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El suicidio y la ley


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2011  •  Monografías  •  1.868 Palabras (8 Páginas)  •  637 Visitas

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El suicidio[1] es el acto por el que un individuo, deliberadamente, se provoca la muerte a sí mismo.

Se estima que las dos terceras partes de quienes se quitan la vida sufren depresión[2] y que los parientes de los suicidas tienen un riesgo más elevado (hasta cinco veces más) de padecer tendencias al respecto.[3] Los padecimientos psíquicos se encuentran presentes en 9 de cada 10 casos de suicidio; entre ellos, aparte de la depresión se encuentran también los trastornos de ansiedad y las dependencias.[4]

Muchas religiones monoteístas lo consideran un pecado, y en algunas jurisdicciones se considera un delito. Por otra parte, algunas culturas, especialmente las orientales, lo ven como una forma honorable de escapar de algunas situaciones humillantes o dolorosas en extremo.

El suicidio y la ley

En España la relación de terceros respecto al suicidio es discutida. El caso de no evitarse un suicidio, pudiendo hacerse, podría ser considerado como una omisión del deber de socorro, lo que está tipificado como delito en diversas legislaciones. Este hecho es justificado en que un intento de suicidio podría ser debido, por ejemplo, a un estado de locura transitorio, a un estado depresivo muy grave u otras situaciones análogas. No obstante, si el acto de suicidio se toma con el supuesto ejercicio pleno de las facultades mentales nadie podría impedirlo hipotéticamente, ya que lo contrario podría tratarse de un delito de coacción, que castigaría al que «sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe» (art. 172 del CP). Hay que hacer notar, a este respecto, que el suicidio «es un acto que la ley no prohíbe», como ha señalado el Tribunal Constitucional de España. Aunque el Tribunal Constitucional Español señala que no existe en el ordenamiento jurídico de este país el «derecho al suicidio», «ello no impide, sin embargo, reconocer que, siendo la vida un bien de la persona que se integra en el círculo de su libertad, pueda aquélla fácticamente disponer sobre su propia muerte, pero esa disposición constituye una manifestación del agere licere, en cuanto que la privación de la vida propia o la aceptación de la propia muerte es un acto que la ley no prohíbe» (Fundamento Jurídico 7.º). En todo caso, inducir a otra persona para que cometa suicidio, o cooperar con actos necesarios en un suicidio o en una eutanasia sí que son delitos, aunque castigados con penas distintas (artículo 143 del CP).

De igual manera, en legislaciones como la chilena, el auxilio al suicidio es punible según señala el art. 393 del Código Penal: «El que con conocimiento de causa prestare auxilio a otro para que se suicide, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo, si se efectúa la muerte». Aquí la muerte opera como condición objetiva de punibilidad; es decir, sólo será culpable la conducta en la medida que se verifique el resultado de muerte; y siendo así, incurrirá el autor en la pena señalada (541 días a 5 años).

No está de más mencionar que además hay leyes que protegen a las aseguradoras de vida. Según Guillon y le Bonniec (1982) “el seguro de vida en caso carece de efecto, si el acta de defunción del asegurado demuestra que el asegurado ha muerto por suicidio, a pesar de que algunas aseguradoras ignoran dicha ley y hacen el pago a los beneficiarios de todas formas”.[6

Según Barón O (2000) “La adolescencia es un proceso intenso de cambios a todo nivel: corporal, psíquico, afectivo, familiar, social y que el suicidio, usualmente, se lleva a cabo en esta etapa como un comportamiento para contrarrestar la impotencia que se siente ante un problema existencialista. Además de estos se toman claramente en cuenta los importantes los antecedentes patológicos, particularmente los trastornos afectivos y el abuso de alcohol y drogas. En la misma el adolescente debe definir su identidad sexual y su personalidad”.[13

La depresión (del latín depressio, que significa «opresión», «encogimiento» o «abatimiento») es un trastorno del estado de ánimo, ya sea desde el punto de vista de la psicología o desde el punto de vista de la psiquiatría, pero siempre dentro del ámbito de la psicopatología. Según el modelo médico, la psiquiatría la describe como un trastorno del estado de ánimo y su síntoma habitual es un estado de abatimiento e infelicidad que puede ser transitorio o permanente.

El término médico hace referencia a un síndrome o conjunto de síntomas que afectan principalmente a la esfera afectiva: la tristeza patológica, el decaimiento, la irritabilidad o un trastorno del humor que puede disminuir el rendimiento en el trabajo o limitar la actividad vital habitual, independientemente de que su causa sea conocida o desconocida. Aunque ése es el núcleo principal de síntomas, la depresión también puede expresarse a través de afecciones de tipo cognitivo, volitivo o incluso somático. En la mayor parte de los casos, el diagnóstico es clínico, aunque debe diferenciarse de cuadros de expresión parecida, como los trastornos de ansiedad. La persona aquejada de depresión puede no vivenciar tristeza, sino pérdida de interés e incapacidad para disfrutar las actividades lúdicas habituales, así como una vivencia poco motivadora y más lenta del transcurso del tiempo. Su origen es multifactorial, aunque hay que destacar factores desencadenantes tales como el estrés y sentimientos (derivados de una decepción sentimental, la contemplación o vivencia de un accidente, asesinato o tragedia, el trastorno por malas noticias, pena, y el haber atravesado una experiencia cercana a la muerte). También hay otros orígenes, como una elaboración inadecuada del duelo (por la muerte de un ser querido) o incluso el consumo de determinadas sustancias (abuso de alcohol o de otras sustancias tóxicas) y factores de predisposición como la genética o un condicionamiento educativo. La depresión puede tener importantes consecuencias sociales y personales, desde la incapacidad laboral hasta el suicidio. Desde la biopsiquiatría, a través de un enfoque farmacológico, se propone el uso de antidepresivos. Sin embargo, los antidepresivos sólo han demostrado ser especialmente eficaces en depresión mayor/grave (en el sentido clínico del término, no coloquial).[1]

El término en psicología de conducta (ver terapia de conducta o modificación

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