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Bando De Policia Y Buen Gobierno


Enviado por   •  15 de Julio de 2014  •  5.208 Palabras (21 Páginas)  •  552 Visitas

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UNIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO PUEBLA CAMPUS ZACATLAN

NOMBRE DE LA MAESTRA: MAYRA LOPEZ GONZALEZ

NOMBRE DE LA MATERIA: DERECHO ROMANO II

NOMBRE DEL TRABAJO: BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO

NOMBRE DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO:

LUIS ENRIQUE ROMERO PALACIOS

IBETH GUADALUPE ESCOBEDO HERNANDEZ

FATYMA HERNANDEZ DIAZ

CALIFICACION_____________

INTRODUCION

Este bando de policía y buen gobierno se hizo con el fin de modificarlo para cambiarle algunos artículos que favorezcan a la sociedad para hacer de este un documento más satisfactorio y que las sanciones sean de acuerdo a el estatus o vida social que tenga el infraccionado de acuerdo a su salario mínimo y que los artículos y/o leyes sean cumplidas y no recibir sobornos o pagar más de lo debido según sea la infracción correspondiente.

Bando de Policía y Gobierno

Para el

Municipio de Chignahuapan

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1.- El presente Bando de Policía y Gobierno es de orden público, de carácter obligatorio y de Observancia general en el Municipio de Chignahuapan, Puebla, y su aplicación e interpretación Corresponde a la autoridad municipal

Articulo 2.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Chignahuapan por conducto de su autoridad y juez Calificador sancionar las faltas al presente Bando de Policía y Gobierno.

Artículo 3.- Se consideran como faltas al presente Bando de Policía y Gobierno, las acciones u omisiones Que alteren o afecten el orden y la seguridad en lugares públicos.

Artículo 4.- Para los efectos de este Bando, se entenderá como lugares públicos los de uso común, Acceso público, o libre tránsito, tales como plazas, calles, avenidas, paseos, jardines, parques, mercados, Centros de recreo, deportivos o de espectáculos, inmuebles públicos, bosques, y vías terrestres de Comunicación ubicada dentro del municipio de Chignahuapan. Se equiparan a los lugares públicos los medios destinados al servicio público de transporte.

Artículo 5.- Se consideran faltas al presente Bando de Policía y Gobierno las que estén contenidas en las

Siguientes fracciones:

I. Son faltas contra la seguridad pública;

II. Son faltas contra la salubridad y la ecología;

III. Son faltas contra el interés y bienestar colectivo de la sociedad;

IV. Son faltas contra la integridad física y moral de las personas;

V. Son faltas contra los bienes de propiedad privada y propiedad del Municipio; y

Así como a las circulares, reglamentos y demás disposiciones aprobadas por el Ayuntamiento.

Artículo 6.- Para efectos de este Bando de Policía y Gobierno, se entenderá por:

I. Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Chignahuapan.

II. Autoridad, la facultada para determinar y aplicar las sanciones correspondientes en los términos del presente Bando.

III. Ayuntamiento, al Honorable Ayuntamiento del Municipio de Chignahuapan, Puebla.

IV. Falta, la acción, acciones u omisiones cometidas al Bando.

V. Responsable o infractor, Es el sujeto o sujetos que tomaron parte en su concepción, Preparación, ejecución y los que indujeren o compelieren a otros a cometerla.

VI. Reincidencia, al caso en el que el responsable o infractor comete por más de una ocasión una o varias de las faltas contempladas en el presente Bando que hayan sido sancionadas con multa o arresto.

VII. Presunto Responsable o Infractor, la persona a la cual se le imputa la falta al presente Bando, sin que se le haya determinado formalmente la responsabilidad.

VIII. Sanción, la consecuencia de determinación de responsabilidad como falta, siendo Amonestación, Multa o Arresto.

IX. Amonestación, es la advertencia que se le hace al presunto infractor o infractor, será la sanción que determine la Autoridad cuando no se haya causado gravedad, daños, perjuicios, ni haya alterado el orden, explicándole las consecuencias en las que pudieran cometer, invitándolo a la enmienda y previniéndole de la sanción que se impondrá en caso de reincidir.

X. Multa, será la sanción pecuniaria que determine la Autoridad en beneficio del Municipio.

XI. Arresto, consiste en la privación de la libertad por un periodo que no podrá exceder de treinta y seis horas, tratándose de faltas que lo ameriten a juicio de la autoridad municipal, así como para los casos en los que el infractor no pague la multa que se le imponga.

Capítulo II

De las Faltas

Artículo 7.- Son faltas al presente Bando de Policía y Gobierno:

I. Son faltas contra la seguridad pública:

Ayuntamiento de Chignahuapan

2011 – 2014

1Bando de Policía y Gobierno para el

Municipio de Chignahuapan

a) Utilizar, detonar o encender objetos que por su naturaleza atenten contra la seguridad pública;

b) Detonar o encender cohetes o juegos pirotécnicos sin permiso de la autoridad competente;

c) Formar parte de grupos que causen molestia a las personas en lugares públicos o en la proximidad de los domicilios de éstas;

d) Organizar o tomar parte en juegos de velocidad con cualquier vehículo de motor, en lugares públicos, poniendo en riesgo su integridad y la de las demás personas, conductores o peatones

e) Entrar sin la autorización en zonas o lugares

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