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RÉGIMEN SIMPLIFICADO


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  607 Palabras (3 Páginas)  •  668 Visitas

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REFORMA FISCAL

ELIMINACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Anteriormente en el 2013, la Ley del ISR establecía que las personas morales dedicadas exclusivamente al auto transporte terrestre de carga o de pasajeros; a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras; así como las constituidas como empresas integradoras, tributen en el régimen simplificado.

Este régimen, a diferencia del régimen general de las personas morales, opera sobre una base de efectivo, en el que las inversiones se pueden deducir como gasto siempre que los ingresos anuales de los contribuyentes no excedan de 10 millones de pesos. Asimismo, los contribuyentes sujetos a este régimen pueden llevar contabilidad simplificada.

La Ley del ISR anterior también establecía que el SAT puede otorgar facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante las cuales se permite que estos contribuyentes realicen deducciones de erogaciones sin documentos comprobatorios que cumplan con los requisitos fiscales. Estas facilidades afectan la cadena de comprobación fiscal, a través de la cual se logra que a toda deducción de parte de un adquirente corresponda la acumulación de ingresos por parte del proveedor del bien o servicio.

Los impuestos del régimen simplificado En este régimen se puede optar por que la persona moral pague el impuesto por cuenta de sus integrantes o que cada uno de los integrantes de la persona moral cubra el impuesto de forma individual, cuando sea la persona moral la que cumpla por cuenta de sus integrantes respecto de las obligaciones fiscales, estos serán responsables solidarios, y el impuesto que se determine por cada uno de sus integrantes se debe de enterar en una sola declaración, esto para los que se constituyen como coordinados (sector autotransporte de pasajeros).

Pero, con la nueva reforma desaparece el régimen simplificado; sin embargo, se incorpora dos regímenes especiales para el sector primario y de autotransporte, manteniendo los beneficios actuales con algunas modificaciones, de las que más destacas son:

 Las personas que administran y operan activos fijos y terrenos relacionados directa o indirectamente con las actividades de autotransporte de carga o de pasajeros, podrán continuar con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a través de la persona moral, con base en lo establecido con las personas físicas con actividades empresariales. La autoridad fiscal podrá otorgar facilidades administrativas y de comprobación, hasta por un monto del 4% de sus ingresos propios y respecto a dicha facilidad de comprobación se puede establecer que sobre las cantidades erogadas se efectué retenciones del ISR, sin que este exceda el 17%.

 Las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, aplicable para los contribuyentes que se dediquen solamente a estos

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