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Derecho Indígena A La Comunicación.


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2012  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  344 Visitas

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Derecho indígena a la comunicación

María Paula Wagner trae las voces y las opiniones de los comunicadores indígenas respecto de su derecho a usar los medios de comunicación y acerca de cómo ejercerlo.

Por María Paula Wagner *

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual reconoce la naturaleza jurídica que la Constitución Nacional les atribuye a los pueblos originarios y los autoriza a la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual por radiodifusión sonora con amplitud modulada y modulación de frecuencia así como de radiodifusión televisiva abierta.

En el último tiempo, muchos medios se han dedicado a analizar si es un acto de justicia o un mal negocio que ejerzan este derecho, lo cual siempre se hizo en nombre de las propias comunidades. Cabe entonces dar lugar a sus propias y reflexiones sobre la ley.

Recientemente, el periodista Jorge Lanata aseveró en una entrevista: “Esta boludez de ‘hagamos la radio de los wichis’, ¿quién carajo va a escuchar la radio de los wichis? (...) ¿Y cómo les van a pagar el sueldo a los operadores?”.

Los wichí no tardaron en responder: “Nosotros, Sr. Lanata. Sí, nosotros los wichí, escuchamos la radio wichí”, se puede leer en wichidelchaco.blogspot.com. El rol “que juega la radio wichí es un instrumento de comunicación para el desarrollo y progreso democrático”. Sin embargo, ningún medio se hizo eco de estos dichos.

Lanata hizo su descargo. Se lamentó de que “esa preocupación oficial, como tantas otras, se declama, pero no se ejerce” y que ni aun en los medios administrados por los wichí, según él, se vayan a mostrar las carencias que vive este pueblo. Pero nada haría suponer que nuevos medios en nuevas manos darían lugar a los mismos desde una mirada no desarrollista.

¿Cuál es la propuesta? ¿Volver al modelo anterior, enseñarles a los wichí cómo desarrollarse y hacer un doble acto de negación de su palabra?

Por ley, la actividad prestada por los SCA se caracteriza por ser de “interés público” y “por consiguiente no deben tratarse como si sólo tuviesen un valor comercial”. Apunta a la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación.

En tal sentido, afirma un comunicador qom, “cuando los medios de comunicación indígenas estén en plano de igualdad de derechos frente a los medios privados, estatales y comunitarios en el espectro radioeléctrico, podremos hablar de interculturalidad en la comunicación”.

“Supón que contestamos y decimos que la pauta publicitaria del Estado debe ser distribuida equitativamente en ‘todas las voces’, seguro la crítica iría hacia el manejo que haría el Gobierno de nuestros medios; por otro lado,

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