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Nueva Ley Universitaria


Enviado por   •  6 de Agosto de 2014  •  1.149 Palabras (5 Páginas)  •  268 Visitas

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Nueva Ley Universitaria: 10 puntos claves que debes conocer

La iniciativa, que propone la creación de una superintendencia, ha sido puesta en la agenda del pleno del Congreso de hoy

Al cierre del 2013, la Comisión de Educación del Congreso aprobó el dictamen de la nueva ley universitaria. El lunes, la bancada de Perú Posible informó que la cuestionada iniciativa ha sido puesta en la agenda del pleno de hoy. Por ello, aquí presentamos diez puntos claves que todos debemos conocer.

1.- LA SUNAU

Este es el nombre que la ley propone para una entidad que supervisará la calidad de la educación, fiscalizará el uso de los recursos de las universidades y será la encargada de autorizar o denegar la creación de nuevas en el país.

La Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (Fipes) considera que esta entidad asumirá demasiadas funciones y pondrá en peligro la autonomía de los centros de estudio al estar adscrita al Ministerio de Educación.

Ricardo Cuenca, investigador principal del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), dice que en América Latina y Europa hay instituciones reguladoras de la educación superior y que en el Perú es necesaria su existencia, ya que el mercado no se ha autorregulado.

De igual opinión es la rectora de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH), Fabiola León-Velarde. “Ante la situación de la educación universitaria en el Perú, no podemos complacernos en esperar que a la educación la regule el mercado, la competencia y una apropiada información”, escribió en una columna.

2. ¿QUIÉNES INTEGRARÁN LA SUNAU?

Según el proyecto, los integrantes de esta superintendencia serán nueve, todos con grado de doctor: dos de la universidad pública, dos de las privadas, uno del Concytec, uno del sector empresarial, uno del Ministerio de Educación, uno del Ceplan y uno de los colegios profesionales.

Juan Incháustegui, vicepresidente de la UTEC, propone para garantizar su independencia que sus integrantes no pertenezcan al gobierno ni a las universidades. “Deben tener una formación e independencia semejante al directorio del BCR y ser nombrados por el Congreso".

Cuenca dice que el inconveniente es que el Congreso no se caracteriza por ser expeditivo en estos procesos. “La demora en la elección de los miembros del BCR es una prueba”.

3. AUTORIZACIÓN DE NUEVAS UNIVERSIDADES

Desde el 2012 está vigente la Ley de moratoria de creación de universidades. De acuerdo al proyecto, la Sunau asumirá estará tarea. En el artículo 11 se señala que para esta tarea se exigirá que se “demuestre la demanda cuantitativa y cualitativa de las carreras propuestas en su ámbito de acción” y que el 30% de los docentes tengan el grado de doctor. El sector privado considera que esto es una intromisión y exceso.

Sin embargo, el congresista Mora dice que lo que se busca es evitar la estafa educativa. “Por ejemplo, si alguien quiere crear una carrera como Arquitectura de cocinas o Gerontología social le diremos no para evitar un engaño a los jóvenes. O si quieren crear una facultad de Medicina y no tienen laboratorios, tampoco les daremos la autorización. Pero si quieren crear otra carrera y tienen todo en regla, no habrá problema. Están satanizando la ley”, afirma.

4.- ¿Y LAS FILIALES?

En ninguno de los 132 artículos del dictamen se hace referencia a la creación de filiales. Rectores de universidades como Esan y la UPC se han quejado de que no puedan llevar su oferta académica fuera de Lima, a pesar que su calidad académica esté por encima del promedio.

El hecho es que en los últimos años la proliferación de filiales en el interior del país sin ningún filtro lo convirtió en un tema bastante

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