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P. A. Convivencia Y Disciplina Un dúo Para Tres.


Enviado por   •  11 de Octubre de 2014  •  2.201 Palabras (9 Páginas)  •  204 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación

Liceo Bolivariano “Hilario Pizani Anselmi”

Motatán, Estado Trujillo

Noviembre, 2013

IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN

Nombre de la Institución: Liceo Bolivariano “Hilario Pizani Anselmi”.

Nivel: Media General del Subsistema de Educación Bolivariana.

Año Escolar: 2013 – 2014

Municipio: Motatán Parroquia: Motatán Estado: Trujillo.

Dirección: Entre avenidas 3 y 4, diagonal a la Alcaldía de Motatán.

Código del Plantel: 641101054.

DIAGNÓSTICO:

El Liceo Bolivariano “Hilario Pizani Anselmi”, perteneciente al subsistema de Educación Bolivariano en el Sistema Educativo Venezolano, posee en 1er Año del Nivel Media General, una matrícula escolar de 349 estudiantes, distribuidos en 11 secciones: A, B, C, D, E, F, G, H, I, J y K; quienes reciben una enseñanza integral enmarcada en los principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley Orgánica de Educación (LOE, 2009).

En cuanto al diagnóstico realizado como actividad iniciadora del año escolar 2013 – 2014, se detectó, utilizando la técnica de la observación directa y en la aplicación de las estrategias para el aprendizaje, que la mayoría de los estudiantes manifestaron motivación hacia la enseñanza y en el desarrollo de las actividades dentro y fuera del aula.

Sin embrago, se detectaron a nivel académico, dificultades en cuanto a la lectura y escritura, evidenciada en la falta de habilidades interpretativas y en la toma de notas (deficiencias para copiar dictados, confusión al escribir las palabras, garabateo, entre otras). De igual manera se manifestaron deficiencias en la práctica de las operaciones matemáticas básicas que aunque las conocen, necesitan ser reforzadas.

Respecto a los hábitos de estudio, la mayoría de los estudiantes no realizan las actividades de repaso en sus hogares, lo que dificulta que el aprendizaje sea consolidado como tal y los motive a obtener experiencias significativas, mediante la investigación personal sobre el tema y la realización de las actividades asignadas por los docentes, de manera tal que tengan la oportunidad de participar de forma coherente sobre los temas en las clases y a hacerse copartícipes de su aprendizaje.

En cuanto a la conducta en el aula, se observó compañerismo selectivo, maltrato verbal entre compañeros e irrespeto de algunos estudiantes hacia los profesores y hacia otros estudiantes. Algunos de los mismos no colaboran con la limpieza del ambiente de aprendizaje (lanzan papeles al piso, rayan las paredes, golpean las puertas y arrastran con violencia los pupitres). Los estudiantes presentan dificultad notable para seguir instrucciones en la realización de actividades grupales.

Fuera del aula su conducta se traduce en aún más indisciplina, no acatando los llamados de atención respecto a lo que debe ser el comportamiento en el ámbito escolar.

JUSTIFICACIÓN (Bases Legales):

El Sistema Educativo Venezolano ha experimentado trasformaciones que permiten la puesta en marcha de una educación más humanista y liberadora, fundamentada en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) y en la Ley Orgánica de Educación (LOE, 2009).

De manera tal que es pertinente citar el Artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación (2009), en el cual se establecen los Principios y valores rectores de la educación en nuestro país, en el cual se lee:

“La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminación de ninguna índole, (…) la formación de una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión…”

Asimismo, se resalta el Artículo 6 de la LOE (2009), en el que se resumen las competencias del Estado docente, en el cual se hace mención sobre “La obligatoriedad de la educación y establece los mecanismos para exigir a las comunidades, familias, padres, madres representantes o responsables, el cumplimiento de este deber social”. Y que más adelante expone que:

Para alcanzar un nuevo modelo de escuela, concebida como espacio abierto para la producción y desarrollo endógeno, el quehacer comunitario, la formación integral, (…) la organización comunal, la consolidación de la paz, la tolerancia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos.

De igual forma, el Artículo 15 que entre los fines de la educación considera el respeto por la dignidad de las personas, enmarcada en los valores éticos; y el Artículo 17 en el que se exponen las obligaciones de las familias para con la enseñanza de los jóvenes: “Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de sus integrantes.”

En este sentido, el Ministerio del Poder Popular para la Educación ha dispuesto desde el año 2011, una serie de líneas orientadoras que permitan vincular las distintas áreas del conocimiento con los ejes integradores para lograr los fines educativos establecidos en el Artículo 15 de la LOE, facilitando así la planificación de los Proyectos de Aprendizaje (PA) y su conexión con el Proyecto Educativo Integral Comunitario.

El Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se lee “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.”

De lo anteriormente expuesto en el diagnóstico,

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