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El Sistema Federal Venezolano


Enviado por   •  7 de Agosto de 2013  •  1.271 Palabras (6 Páginas)  •  627 Visitas

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El sistema federal, vigente hasta nuestros días, aprobado por la Asamblea Constituyente de la Federación el 28 de marzo de 1864, señalando cuáles son las características actuales del federalismo en Venezuela.

Comparto la opinión de algunos de mis compañeros, que para comenzar a hablar sobre el federalismo en nuestros días es necesario retrotraernos al comienzo del mismo, ya que más que un concepto jurídico debemos entenderlo tal y como era concebido, como una corriente política de la guerra federal (1859-1863) Es entonces que a partir de este enfrentamiento bélico, nace la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1864, la cual fue aprobada por la Asamblea Constituyente de la Federación y promulgada por el general en jefe y presidente de la República, Juan Crisóstomo Falcón, el 28 de marzo de 1864, siendo esta una de las principales constituciones de Venezuela, porque genera una transformación del sistema constitucional venezolano al establecer el Sistema Federal vigente hasta nuestros días; y acentuar la descentralización político territorial contenida en la Carta de 1858; declara que las antiguas Provincias constituyen, en adelante, 20 Estados independientes, cuyo conjunto forman una nación libre, los cuales gozan de igualdad política entre sí, establecen su propio régimen interno, de acuerdo a los principios del gobierno popular, electivo, federal, representativo, alternativo y responsable; de igual forma, se cambia el nombre de “República de Venezuela" a "Estados Unidos de Venezuela", se introduce el derecho al sufragio a todos los venezolanos, sin más restricciones que la condición femenina y la de contar menos de 18 años de edad, y en cuanto a los poderes públicos, adopto una división tripartita Ejecutivo, Legislativo, y Judicial. El Ejecutivo Nacional, encargado de la administración general de la República en la persona del Presidente, la Legislatura Nacional bicameral integrada por la Cámara de Senadores y Cámara de Diputados, a quien le competía además de dictar Leyes, resolver los problemas que puedan surgir entre los estados. A la Corte Federal le correspondía conocer las causas civiles y criminales en contra de los funcionarios diplomáticos, las que el Presidente mande a formar a sus ministros y las concernientes a las altas autoridades de los estados; los tribunales de justicia de cada entidad federal gozaban de independencia, ya que las causas iniciadas en ellos eran de su exclusiva competencia, las cuales serán resueltas sin intervención ajena alguna. Como se puede observar la Constitución de 1.864, establecía que los Tribunales de Justicia de cada entidad eran independientes, lo cual no opera así en la Constitución del año 1.999, ni en la de 1.961, ya que ambas establecen el poder judicial como un órgano concentrado y las entidades federales no gozan de esa independencia judicial.

Desde 1864 en adelante, el sistema federal se ha mantenido plasmado en las sucesivas Constituciones de Venezuela, aunque pasando por gobiernos que han sido altamente centralistas, pero de igual forma el sistema federal de gobierno ha perdurado hasta nuestros días; así tenemos, que la constitución vigente de 1.999, en su contexto declara que Venezuela es un Estado Federal Descentralizado, lo cual podemos observar en su Exposición de Motivos, en su Preámbulo y en el artículo 4°. La exposición de Motivo lo define así‘‘... el diseño constitucional consagra un Estado Federal que se define como descentralizado, para así expresar la voluntad de transformar el anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificidades que requiere nuestra realidad’’. el Preámbulo expresa ‘‘... con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica... en un Estado de justicia, federal y descentralizado...’’ y además instituye dicho sistema en el marco de los Principios Fundamentales artículo 4°, el cual establece “la República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad”.

Nuestra Constitución del 1999 conservó la organización del Estado con forma federal, estableciendo una distribución del Poder Público en tres niveles: Nacional, Estadal y Municipal; atribuyendo su ejercicio a diversos órganos, y asignando competencias exclusivas en los tres niveles, además de las competencias concurrentes entre ellos, y algunas competencias residuales e implícitas. Es por ello, que la descentralización política es una forma de organización de los Estados en la cual el Poder Público, además de estar separado en ramas orgánicas está distribuido territorialmente entre entidades políticas autónomas, que deben tener sus propios gobiernos regionales y locales electos popularmente. Aunque en la realidad nos encontramos que el gobierno Nacional tiene injerencia en el poder Estadal y Municipal.

Las características actuales del Federalismo en Venezuela, son las siguientes:

- Es un Estado con forma Federal Descentralizado (incluyendo la palabra Descentralizado).

- El régimen federal venezolano se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son característicos de un modelo federal cooperativo, que se caracteriza en que, “las comunidades y autoridades de los diferentes niveles políticos territoriales participan en la formación de las políticas públicas comunes a la Nación, integrándose en una esfera de gobierno compartida para el ejercicio de las competencias en que concurren” y se conceptúa como “la fase más avanzada del federalismo”, porque representa la “superación histórica de lo que ha sido denominado federalismo dual que entendía al Estado como producto de un pacto entre distintos entes políticos territoriales.

- División territorial de la República en Estados, Distrito Capital, Dependencias Federales y el de los Territorios Federales, y el territorio está organizado en Municipios.

- Se establece la autonomía de los Estados y Municipios, quienes gozan de personalidad jurídica y eligen popularmente a sus autoridades.

- La elección directa de gobernadores y alcaldes mediante la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, de 1989 y la Constitución de 1999; los cuales ejecutan el Gobierno y la administración pública en sus entidades. Sin embargo, es mediante una Ley Nacional que se fijan los requisitos para la postulación y ejercicio de las funciones de Alcaldes y Concejales.

- Se mantiene la distribución del Poder Público en Municipal, Estadal y Nacional, instituyendo una federación a tres niveles de gobierno con autonomía política; en cada uno de estos niveles de acuerdo con la Constitución, los gobiernos siempre deben ser democráticos; participativos, electivos, descentralizados; alternativos responsables, plurales y de mandatos revocables y a su vez éste último se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, incluyendo el poder ciudadano y Electoral; teniendo cada una de esas ramas sus funciones propias y debiendo colaborar entre sí en la realización de los fines del Estado. El Poder Judicial sigue centralizado.

- Se acentúa el principio de la división de poderes que tiene como finalidad la garantía de la libertad.

- Se le asigna mayor competencia al Poder Nacional.

- Se incluye la descentralización como política Nacional y se crea el Consejo Federal de Gobierno como órgano encargado de coordinado la misma.

- Se le da participación a nuevos sujetos, comunidades y grupos vecinales organizados para profundizar la democracia.

- El período Presidencial del Poder Nacional es extendido a seis años con posibilidad de reelección inmediata e indefinida.

- El Poder Legislativo Nacional, se convierte en un órgano Unicameral, se elimina la Cámara de Senadores como representantes de los estados en la toma de decisiones nacionales y se consagra a los Diputados como representantes del pueblo y de los estados, seleccionados por votación universal, directa y secreta, dejando de lado al tradicional bicameralismo.

Sin embargo, en la práctica vemos que no existe tal descentralización y menos con los principios del federalismo, más bien estamos en presencia de una evidente y marcada recentralización de las instituciones democráticas, por cuanto, podemos observar que no se han generado en estos últimos años, verdaderos

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