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MEDIOS DE SOLUCION AL LITIGIO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  1.163 Palabras (5 Páginas)  •  1.526 Visitas

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MEDIOS DE SOLUCION AL LITIGIO

LITIGIO: ES una controversia jurídica que surge entre dos o más personas.

El término se utiliza habitualmente como sinónimo de juicio., pero su significado es algo más amplio. Su uso está más extendido en controversias jurídicas de carácter civil. Mercantil o administrativo, y no tanto en juicios de carácter penal.

AUTOTUTELA: Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Es la manera más primitiva de zanjar las dificultades entre los hombres, se trata de una manifestación reiterada a lo largo de los siglos de que las pugnas de intereses se resuelvan con la victoria del más fuerte.

AUTOCOMPOSICIÓN: Consiste en la renuncia a la propia pretensión o en la sumisión a la de la contraparte, es decir, el resultado de una negociación equilibrada que satisfaga así sea parcialmente los intereses de las dos partes en conflicto.

PROCESO:

Es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales.

El contenido de la teoría general del proceso está constituido por el conjunto de conceptos, principios e instituciones comunes a las diversas ramas especiales de la ciencia del derecho procesal. Se puede afirmar que existe de acuerdo acerca de que son comunes a todas las disciplinas procesales especiales los conceptos de acción, jurisdicción y proceso a los que la doctrina considera como fundamentales y que en este mismo trabajo se explican.

En cualquier disciplina procesal se manifiestan estos tres conceptos: la acción como derecho subjetivo procesal, poder jurídico o facultad que las personas tienen para promover la actividad del órgano jurisdiccional con el fin de que, una vez realizados los actos procesales correspondientes, resuelva sobre una pretensión litigiosa; la jurisdicción, como función que tiene determinados órganos del Estado para resolver conflictos de trascendencia jurídica, mediante determinaciones obligatorias para las partes y susceptibles de ejecución; y el proceso como conjunto de actos que realizan las partes, el juzgador y demás sujetos que intervienen en el mismo, y que tienen como finalidad lograr la composición del litigio por medio de sentencia.

MEDIACIÓN:

La mediación es un proceso justo y eficiente para ayudarlo a resolver sus disputas laborales y alcanzar un acuerdo. Un mediador neutral lo asiste a fin de lograr un acuerdo voluntario y negociado. Elegir la mediación para resolver disputas sobre discriminación laboral promueve un mejor ámbito de trabajo, reduce los costos y funciona tanto para el patrono como para el empleado.

CONCILIACION:

La conciliación judicial es la que se realiza al interior de un proceso judicial y

puede existir en las procesos establecidos en la ley, por ejemplo puede

conciliarse en un cobro de arrendamientos, desalojo, cobro de soles, cobro

ejecutivo, ejecución de garantía, retracto, cobro de beneficios económicos

laborales, retracto, indemnizaciones incluso en procesos penales, entre otros.

Puede ocurrir en dos escenarios, antes de iniciado un proceso y después de

iniciado el mismo. La conciliación judicial no sólo puede realizarse ante jueces

civiles, sino ante también ante otros jueces como por ejemplo ante jueces

penales, comerciales, laborales, jueces de paz letrado, entre otros.

OMBUDSMAN:

El ombudsman es una figura que se crea en Suecia a principios del siglo XVIII,

Como una especie de delegado, primero del rey y luego del parlamento, y que

Finalmente

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