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Negociacion Colectiva Integrativa Y Descriptiva


Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  1.003 Palabras (5 Páginas)  •  733 Visitas

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Etapas de la negociación colectiva

Toda negociación colectiva tiene como punto de partida la existencia de un proyecto de convención colectiva de trabajo. El término utilizado se encuentra en el lenguaje jurídico y sobre todo el usual, tiene también otras denominaciones como “pliego petitorio”, “pliego de reclamos” y “pliego de reivindicaciones”. Esta última es de contenido altamente adjetivo, pues hace alusión al rescate de beneficios atribuidos a los trabajadores, en poder de los empresarios y que son materia de “reivindicación”, es decir, recuperación. (1)

ETAPA PRELIMINAR

Dentro de las etapas de la negociación colectiva tenemos, en primer lugar, a la preliminar.

Ella empieza con la presentación formal de un pliego de reclamos al empleador.

El pliego deberá contener un proyecto de convención colectiva, en que se formulen todas las peticiones de los trabajadores sindicalizados. Las peticiones deberán estar relacionadas con las mejoras remunerativas, condiciones de trabajo, productividad, entre otros aspectos. Asimismo, el pliego también será puesto en conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

En esta etapa no basta con la simple presentación, sino debe contar con el asentimiento del empleador, el cual será fundamental para iniciar la etapa preliminar en la negociación, en los parámetros de ponderación y buena fe entre las partes, absteniéndose de toda acción que pueda resultar lesiva para ambas partes.

ETAPA DE NEGOCIACIÓN O TRATO DIRECTO

Después de la etapa preliminar, continúa la “negociación directa” o “trato directo”.

Esta segunda etapa implica que las partes (empleador y trabajador) debidamente representadas y constituidas por comisiones de negociación, deberán reunirse las veces que sean necesarias para lograr todo o parte de las demandas laborales establecidas en el proyecto de convención colectiva.

En el trato directo, el empleador deberá brindar la información precisa relacionada con la situación económica, financiera, social, entre otras, a requerimiento del sindicato, a fin de analizar y justificar, por lo general, la viabilidad de sus demandas.

En esta etapa las partes podrán solicitar a la autoridad de Trabajo que se practique la valorización de sus demandas, considerando la información proporcionada por el empleador, a efectos de evaluar su capacidad para atender las peticiones hechas por el sindicato.

Muy independientemente de los avances y logros, en esta etapa se puede dar por concluido la negociación colectiva, llegando a suscribirse el acta final, que deberá ser puesto de conocimiento de la autoridad de Trabajo para el registro correspondiente. Asimismo, los logros empezarán a regir desde la fecha de presentación del pliego de reclamos, es decir, tendrá efectos retroactivos.

ETAPA CONCILIATORIA

De no prosperar la segunda etapa, una de las partes podrá recurrir al MTPE para solicitar el inicio de la etapa conciliatoria, de la cual se encargará la Subdirección de Negociaciones Colectivas. Ella mediará en la solución de los conflictos socio-laborales, asignando un conciliador, que convocará a las partes a las reuniones que sean necesarias para tal fin.

ETAPA ALTERNA O DE ARBITRAJE

Por último, de no haber un acuerdo en las etapas precedentes,

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