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Incapacidad Medico Laboral


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  1.073 Palabras (5 Páginas)  •  830 Visitas

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LA INCAPACIDAD MEDICO LABORAL EN ACCIONES RELACIONADAS CON EL SERVICIO

Se define como incapacidad medico laboral en el servicio la incapacidad que afronta un servidor público como consecuencia de una enfermedad o un accidente de trabajo o en el servicio, la incapacidad medico laboral puede presentarse como temporal y permanente y puede ser parcial o total.

Una incapacidad permanente conduce necesariamente a la pensión del trabajador la incapacidad que tiene un trabajador para seguir laborando y por consiguiente para generar ingresos para su manutención por la eps o el empleador según corresponda; quienes tienen que colaborarle económicamente al trabajador durante el tiempo que este incapacitado para trabajar.

La incapacidad medico laboral es una de las que más ha traído beneficios al trabajador debido a que como está incapacitado para trabajar el empleado deja de preocuparse por sí mismo.

Las debidas a enfermedad común o profesional y de accidentes en el servicio mientras en funcionario reciban atención médica por parte de la institución o empresa y este impedido para el trabajo con una excusa médica que especifique detalladamente su enfermedad, el termino de incapacidad medico laboral.

También puede referirse a la falta de capacidad laboral para hacer, aprender o recibir algo, además es la perdida de la capacidad de trabajar ya sea por causas relacionadas con el servicio o enfermedades.

La incapacidad medico laborar la deben pagar las instituciones o el empleador o según corresponda la incapacidad se tiene que presentar por escrito al superior o al jefe inmediato y presentarla firmada por un médico titulado.

También hace referencia a la incapacidad para realizar las actividades de la vida diaria, puede obligar al trabajador a la ausencia del puesto de trabajo, y/o puede impedir su trabajo habitual. Aunque no sepamos su eficacia, la baja laboral es frecuente.

La duración de la incapacidad laboral es, hasta cierto punto, una cuestión individual, en cuanto depende de cada paciente y de su situación. Por supuesto, también cuenta el médico, sus rutinas, su formación y el conocimiento del paciente.

La incapacidad médica laboral es un evento contenido en la normatividad colombiana. La figura funciona para proteger los derechos del trabajador o contratista que por quebrantos en su condición de salud y por disposición directa del médico tratante debe ausentarse del escenario laboral con el propósito de que restablezca su salud.

Las incapacidades varían en tiempo y responsable. La incapacidad por riesgo y enfermedad profesional puede ser hasta por 360 días. Superado este tiempo si el trabajador no se recupera se debe iniciar el proceso de reconocimiento de la incapacidad parcial o la pensión por invalidez.

Pueden también ser hasta por 180 días. En cualquier caso será el médico de la IPS contratada por la Empresa Prestadora de Salud el encargado de entregar la incapacidad. No serán válidos aquellos documentos obtenidos por medios diferentes. No obstante lo son aquellas incapacidades entregadas por las empresas de medicina prepagada y las IPS contratadas por pólizas de salud.

El proceso que media acá es el de una transferencia para que la EPS cubra el valor de la incapacidad. El valor no será nunca inferior a un salario mínimo. Las normas que se pueden consultar al respecto son: el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo

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