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Ley De Tierras Y Luchas Campesinas


Enviado por   •  8 de Enero de 2013  •  6.116 Palabras (25 Páginas)  •  591 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En este trabajo nos enfocaremos en lo que es el estado social de derecho y de justicia y como se extiende al latifundio, para comenzar y como concepto del Estado de Derecho, que originalmente se centraba en el control jurídico del Poder Ejecutivo, con fin de evitar sus intervenciones arbitrarias, sobre todo en la esfera de la Libertad y propiedades individuales. Se ha podido notar que este concepto fue evolucionando, y en la actualidad el Estado de Derecho consiste en el Poder de ejerce únicamente a través de normas jurídicas, por lo que la Ley regula toda la actividad Estatal y particularmente de la administración; y parte de la esencia del concepto consiste en “el control Judicial de la legalidad donde se va a considerar la norma suprema: La constitución” (“El Estado Social de Derecho en la Constitución” . También se destaca que la Constitución el Estado de 1999, puso en práctica una ley especial como lo es la Ley de Tierras: donde están los Fundamento de la justicia campesina El Decreto de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual sustenta el nuevo marco legal, en el que se busca profundizar y dar operatividad concreta a los valores constitucionales de desarrollo social a través del sector agrario.

EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA Y LA EXTENCIÓN DEL LATIFUNDIO.

Este concepto está reflejado en el artículo 2 Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, cuando establece que: “Venezuela se constituye en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, a vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Este concepto surge ante la desigualdad real existente entre las clases y grupos sociales, que atenta contra la igualdad jurídica reconocida a los individuos por la propia Carta Fundamental en su artículo 21.La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el artículo 2 consagra que ”Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Esta constitución democrática compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares. Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la sociedad y del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, siendo funciones indelegables del Estado. Aquellas que pueden acometer con mayor eficacia y eficiencia en la medida en que podríamos decir que son inherentes a la persona humana, es decir funciones que cuadran al estado en virtud de los fines y medios que estén a su alcance, así como la mejor preparación de sus actores gubernamentales para ejecutar las tareas que la Constitución y las leyes de la República le emanan. Por lo tanto, el Estado venezolano en tiempos de la modernidad, estimula a sus conciudadanos a fomentar el espíritu de solidaridad, responsabilidad y ponderación en sus acciones ante otros organismos que no se inscriben en la función social. En este sentido, el cumplimiento de su función debe avocarse a orientar y apuntalar a la sociedad hacia la protección de los derechos humanos. No basta establecer bases teóricas y leyes para el entendimiento de estos derechos, sino que debe ir más allá, hasta llegar a la función de educar, proteger, asistir y colaborar con aquellos ciudadanos y ciudadanas a quienes les han sido conculcados sus derechos humanos. La justicia social comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de organización de la sociedad en general, o en su caso, de acuerdo a un colectivo social determinado. Comprende por tanto el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan un estándar de justicia legítimo. Un estándar de justicia sería aquello que se considera más razonable para una situación dada. Razonable significa que determinada acción es defendible ante los demás con independencia de sus intereses u opiniones personales, esto es, desde una perspectiva imparcial; así, para justificar algo hay que dar razones convincentes que los demás puedan compartir y comprender. Es también un término utilizado para referirse a las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos. Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población. Alejandro Korn sostiene que la justicia social es un ideal que solo puede definirse a partir del hecho concreto de la injusticia social. Algunos estudiosos, sostienen que el concepto «justicia social» se corresponde con la «justicia distributiva» de Aristóteles, en tanto que la noción de «justicia conmutativa» del estagirita, corresponde a la idea clásica de justicia, en la sociedades modernas. Algunos de los temas que interesan a la justicia social y a las políticas socio-económicas son la igualdad social, la igualdad de oportunidades, el estado del bienestar, la cuestión de la pobreza, la distribución de la renta, los derechos laborales, etc. Y de acuerdo a lo que tiene que ver con el latifundio, el Presidente Hugo Chávez acotó en Araure el 26 de Octubre del año 2004 “El latifundio no sólo es perverso por lo injusto, porque concentra las mejores tierras en pocas manos, mientras la mayoría no tiene tierras o las tiene en condiciones paupérrimas. También es ineficiente e improductivo, porque ustedes van a cualquier extensión de cualquier latifundista y podrán ver que de cada 10 mil hectáreas, a lo mejor mil están medio produciendo o la mitad está medio produciendo y el resto está totalmente abandonado". Estamos convirtiendo la democracia en una realidad para todos y todas. Nos hemos planteado la transformación del país, creando un nuevo modelo de desarrollo orientado al crecimiento productivo con inclusión social: de allí la necesidad de atacar el desequilibrio territorial, uno de los grandes problemas heredados por los venezolanos desde la época colonial. Lo que tenemos por delante es el reto de enfrentar la pobreza, promoviendo mejores condiciones para el desarrollo rural integral. El enemigo a vencer es el latifundio, que en Latinoamérica ha adoptado la forma de haciendas, hatos, estancias, etc., una forma de propiedad asociada generalmente a relaciones de trabajo que sólo benefician a una minoría. En este contexto, Venezuela registra uno de los índices más altos de concentración de tierras en pocas manos: según el censo agrícola de 1998, el 5% de los propietarios acaparan el 75% de las tierras agrícolas del país, mientras que el 75% de los propietarios se ven obligados a repartirse sólo el 6% de las tierras. Esto constituye una verdadera aberración, que ha sumido en el atraso y la miseria a miles y miles de venezolanos y venezolanas. Dispuesto a dar la pelea para incentivar la agricultura como medio de desarrollo social, garantizar la seguridad agroalimentaria y elevar la calidad de vida de la población campesina, el Gobierno Bolivariano ha emprendido cambios sustanciales en la estructura de la tenencia y uso de la tierra, mediante la aplicación del nuevo ordenamiento jurídico en materia de tierras y desarrollo agrario. Se cumple así con el mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que en su artículo 306 establece: “El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar; así como su incorporación al desarrollo nacional. Igualmente, fomentará la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra, mediante la dotación de obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica".

COMBATIR EL LATIFUNDIO

Antes de formular políticas sobre la tenencia de la tierra, se debe tener en cuenta que la tierra no es un bien como los otros: no es producto del trabajo humano y contiene en su seno recursos naturales necesarios para todos. De ella depende nuestra alimentación y supervivencia. Por lo tanto, la tierra con vocación agrícola tampoco puede dejar de ser producida. La concentración de la tierra en pocas manos, no sólo es injusta para los campesinos sin tierra y los pequeños propietarios, sino que presenta numerosos problemas para el desarrollo de toda la sociedad. En la agricultura no funciona la economía de gran escala. La pequeña y mediana producción es más eficiente y más productiva que la grande y más apta para adaptarse a los adelantos tecnológicos. Además, ocupa a más trabajadores, diversifica la producción y afecta menos al medio ambiente. Por otra parte, el latifundio impide el desarrollo armónico de las comunidades rurales. Si los campesinos no pueden ser dueños de la tierra, si su familia no puede acceder a mejores condiciones de vida, se produce entonces su desplazamiento hacia los cinturones marginales de las grandes ciudades. Es papel del Estado garantizar al campesino una estructura de tenencia de la tierra que permita dotar de servicios básicos a los asentamientos y un plan integral de desarrollo que genere expectativas de progreso para el pequeño y mediano productor. Por eso, el rol del Estado es irremplazable para impulsar programas de reforma agraria. Sin intervenciones específicas y adecuadas del Estado, o de ciertas instituciones de la sociedad, prevalecerá la tendencia a la concentración de la tierra en manos de grupos o de individuos que le darán un uso distinto al del interés social. Es en este contexto que el Gobierno Bolivariano asume, desde su inicio, la tarea de estructurar una política dirigida, en una primera etapa, a disminuir los desequilibrios territoriales, modificando el patrón de poblamiento tradicional, para, de este modo, consolidar una actividad productiva y económica armónica y diversificada a lo largo y ancho del país. La lucha contra el latifundio se convierte en mandato de ley a través de la Constitución Nacional, que en su artículo 307 indica que "el régimen latifundista es contrario al interés social", precisando que "los campesinos o campesinas y demás productores agro pecuarios y productoras agro pecuarias tendrán derecho a la propiedad de la tierra". Con esto, se pretende la eliminación íntegra de una práctica que es contraria a la justicia y al interés social.

LEY DE TIERRAS: FUNDAMENTO DE LA JUSTICIA CAMPESINA

El Decreto de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario sustenta el nuevo marco legal, en el que se busca profundizar y dar operatividad concreta a los valores constitucionales de desarrollo social a través del sector agrario. Para ello, se procura una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa en cuanto a la tenencia de tierras y desarrollo de toda la actividad agraria. La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario deja claro, en su primer artículo, que el crecimiento económico debe ser enmarcado dentro de una "justa distribución de la riqueza y planificación estratégica, democrática y participativa, eliminando el latifundio como sistema contrario a la justicia, al interés general y a la paz social en el campo". Se someten a la normativa del marco legal, según señalan los legisladores, todas las tierras, tanto públicas como privadas, "con vocación para el desarrollo agroalimentario". En este sentido, están incluidas las tierras pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras, las propiedades de la República de dominio privado, las áreas baldías en jurisdicción de los diferentes Estados y Municipios, y las tierras privadas. A partir de la aprobación de este Decreto Ley, el Ejecutivo Nacional es el encargado de promover planes especiales de desarrollo integral para ir incorporando progresivamente a todas las regiones al "desarrollo económico del país, manteniendo la igualdad de oportunidades para todas las regiones". Además, el artículo 4 decreta que las organizaciones económicas encargadas de la producción agraria se establecerán teniendo como base "los principios de mutua cooperación y solidaridad; privilegiando el sistema cooperativo, colectivo o comunitario". Sobre la relación del Estado y la tenencia de la tierra también se pronuncia la ley. Se indica (artículo 8) que será el Estado venezolano el encargado de garantizar al campesino su incorporación al proceso productivo, estableciendo las condiciones adecuadas para la producción, promoviendo la estructuración de fundos, mediante la adjudicación de tierras. También se establece (artículo 9) que "el Estado organizará el servicio eficiente del crédito agrario, incorporando a las instituciones bancarias y financieras, públicas o privadas, existentes", para potenciar el crecimiento del sector, creando _de ser necesario_ instituciones estatales para que otorguen créditos en condiciones especiales.

PRINCIPALES LOGROS:

1. Adjudicación de tierras al campesino. La Ley reconoce el derecho a la adjudicación de tierras a toda persona que sea apta para el trabajo agrario, pudiendo ser beneficiados todos los venezolanos y venezolanas que hayan optado por el trabajo rural y la producción agraria como oficio u ocupación principal. 2. Protección a la mujer del campo. También establece en el artículo 14 que serán beneficiarias preferenciales de adjudicación de tierras las ciudadanas que sean cabeza de familia y que se comprometan a trabajar una parcela para mantener a su grupo familiar. Prevé este mismo apartado que estas ciudadanas tendrán garantizado un subsidio especial alimentario pre y post natal, del cual estará encargado el Instituto Nacional de Desarrollo Rural. 3. Beneficios sociales. El instrumento jurídico garantiza a los trabajadores del campo todos los beneficios previstos en la Ley Orgánica del Trabajo, 10 cual mejora sustancialmente su condición social. 4. Garantías para grupos asentados históricamente en áreas rurales. Según el artículo 17 de la Ley de Tierras, dentro del régimen del uso de tierras con vocación para la producción agroalimentaria, se garantiza la permanencia de los grupos de población asentados en las tierras que históricamente han ocupado, así como la de los pequeños y medianos productores agrarios en las tierras que han venido ocupando pacíficamente para el momento de la promulgación del Decreto Ley. 5. Garantía de progreso material y de desarrollo humano. También queda garantizado el derecho de todos los campesinos y campesinas a perseguir su progreso material y desarrollo humano en libertad, con dignidad e igualdad de oportunidades. 6. Protección del folclore y las costumbres. Del mismo modo, el Estado es el encargado de asegurar la protección de la cultura, el folclore, la artesanía, las técnicas ancestrales de cultivo, las costumbres, usos y tradiciones orales de los campesinos, así como la biodiversidad del hábitat. 7. Reconocimiento del conuco como fuente histórica de biodiversidad agraria. La nueva Ley reconoce al conuco como fuente histórica de la biodiversidad agraria, encargando al Ejecutivo Nacional la tarea de promover, en las áreas desarrolladas por conuqueros, la investigación y la difusión de las técnicas ancestrales de cultivo, así como el control ecológico de plagas, las técnicas de preservación de suelos y la conservación de los germoplasmas en general. 8. Optimización del uso de las aguas. El agua como recurso de interés nacional, debido a su importancia para el desarrollo de la vida, también ocupa un lugar preponderante, pues la Ley encarga al Instituto Nacional de Tierras la vigilancia del uso y aprovechamiento racional de las mismas, con fines de riego y acuicultura. Este organismo será el encargado de crear una comisión permanente que coordinará el régimen del uso de las aguas con fines de producción agropecuaria. 9. Redistribución de las tierras ociosas. En vista de que la producción agraria y el desarrollo rural constituyen temas de interés nacional, la Ley estipula algunos mecanismos para confiscar aquellas tierras que, dadas sus condiciones óptimas para la producción, permanecen ociosas. En este sentido, se establece que será la Oficina Regional de Tierras la encargada de abrir averiguaciones con relación a las denuncias que reciba en este sentido.

CONCLUSIÓN

En este trabajo se pudo concluir que La formación y desarrollo del concepto de Estado de Derecho, tiene su origen histórico en la lucha contra el absolutismo, y por lo que originalmente se centraba en el control jurídico del Poder Ejecutivo, a fin de evitar sus intervenciones arbitrarias, sobre todo en la esfera de la Libertad y propiedades individuales. Sin embargo, este concepto fue evolucionando, y dentro de la división de poderes que conforman el Estado, actualmente el Estado de Derecho consiste en el Poder de ejerce únicamente a través de normas jurídicas, por lo que la Ley regula toda la actividad Estatal y particularmente de la administración; y parte de la esencia del concepto consiste en “el control Judicial de la legalidad donde se va a considerar la norma suprema: La constitución” (“El Estado Social de Derecho en la Constitución” También para darle fuerza a esta Constitución el Estado puso en práctica una ley especial como lo es la Ley de Tierras: donde están los Fundamento de la justicia campesina. El Decreto de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual sustenta el nuevo marco legal, en el que se busca profundizar y dar operatividad concreta a los valores constitucionales de desarrollo social a través del sector agrario y los Beneficios sociales que implica junto con su instrumento jurídico que garantiza a los trabajadores del campo todos los beneficios previstos en la Ley Orgánica del Trabajo, y sus logros como: la Adjudicación de tierras al campesino, Protección a la mujer del campo, Beneficios sociales, Garantías para grupos asentados históricamente en áreas rurales, Garantía de progreso material y de desarrollo humano, Protección del folclore y las costumbres, Reconocimiento del conuco como fuente histórica de biodiversidad agraria, Optimización del uso de las aguas y Redistribución de las tierras ociosas.

LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante, CRBV), es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones, derechos y deberes fundamentales.

Se trata de un documento en idioma español. Se compone de un preámbulo, 350 artículos (ordenados en Títulos y Capítulos), y Disposiciones transitorias (para su implementación).

Fue redactado por la Asamblea Constituyente de Venezuela, constituida por 128 constituyentes, elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental.

Se sometió a consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 71,21% de los votos (2.820.556), el rechazo del 28,79% (1.141.792), y con la abstención del 54,06% (4.876.782).

EL DESARROLLO ENDÓGENO CAMPESINO

Desarrollo endógeno es un modelo de desarrollo que busca potenciar las capacidades internas de una región o comunidad local; de modo que puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo. Es importante señalar que en el desarrollo endógeno el aspecto económico es importante, pero no lo es más que el desarrollo integral del colectivo y del individuo: en el ámbito moral, cultural, social, político, y tecnológico. Esto permite convertir los recursos naturales en productos que se puedan consumir, distribuir y exportar al mundo entero.

En una organización de este tipo existen individuos o recursos humanos idóneos en alguna rama del conocimiento y están dispuestos a poner ese conocimiento al alcance de los otros miembros de la organización, con el propósito de la transferencia tecnológica voluntaria para el crecimiento de todos. Esto redunda en el fortalecimiento, amplitud, integración y desarrollo de las capacidades individuales y en consecuencia la formación natural de equipos multidisciplinarios de trabajo que cooperan para el desarrollo armónico de la organización en un ambiente sistémico, simbiótico y sinérgico.

Hay otra visión sobre el desarrollo endógeno que lo presenta como una pregunta sobre los modos en que una comunidad puede desplegarse (des-arrollarse) en armonía con su entorno, entendiendo que este despliegue pasa por garantizar el despliegue de todos los seres humanos que forman parte de esa comunidad. En este sentido, el ser humano pasa de ser objeto de desarrollo a ser sujeto de desarrollo

Características del desarrollo endógeno

-El desarrollo endógeno en primer lugar es una alternativa ante el modo de vida integral implantado en la mayor parte del mundo basado en el dominio del mercado mundial representado en las grandes transnacionales petroleras tecnológicas y alimenticias, es una opción ecológica ante este modo de vida aniquilador y depravante donde se puedan integrar todos los elementos de una sociedad en torno a si misma. El desarrollo endógeno busca reconvertir la cosmovisión artificial creada por el neocolonialismo y el consumo irracional y cambiarlo una visión centrada en valores comunitarios que hagan mirar a las personas a su entorno local.

Uno de los objetivos principales de la aplicación del modelo de desarrollo endógeno es fomentar y establecer una sociedad capaz de contener en si misma los modos y medios de producción necesarios para cubrir la necesidades básicas y ampliadas de las personas que la integran, mediante la implementación de una serie de estrategias endogenizadoras que influyan lo cultural, lo económico, lo educacional y el uso e invención de tecnología.

A través del desarrollo endógeno se le otorga poder a las comunidades organizadas para que desarrollen sus potenciales agrícolas, industriales y turísticos de sus regiones; se reintegran todas aquellas personas que fueron excluidas del sistema educativo, económico y social por los gobiernos precedentes; se construyen redes productivas donde los ciudadanos participen activamente en igualdad de condiciones y disfruten un fácil acceso a la tecnología y el conocimiento; se le ofrece a las comunidades y a la gente común la infraestructura del Estado que había sido abandonada tales como los campos industriales, maquinarias y tierras inactivas, con el objeto de generar bienes y servicios por y para los mismos ciudadanos.

Sustentado en las capacidades y potencialidades locales, el desarrollo endógeno posibilita el control local, la toma local de decisiones y la retención local de beneficios (culturales, económicos, educativos, sociales...). De esta forma, es una ventana de oportunidad para la generación de capacidades en las comunidades que van mucho más allá de las económicas.

Objetivos de un Proyecto de Dasarrollo Endógeno.

[[Archivo:Promover,garantizar y fomentar el desarrollo armónico y coherente de las políticas, planes y proyectos del Ejecutivo Nacional, para el desarrollo endógeno, la economía comunal, colectiva y solidaria

Coordinar acciones con los demás organismos del Poder Público, directa o indirectamente vinculados a los objetivos del Fondo, en especial con aquellos cuyas competencias sean necesarias para garantizar la profundización y consolidación del desarrollo endógeno.

Promover la formación y asistencia necesaria a las organizaciones de la economía comunal y solidaria, para afianzar su desarrollo y consolidación como base fundamental y primaria del sistema económico nacional.

Promover el uso eficiente y responsable de los recursos que se otorguen para el financiamiento de planes y proyectos para el desarrollo endógeno.

Promover y contribuir con la capacitación y formación de las organizaciones de la comunidad y de la economía solidaria, impulsando su participación corresponsable en los planes y proyectos de desarrollo endógeno, así como en la contraloría social responsable.

Financiar planes y proyectos destinados a fortalecer la estructura y la capacidad productiva nacional, a través de organizaciones de la comunidad y de la economía comunal y solidaria, en concordancia con las políticas y planes que dicte el Ejecutivo Nacional sobre la materia.

.- La educación adaptada al medio campesino

Regionalización y diversificación

Otro aspecto muy importante de la democratización de los sistemas educativos es acercar la escuela a la sociedad y a sus necesidades concretas en cada lugar de que se trate. Por ello se hace necesaria la regionalización del sistema y la diversificación de la enseñanza, sin que tal medida suponga desmedro alguno en la calidad y, sobre todo, en los contenidos básicos que los alumnos deben aprender.

Se trata, en primer término, de dotar de posibilidades de actuación y de eficacia a la administración pública cercana a los ciudadanos, esto es, la de nivel departamental, provincial o estatal, delegando en ella las atribuciones que corresponden a la administración del Estado, como ocurre en los Estados federales. Con ello se acerca a las necesidades de los ciudadanos el nivel de decisión.

Pero también se trata de adecuar los planes de estudios a estas necesidades y a las vivencias de quienes habitan en el territorio o región en cuestión. Y no sólo los planes de estudio, sino también los textos escolares. Cuando existen textos escolares comunes para todo el país suele suceder que en ellos se ponen ejemplos que pueden no ser comprensibles para los alumnos de ciertos medios; en un simple problema de aritmética, si se hace referencia a la pesca o al tamaño de las redes o de los barcos, el niño del medio campesino no entiende lo mismo que si se le hablase de plantaciones, porque lo más probable es que nunca haya visto el mar. Por otra parte, es importante que los textos estén actualizados y acordes con la realidad que rodea al alumno; es conocida la anécdota de un profesor que, para explicar la figura literaria del tropo, utilizó un pasaje de Campoamor en el que se hacía una descripción del tren como el «monstruo de hierro que avanza con su penacho de humo» y sus alumnos no fueron capaces de saber a qué se estaba refiriendo el párrafo leído porque sólo habían visto locomotoras eléctricas.

Hay un ejemplo de la eficacia de acercar la escuela a los intereses de las comunidades, propiciando una diversificación de los planes de estudio. En 1981 los paeces, guambianos y coconucos, comunidades de la provincia colombiana del Cauca, crearon seis escuelas experimentales en las que se impartía una enseñanza distinta del currículo oficial, adaptada a sus necesidades y a su cultura, que finalmente fue admitida por la administración central. Con ello no sólo se evitó la deserción y el abandono, sino que años después tuvieron que crearse más de treinta centros escolares semejantes.

Sin embargo, la adaptación de los planes de estudios y de los textos al medio en donde la escuela está ubicada no puede traer como consecuencia una disminución de la calidad ni de los contenidos que son esenciales para la debida formación de los alumnos, sobre todo si se tienen en cuenta las exigencias en cuanto a la adecuada capacitación de los ciudadanos que traen consigo los procesos de integración supranacionales que están en marcha. Cuando se ha establecido un mercado común entre países que permite la libre circulación de personas y su contratación en otro país, los nacionales de uno determinado no pueden estar, en cuanto a su formación, en inferioridad de condiciones con los ciudadanos del país de acogida. Por ello, los planes de estudio de las naciones que conforman un mercado común deben proporcionar idénticos niveles de formación y capacitación profesional.

Posibilidades de acceso voluntario al sistema

Si la obligatoriedad de la enseñanza básica y, en su caso, de la enseñanza secundaria, debe llevar aparejada no sólo la gratuidad sino también la posibilidad de acceso al sistema para todos los ciudadanos, la democratización de la educación debe permitir que el sistema acoja a quienes, de una manera voluntaria, quieran proseguir sus estudios cualquiera que sea la edad que tengan.

Esto no sólo se refiere al hecho de que funcionen centros para la alfabetización y la educación básica de los adultos, sino también a que se organicen posibilidades para que quienes no han podido cursar estudios secundarios lo puedan hacer de manera voluntaria a través de cursos de educación a distancia o presenciales, e incluso organizando fórmulas de acceso a la universidad para personas que, reuniendo las condiciones de ingreso requeridas, tengan una edad superior a la normal para este tipo de estudios.

Igualmente, esto implica la posibilidad que debe ofrecerse a los ciudadanos de acceder a una formación permanente, a una formación recurrente, a cursos de actualización profesional o a cursos de reciclaje profesional que les permitan cambiar de actividad.

Posibilitar todo lo anteriormente expuesto es evidente que cuesta dinero y esfuerzos administrativos. Sin embargo, es la manera de democratizar los sistemas educativos y de hacer que todos los ciudadanos tengan iguales oportunidades para su formación. Luego, unos llegarán más lejos que otros de acuerdo con sus aptitudes y con sus esfuerzos. Pero esto es otro cantar. Lo importante dentro de la política educativa que debe desarrollar un Estado democrático es que exista igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos del país.

La educación de elite no está en contraposición con la democratización del sistema educativo. La que sí está reñida con la democratización de la educación es una educación de elite como la que existía hace años, fundamentada de modo exclusivo en la posición social del alumno y no en la propia capacidad. De hecho, en países de tradición democrática como el Reino Unido, los Estados Unidos o Francia funcionan centros de elite, como por ejemplo la Escuela Normal Superior francesa, por cuyas aulas han pasado numerosas personas que han destacado en el mundo de las finanzas, la política o el pensamiento. También las universidades, ante la masificación que vienen sufriendo, se han «inventado» el tercer ciclo y los cursos de postgrado que, en su mayoría -ya que algunos de estos cursos no deberían presentarse como tales-, constituyen una formación elitista.

Democratizar la educación no significa, en modo alguno, hacer de ella una tabla rasa a la baja.

No resisto referirme a un hecho vivido hace años: en los últimos tiempos del franquismo, un día me crucé en el madrileño barrio de Argüelles con una manifestación de estudiantes que poco después fue «convenientemente» disuelta por la policía. Los manifestantes iban gritando la frase «Los hijos del obrero, a la universidad». Me pareció bien lo que decían, pero inmediatamente pensé que los que tal consigna proferían no sabían ciertamente lo que era la universidad. Para un obrero que percibía que los universitarios obtenían las mejores posiciones en la sociedad, es lógico que aspirase a que su hijo lograra lo que él no consiguió. Pero tal aspiración, que es legítima sin duda, trajo consigo la masificación de las universidades y, con ella, la dificultad cada vez mayor de que los egresados encuentren la «salida» por la que tanto suspiran a la hora de escoger sus estudios y mientras los están cursando. Un título logrado en una universidad nunca significó más que una aptitud para ejercer una profesión liberal, pero no una garantía de «colocación». Lo que ocurre es que cuando el número de egresados es relativamente pequeño, como pasaba con la práctica del «numerus clausus», era mucho más fácil para un egresado universitario poder ejercer su profesión. La actual competencia hace que esto sea mucho más difícil.

Formación para la democracia

Los regímenes dictatoriales saben bien lo que es la captación de todos los medios a su alcance para lograr la sumisión de los ciudadanos a la figura del dictador y a su política. Uno de estos medios es la utilización del sistema educativo para mediatizar la opinión de los jóvenes y los niños que formarán las futuras generaciones, y mentalizarlos de manera que presten su adhesión incondicional a las ideas políticas del sistema de gobierno impuesto.

Para ello incluyen en los planes de estudio asignaturas tales como la de «formación política» o la de «formación del espíritu nacional», y, además, introducen una serie de elementos mediatizadores en otras materias de estudio como pueden ser la historia nacional o las ciencias sociales.

En las democracias se suele ser mucho más inocente en este aspecto y se descuida la utilización del sistema educativo para formar en democracia a los futuros ciudadanos.

No debe haber ningún reparo en la intencionalidad de la formación que se da a través de los sistemas educativos, siempre que en ellos exista una verdadera formación de la capacidad crítica de los alumnos, de tal manera que no se coarte la posibilidad que tienen de pensar libremente.

Por ello, los sistemas democráticos pueden propiciar una formación en democracia que debe ir algo más allá de la mera enseñanza de la Constitución y de los derechos ciudadanos en las aulas. De hecho, las democracias utilizan el sistema para proporcionar elementos de «educación cívica» que formen a los futuros ciudadanos en los principios de la vida democrática.

Sin embargo, en numerosas ocasiones no se pasa de una enseñanza teórica a una enseñanza práctica que «entrene» a los estudiantes en el diálogo y en la discusión ordenada, así como en la participación. Si se observan las discusiones acaloradas y sin sentido que se producen, por ejemplo, en las asambleas de propietarios de condominios o las actitudes autoritarias que a veces adoptan quienes tienen un cargo de responsabilidad vecinal, se comprenderá fácilmente que la mayoría de las personas adultas no ha tenido la suficiente formación que les permita desarrollar ciertas actividades sociales en las que se necesita una cierta capacidad de diálogo y de comprensión.

La práctica escolar de la participación y el autogobierno debería estimularse, a través de actividades circumescolares, como técnica de enseñanza para la futura vida ciudadana de los alumnos. Para una vida en democracia en la que pueda existir tolerancia, diálogo positivo y relaciones pacíficas entre los miembros de la sociedad. De esta manera, podrán contribuir los sistemas educativos a la formación de los ciudadanos para que sepan vivir en democracia.

Vivir en democracia

De nada serviría la democratización de la educación y la formación en democracia si luego los ciudadanos no fueran capaces de vivir en democracia.

Los distintos elementos que componen la sociedad y actúan en ella, llevan a cabo, con sus diversas acciones, una labor de educación difusa, no programada, pero que puede tener notables consecuencias en la formación de actitudes democráticas. Desde la familia, las asociaciones de toda índole, los centros de cultura y esparcimiento, hasta los medios de comunicación, se pueden convertir en agentes de formación o, por el contrario, en elementos de deformación que actúen en uno u otro sentido, aun sin proponérselo.

Vivir en democracia significa que pueda existir una total transparencia informativa y que los poderes oligárquicos, los poderes económicos y los poderes políticos no manipulen en su provecho la información que se da a los ciudadanos. Por otra parte, las televisiones que incluyen en sus programas algunas películas que contienen una excesiva carga de violencia están deformando a ciertas personas, que no saben distinguir la ficción de la realidad y que se dejan influir por las actitudes violentas, lo cual no favorece el clima de diálogo, tolerancia y paz que debe presidir las relaciones de los ciudadanos en una democracia. En este sentido ya ha habido, desgraciadamente, ejemplos de niños y adolescentes que han cometido crímenes y actos violentos calcados de las películas que acababan de ver.

Vivir en democracia significa que no existe una justicia susceptible de ser corrompida y que es capaz de aplicar la ley a todos por igual. Lo contrario crea un clima de total desconfianza en el poder judicial e incita a los ciudadanos a tomarse la justicia por su mano.

La corrupción es un mal que alcanza tanto a los regímenes dictatoriales como a los democráticos. La única diferencia está en que en estos últimos los delitos de corrupción pueden ser descubiertos y en las dictaduras resulta casi imposible que se saquen a la luz pública. La corrupción tiene un caldo de cultivo en funcionarios de la administración pública, policías, políticos, y, por supuesto, también en el sector privado, porque tan corrupto es quien se deja corromper como el que corrompe. La corrupción alcanza a veces a las más altas magistraturas del Estado, y ya hay casos en los que algunos presidentes de repúblicas democráticas han sido destituidos y condenados por haber cometido delitos de malversación o de tráfico de influencias.

Los gobiernos democráticos no deben ser débiles en manera alguna, porque el sistema democrático no significa que cada quien pueda hacer lo que quiera fuera del marco legal. Por el contrario, los Estados democráticos deben tener los elementos necesarios para poder combatir con eficacia males tales como el terrorismo, el narcotráfico, la xenofobia y el racismo, las bandas paramilitares y todo cuanto atente contra el medio ambiente, la salud de los ciudadanos y las buenas relaciones sociales, de manera que se pueda vivir en paz.

Si democratizar el sistema educativo y utilizarlo para enseñar democracia resulta fundamental para lograr la paz ciudadana, el respeto, la correcta convivencia y la tolerancia que deben presidir la vida en democracia, ello no tendría ninguna consecuencia si luego la sociedad no sabe vivir en democracia.

Por eso resulta tan importante la educación para la democracia como elemento ciertamente indispensable para que, tanto a nivel individual como a nivel social, podamos aprender la paz.

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