Limitaciones
Enviado por annytovar1985 • 14 de Septiembre de 2014 • 499 Palabras (2 Páginas) • 180 Visitas
por tratado o ley para el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales»).
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, contiene una regulación dirigida a concretar el alcance de aquel mandato constitucional.
En estos textos legales se reconoce a los extranjeros, además de los derechos y libertadesreconocidos en el título I de la Constitución, el derecho a circular libremente y a elegir libremente su residencia, el derecho de reunión y asociación, el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, el derecho de afiliación sindical y de huelga, el derecho a desarrollar actividades lucrativas, laborales o profesionales y el derecho a la protección y garantías legales; si bien en algunos de estos supuestos se establecen ciertos límites y se admiten excepciones basadas en razones de orden público y de seguridad y salud públicos. Se excluyen expresamente, encumplimiento del artículo 13 de la Constitución, los derechos de participación y acceso a lafunción pública, aunque se admite que se pueda reconocer el derecho de sufragio activo en laselecciones municipales de los extranjeros residentes, atendiendo a criterios de reciprocidad diplomática o legal. Por su parte, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, reconoce el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales atendiendo al criterio de reciprocidad diplomática.
Por lo que se refiere al ámbito del Derecho privado, existen no pocas excepciones a la regla general de equiparación entre nacionales y extranjeros. Así, se prohíbe el ejercicio de profesiones para las que se exija un título oficial expedido por autoridades españolas (salvoexcepciones que se incrementan con nuestra pertenencia a la Unión Europea); no pueden losextranjeros ser Agentes Colegiados (artículo 94 C.Com.) ni Capitanes o patrones de buques (art. 609 C.Com.); se exigen formalidades especiales para el otorgamiento de testamento en lengua extranjera (art. 684 C.C.) y se excluye la posibilidad de ser testigos en los testamentos si no conocen el idioma del testador (art. 681 C.C.) y en las escrituras públicas intervivos si no estándomiciliados en España y no conocen el idioma (art. 181 RN). Respecto de algunos derechos, quedan sometidos al criterio de reciprocidad (arrendamientos rústicos -art. 14 LAR-, propiedad intelectual -art. 158.3 LPI.-, propiedad industrial -respecto de la que se parte del principio de equiparación sólo para determinados extranjeros, de modo que para los demás rige el principiode reciprocidad; cfr. arts. 2.2 y 28 LP, 10, 168 EPI y 10, 81 y 85 LM-, extradición, reconocimientode sentencias dictadas por Tribunales judiciales extranjeros, etc.).
Por último, cabe apuntar la existencia de numerosas limitaciones en materia de inversiones extranjeras, limitaciones tanto de índole política
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