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Diccionario


Enviado por   •  7 de Febrero de 2012  •  3.122 Palabras (13 Páginas)  •  375 Visitas

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ABREVIATURAS UTILIZADAS

A. de J.C................Antes de Jesucristo.

Acad. o Academia........Academia de la Lengua Española.

Af......................Aforismo.

Arg.....................Argentina; argentino.

Art.....................Artículo.

Arts.....................Artículos.

Cap.....................Capítulo.

Civ.....................Civil.

Cód. Civ.................Código Civil.

Cód. Com...............Código de Comercio.

Cód. Pen................Código Penal.

Codex ..................Codex Juris Canonici.

Comp...................Compilación.

Const...................Constitución.

Conv....................Convenio.

Crim....................Criminal.

Dec.....................Decreto.

Dic. Acad................Diccionario de la Academia Española.

Enj.....................Enjuiciamiento.

Esp.....................España; español, española.

Expr....................Expresión.

Etc.....................Etcétera.

Just.....................Justicia.

L.......................Ley

Lat.....................Latino, latina.

Lib.....................Libro.

Loe.....................Locución.

Mil.....................Militar.

N.U................... Naciones Unidas.

O.N.U................. Organización de las Naciones Unidas.

Pájr.................... Párrafo.

Part.................... Partida, Partidas.

Pen.................... Penal.

Proc................... Procedimiento, procedimientos, procesal.

Recop.................. Recopilación

Regí................... Reglamento.

R.O.................... Real Orden.

Ss..................... Siguientes.

Supr................... Supremo, Suprema.

Tít.................... Título.

Trib.................... Tribunal.

v...................... Véase esta voz, véanse estas voces.

A

Primera letra del alfabeto español y de la ge¬neralidad de los abecedarios en los demás idiomas. Entre los romanos servía para la emisión y calificación de los votos, no sólo en el orden político, sino en el judicial. Cada juez tenía tres tablillas: una con la letra A, que quería decir absolvo; otra con la letra C, que equivalía a condemno ; y una última de las le¬tras N. L, correspondientes a non liquiet, que aplicaba cuando el asunto no estaba claro o no se habían probado los hechos. Por esa causa Cicerón, en su oración Pro Milone, lla-ma litera salutis a la A, o sea, letra que salva, letra saludable, en contraposición a la C, cuyo significado era condenatorio.

En el Derecho Canónico la A, también como inicial de absolvo, denota absolución.

En Derecho Mercantil se combina en abreviaturas usuales de la letra de cambio; así: AP, aceptada para protesto; ASP acepta¬da sin protesto; ASPC, aceptada sin protesto para poner en cuenta, entre otras.

A beneficio de inventario

Califica la aceptación de la herencia cuando el heredero no confunde, por expresa decla¬ración de voluntad o por precepto legal, su patrimonio con el del causante. Lo contrario ocurre en la aceptación pura y simple. (V. ACEP-TACIÓN DE HERENCIA, BENEFICIO DE INVEN¬TARIO.)

A contrario sensu

Loe. lat. cuyo significado es: "en sentido con¬trario". Se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afir¬mado o negado en una premisa dada.

A la orden

Cláusula que, en ciertos documentos de cré¬dito, indica la posibilidad de transmitirlos por vía de endoso. (V. cheque, endoso, letra

DE CAMBIO.)

A la vista

Se dice de la compraventa cuyo precio se pa¬ga mediante la entrega de la cosa. I Así se de¬nomina la letra de cambio cuando debe pa¬garse a su presentación. I Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento. (V. pagaré .)

"A limine"

Loe. lat., cuyo significado es: "desde el um¬bral". Se emplea para expresar el rechazo de una demanda, o recurso, cuando ni siquiera se admite discusión, por no ajustarse a Dere¬cho.

A posteriori

Es lo contrario de apriori (y.). Loe. lat. que se aplica a las argumentaciones o juicios basa¬dos en las necesarias consecuencias de una proposición anterior. I En sentido temporal: con posterioridad, después, ulteriormente.

A priori

Loe. lat. referida a opiniones y juicios funda¬dos en hipótesis o conjeturas, no en hechos ya producidos y, por tanto, tampoco probados. I Previamente, con antelación. (V. A posterio-ri.)

Aquo

Se dice del juez o tribunal de cuya sentencia se interpone recurso de queja; también el juez inferior cuando su resolución ha sido re¬currida ante el superior. Se aplica, asimismo, al día desde el cual empieza a contarse un tér¬mino judicial. (V. ad quem.)

Ab initio

Locución latina y castellana. Desde el co¬mienzo o desde tiempo inmemorial o muy re¬moto.

Ab

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