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Los Actos Administrativos :procedimiento De Inclusion En El Sistema


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  1.605 Palabras (7 Páginas)  •  1.906 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para La Educación Superior

Universidad Bolivariana de Venezuela – Misión Sucre

Aldea: E.B.B. “Adriana Rengel de Sequera”

U.C. Sistema de Protección Social.

P.F.G. Estudios Jurídicos

SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL

Maturín mayo de 2013

INTRODUCCION

La seguridad social garantiza el derecho a la salud, la atención medica, la protección de los medios de subsistencia, el otorgamiento de una pensión garantizada, guarderías y prestaciones sociales para el bienestar individual y colectivo.

Es el instrumento jurídico y económico que establece el Estado para abolir la necesidad y garantizar a todo ciudadano el ingreso para vivir y a la salud, a través del reparto equitativo de la renta nacional y por medio de prestaciones del Seguro Social, al que contribuyen los patrones, los trabajadores y el Estado, o alguno de ellos como subsidios, pensiones y atención facultativa y de servicios sociales, que otorgan de los impuestos de las dependencias de aquel, quedando amparados contra los riesgos profesionales y sociales, principalmente de las contingencias de la falta o insuficiencia de ganancia para el sostenimiento de él y de su familia.

El Modelo Constitucional De Seguridad Socal

La seguridad social en Venezuela está, básicamente en manos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS. El IVSS, constituido como un sistema de seguros obligatorios que recibe aporte de los trabajadores, los patrones y el sector público, fue ampliando su cobertura y expandiéndose durante un largo periodo en que funciono razonablemente bien.

Se organiza de la siguiente manera: el sistema recibe cotizaciones mensuales y, con ellas, paga las pensiones y jubilaciones de los beneficiarios, utilizando para eso el sistema de financiamiento sobre la marcha o de “reparto”, lo que significa que todo el dinero llega a un fondo común y luego es gastado según la obligaciones contraídas año a año, con esos fondos, además, el IVSS fue generado, en su primera etapa, una red de centros de atención de salud que, si bien no logró cubrir todo el territorio nacional, al menos representó en su momento un perceptible avance con respecto a la situación anterior. Por consiguiente la Asamblea Nacional Constituyente (1999) en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela decreta lo siguiente:

Titulo: Capítulo IV: de los Derechos Sociales y de las Familias.

Articulo Nº 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

En relación a lo antes expuesto se establece por vía legal que:

a) La seguridad social es un derecho humano fundamental.

b) Toda persona tiene derecho a la seguridad social, independientemente de su capacidad económica para contribuir a su financiamiento.

c) El estado tiene la obligación de garantizar la efectividad del derecho a la seguridad social, mediante la creación de un Sistema de Seguridad Social, regulado por una Ley Orgánica Especial.

d) La seguridad social es un servicio público de carácter no lucrativo.

e) Los recursos de la seguridad social, así como sus rendimientos y excedentes, no podrán ser aplicados a fines distintos a los de su cometido original, es decir, protección social de la población afiliada y fines sociales del Estado.

f) El Sistema de Seguridad Social debe amparar a las personas sujetas a su campo de aplicación ante la contingencia de enfermedades o accidentes cualquiera sea

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