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Resumen De La LEY DE COMERCIO EXTERIOR Y AMBITO INTERNACIONAL


Enviado por   •  17 de Mayo de 2014  •  1.268 Palabras (6 Páginas)  •  783 Visitas

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LEY DE COMERCIO EXTERIOR Y AMBITO INTERNACIONAL

I.- Ambito de aplicación de la ley.

La presente Ley tiene por objeto regular y promover el comercio exterior,

incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso

eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la

II.- estructura de la ley.

ESTRUCTURA DE COMERCIO EXTERIOR

Ley 6 de 1971: régimen de aranceles, tarifas y en general disposiciones concernientes alrégimen de aduanaLey 67 de 1979: dictaba las normas generales sobre las cuales debía regirse el gobiernonacional para fomentar las exportaciones a través de sociedades de comercialización.Ley 48 de 1983: daba las pautas generales para la regulación del comercio exteriorcolombiano.A partir de 1991 el instituto de comercio exterior, Incomex, que era la entidad que maneja el

comercio exterior en Colombia paso a ser parte del nuevo Ministerio de Comercio Exterior, elcual fue creado a través de la ley 7 de 1991. Esta ley regulaba de manera general elcomercio exterior del país, dándole al gobierno nacional unos principios a los cuales debía

sujetarse con el fin de IMPULSAR, PROMOVER, FOMENTAR,APOYAR, YCOORDINAR EL COMERCIO EXTERIOR

Ley 7 de 1991

Dio un paso hacia el futuro con la creación

del MINISTERIODE COMERCIO EXTERIOR, enesencia, la internacionalización de la economía colombiana exigía un ente independiente decomercio exterior, que de manera objetiva pudiera adelantar las negociaciones internacionales

como vocero y representante en todos los foros internacionales, bilaterales, multilaterales yplurilaterales.Esta ley creo el Consejo Superior de Comercio Exterior, como órgano asesor del GobiernoNacional en la materia.-Entre sus funciones donde preside el Jefe de Estado y al cual asisten Ministros de esferaeconómica incluyen: «emitir concepto, precia consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores,sobre la celebración de tratados o acuerdos internacionales de comercio y recomendar alGobierno Nacional la participación o no del país en los mismos y formular directrices páralasnegociaciones internacionales de comercio».

Ley 790 de 2002

Se permite la fusión de varias entidades

con el fin de garantizar la sostenibilidadfinanciera de la nación. Entre las entidades fusionadas se encuentran: el Ministerio deComercio Exterior, el cual fue fusionado al Ministerio de Desarrollo Económico, creándose asíel nuevo MINISTERIODE COMERCIO, INDUSTRIAY TURISMO.

DECRETO 210 DE 2003

Funciones del Ministerio de Comercio Exterior, Industria y Turismo: formular, adoptar, dirigir ycoordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país

relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de laIndustria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y

tecnología, la promoción de inversión extranjera, el comercio interno y el turismo. Ejecutar laspolíticas, planes generales, programas y proyectos de Comercio Exterior.

economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de

prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del

bienestar de la población.

III.- Objeto de la ley.

Artículo 1o.- La presente Ley tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

IV.- dependencias involucradas.

V.- coceptos de aranceles, en sus diferentes modalidades.

ARTÍCULO 12.- PARA EFECTOS DE ESTA LEY, LOS ARANCELES SON LAS CUOTAS DE LAS TARIFAS DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE EXPORTACION E IMPORTACION, LOS CUALES PODRAN SER:

I. AD-VALOREM, CUANDO SE EXPRESEN EN TERMINOS PORCENTUALES DEL VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCIA.

II. ESPECIFICOS, CUANDO SE EXPRESEN EN TERMINOS MONETARIOS POR UNIDAD DE MEDIDA, Y

III. MIXTOS, CUANDO SE TRATE DE LA COMBINACION DE LOS DOS ANTERIORES.

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