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FACTORES BASICOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES.


Enviado por   •  25 de Octubre de 2011  •  1.167 Palabras (5 Páginas)  •  4.580 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

El derecho internacional privado surge en función de distintos factores, a saber, político, jurídico, económico y sociológico, de los cuales los más evidentes son el jurídico y el económico (Francois Rigaux).

Factores políticos: Es la lucha por el poder la que determinó la división territorial del mundo, base sobre la cual se sustenta la diversidad de sistemas jurídicos, simultáneamente el Derecho Internacional Privado moderno es elaborado, en el marco de una cooperación internacional a fin de regular las relaciones privadas internacionales.

Factores jurídicos: Se presentan como factores para la existencia de Derecho Internacional Privado, derivado por la diversidad de sistemas jurídicos en el mundo, debido a la afectación o posible afectación que tiene una relación concreta por la conexión con dos o más sistemas jurídicos.

Factores económicos: La actual realidad económica mundial establece una interdependencia y globalización de la economía, los países no están aislados en el mundo, por ende, tampoco las personas que en sus territorios habitan, el comercio internacional es factor determinante para buscar la adecuada regulación a las relaciones privadas internacionales y los conflictos derivados de las mismas. Este fenómeno es de magnitud compleja, pues también están incluidos los procesos de integración económicos.

Factores sociológicos: Referidos en cuanto al conflicto de leyes, se basan los movimientos migratorios, la movilidad de las personas de un país a otro en función de factores diversos que pueden ir desde motivos de recreo hasta necesidades económicas, durante estos desplazamientos entablan relaciones privadas con carácter internacional que puedan ser afectadas por dos o más sistemas jurídicos de igual número de países

El Derecho Internacional Privado es aquella rama del derecho que tiene como finalidad dirimir conflictos de legislación, dirimir conflictos de jurisdicción, dirimir conflictos...

• Factores Políticos y Económicos.

La cooperación internacional es uno de los elementos políticos fundamentales. El DIP moderno se elaboró en el marco de una sociedad internacional de Estados soberanos y esta situación todavía perdura. No obstante, la estructura tradicional de sociedades estatales debe coexistir necesariamente con el fenómeno de las Organizaciones Internacionales, cuya incidencia se manifiesta e4n la búsqueda a través de actuaciones y de discusiones permanentes de una reglamentación adecuada del tráfico externo. Al lado de los objetivos nacionales, existen unos objetivos internacionales. En nuestros días el tráfico externo debe atender a los resultados de la cooperación institucionalizada, en todos los órdenes, y el DIP es uno de ellos.

Los resultados de la cooperación internacional se enfrentan habitualmente a ciertos límites, en ocasiones insalvables. Las diferencias culturales, los conflictos de civilizaciones, las desigualdades económicas y sociales, las dificultades de armonizar sistemas jurídicos de tradiciones muy dispares, o la simple disparidad de estrategias políticas reducen considerablemente el éxito de las Organizaciones internacionales o de los propios tratados internacionales adoptados.

La creciente complejidad de esas relaciones y la creciente interdependencia social y económica de los Estados ha dado a la luz un nuevo fenómeno político, social, económico y jurídico: la integración de Estados en un ente político y organizativo diverso, en un nuevo contexto político y socioeconómico que va a afectar decisivamente al DIP, suministrándole un tercer plano o escenario de actuación y de problemas, que da lugar a un nuevo ámbito jurídico, que podríamos definir inicialmente como el DIP de la integración. Es obvio que este nuevo contexto político nos interesa básicamente desde la experiencia de la UE, al a que pertenece nuestro país.

Este fenómeno afecta al DIP, ya que esa integración va a favorecer esa tendencia a la unificación de los derechos de los estados miembros de esas organizaciones internacionales que tiende a armonizar las soluciones

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