indica que el verdadero problema es doble: perfeccionar la ley suprema y hacerla cumplir.

No se cuestiona la excelencia del texto constitucional actual, pero sí debe plantearse su renovación, actualización y mejora, por diversas causas:

En primer lugar, hay que recordar que la Constitución es la voluntad general del pueblo soberano sobre un pacto social de un proyecto histórico nacional. Esto lo dice en pocas palabras el artículo 26 constitucional, por lo que no es una invención.

Pero debe actualizarse, cuando sus términos originales vienen de 1917, de hace 94 años, muchos de ellos vienen desde la Constitución de 1857, hace 154 años, a pesar de que ha sufrido más de 350 reformas desde 1917.

Sobre todo, debe actualizarse el pacto social del proyecto nacional, porque el contexto ha cambiado en esos años ya no se viene de una revolución social, como en 1917 que, sin embargo no cambió las proporciones de desigualdad social que siguen bastante parecidas con alrededor de un 80% de pobres, un 15% de clase media y un 5% de clase rica o empresarial-capitalista; aunque las características de las mismas han cambiado. Por tanto, continúa la discusión sobre las cuestiones centrales de la organización social:

¿Cómo pactar entre desiguales extremos? ¿Cómo hacer realidad la soberanía del pueblo? ¿Cuál debe ser la estrategia del desarrollo económico? ¿Cuál debe ser la estrategia de redistribución social del ingreso? ¿Cuál debe ser la función del Estado? ¿Debe cambiarse el sistema representativo por el del mandato popular? ¿Debe reducirse el gasto electoral? ¿Cómo manejar los recursos naturales del patrimonio nacional, especialmente el petróleo y el agua? ¿Qué estrategia de educación se seguirá? ¿Cómo deben ser las relaciones entre capital y trabajo y cuál la estrategia de empleo? ¿Cuál debe ser la relación con Estados Unidos? ¿Cómo manejar el Tratado de Libre Comercio y la política de inversión extranjera? ¿Cómo mejorar drásticamente la procuración e impartición de justicia? ¿Cómo combatir la inseguridad? ¿Cómo luchar contra el narcotráfico? ¿Cómo mejorar el desempeño de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial? ¿Cómo avanzar en la democracia?

Todas estas cuestiones son la columna vertebral del proyecto nacional del pueblo soberano en la actualidad.

Por otro lado, se tiene la necesidad de mejorar temas técnicos de medios de la Constitución para la mejor operación de las entidades de gobierno, como el sistema de garantías individuales que debe extenderse a todas las obligaciones del Estado: el sistema de control de constitucionalidad, para el control del proyecto nacional; el régimen de defensa de los derechos humanos, partiendo del amparo ampliado, así como la evaluación de la gestión de todos los servidores públicos.

Asimismo, se requiere un sistema coordinado de fiscalización financiera y programática que considere: el inaplicable régimen de responsabilidades; el acceso ciudadano a las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad; el débil derecho de petición; la sustitución de mandatarios y no de mandatos; el presidencialismo democrático; la reducción del número de legisladores; la elección de jueces como mandatarios; la revisión de oficio de la constitucionalidad de leyes, reglamentos y jurisprudencias por un tribunal constitucional; la reforma constitucional, sin caer en la falta de legitimidad del artículo 135; las obligaciones sociales de las personas, y muchas correcciones y mejoras al texto actual de la Constitución.

De manera que cuestiones de fondo y de forma, ideológicas y técnicas, hacen por una revisión del texto constitucional, para su mejora, de manera contundente, promoviendo la celebración de un Congreso Extraordinario Constituyente, que permita renovar el pacto social sobre proyecto nacional, haciendo que el pueblo participe para ejercer su soberanía, y establecer un mandato que dure para los próximos cincuenta o cien años, salvo ajustes que el pueblo decida en el transcurso.

Es una gran pena que ningún precandidato presidencial se comprometa firmemente a convocar a tal Congreso Constituyente, para partir de abajo hacia arriba, del pueblo al gobierno y, más bien, opten por imponerle su programa de gobierno de arriba hacia abajo.

Queda pendiente como resolver la cuestión crucial de hacer que se cumpla la Constitución; lo que implica un avance fundamental en la democracia, para que el pueblo soberano logre que sus servidores públicos cumplan con sus mandatos; para ello se requiere: que el pueblo decida tales

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