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Divorcio Administrativo


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  588 Palabras (3 Páginas)  •  360 Visitas

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DIVORCIO ADMINISTRATIVO

¿En qué consiste?

Trámite que consiste en otorgar el divorcio administrativo a las parejas que por mutuo acuerdo deseen disolver el vínculo matrimonial, siempre y cuando sean mayores de edad, no hubieran procreado hijos, tengan más de un año de casados y el régimen patrimonial sea separación de bienes o liquiden la sociedad conyugal si bajo ese régimen se casaron.

¿A quién está dirigido?

Parejas que pretendan disolver su vínculo matrimonial.

¿Cuáles son las áreas de atención?

Oficina Central del Registro Civil de la Ciudad de México.

Arcos de Belén No. 19 esq. Dr. Andrade Col. Doctores Del. Cuauhtémoc C.P. 06720 México, D.F.

Atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas

Teléfono: 55 78 71 40 y 57 09 30 61.

En todos los Juzgados del Registro Civil del Distrito Federal de 8:00 a 15:00 horas

Consultar Directorio

¿Cuáles son los requisitos?

1. Solicitud debidamente requisitada.

2. Copia certificada del acta de matrimonio de reciente expedición (menor a un año).

3. Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, de no haber procreado hijos durante el matrimonio, o teniéndolos, sean mayores de edad y no sean acreedores alimentarios, comprobando de manera fehaciente dicha circunstancia.

4. Manifestación expresa y bajo protesta de decir verdad, que la divorciante no está embarazada, o constancia médica que acredite que ha sido sometida a intervención quirúrgica que la imposibilite definitivamente para procrear hijos.

5. Comprobante del domicilio declarado por los divorciantes; menor de seis meses.

6. Convenio de liquidación de la sociedad conyugal si bajo ese régimen se casaron, efectuado ante autoridad jurisdiccional competente o Notario Público.

En el caso, de que los solicitantes no hayan obtenido bienes, derechos, cargas u obligaciones susceptibles de liquidación lo manifestarán bajo protesta de decir verdad, bastará con su manifestación firmada y ratificada ante el Juez.

7. En su caso, documento público mediante el cual se acredite la personalidad del o los mandatarios.

8. Identificación oficial vigente de los interesados.

9. Recibo de pago de derechos correspondiente.

10. Tratándose de extranjeros, deberá presentar certificación

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