10 Código ético Para El Ecoturismo
Enviado por • 9 de Febrero de 2014 • 1.398 Palabras (6 Páginas) • 1.096 Visitas
MODELO DE CÓDIGO ÉTICO PARA EL DESARROLLO DEL ECOTURISMO
AUTOR: Lic. Bolívar Troncoso Morales, master en Ecoturismo
1- El desarrollo del ecoturismo debe contribuir a la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, así como también al rescate y valoración del patrimonio cultural. Dicho desarrollo se enmarcará en el modelo de desarrollo turístico sostenible, ya que tanto los recursos naturales como el patrimonio cultural conforman la oferta ecoturística por excelencia.
2- Los organismos oficiales de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo mismo que toda empresa ecoturística deberán resaltar la valoración del patrimonio natural y cultural.
3- Los organismos del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, al igual que toda empresa ecoturística deberán planificar el manejo y la oferta de los recursos naturales y culturales.
4- Los organismos del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo mismo que toda empresa ecoturística, deberán contribuir a la diversificación del producto turístico.
5- Las instituciones del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo mismo que las empresas ecoturísticas, deberán establecer como norma la utilización de materiales de la zona para la construcción de su planta turística, con la finalidad de que exista armonía entre esta y el entorno o medio ambiente.
6- Las instancias de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como también toda empresa ecoturística, deberán recomendar y/o utilizar tecnologías ambientalmente sanas para ahorrar el agua y la energía, prevenir la contaminación, tratar las aguas servidas, evitar la producción de desperdicios sólidos y estimular el reciclaje.
7- Los organismos de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, al igual que las empresas ecoturísticas, deberán promover y/o generar empleos y beneficios económicos a las poblaciones locales, con lo cual coadyuvará a mejorar la calidad de vida de las mismas y el país.
8- Las instancias nacionales de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, unidos a las empresa ecoturística deben contribuir a la promoción de la investigación, a través de la protección y conservación de los recursos naturales, así como también al rescate y la valoración de las manifestaciones culturales, tanto locales como nacionales.
9- Los organismos del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos Naturales, conjuntamente con todas las empresas ecoturísticas deberán contribuir a la integración de zonas marginales al desarrollo turístico sostenible, tanto por medio de áreas naturales protegidas, estatales y privadas, como con las manifestaciones culturales.
10- Las instituciones oficiales de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, conjuntamente con las empresas ecoturísticas
deberán convertirse en importantes instrumentos para la capacitación y
concienciación en materia de ecoturismo, recursos naturales y culturales,
desarrollo sostenible y otras áreas prioritarias, especialmente a las
comunidades locales y a los turistas.
10- Los organismos oficiales de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos
Naturales, unidas a todas las empresas ecoturísticas, deben contribuir a estimular la creación de micro-empresas prestadoras de servicios locales, tales como las de artesanía, folklore, zoocriadero, farmacopea o plantas medicinales, repostería y dulcería locales, pintura, agricultura orgánica, acuacultura, gastronomía, entre otras, con lo cual contribuirán a una mejor distribución de los beneficios que genera (la democratización del dólar turístico).
11- Las instancias de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y Recursos
Naturales, conjuntamente con las empresas ecoturísticas deberán contribuir a la canalización de fondos, donaciones y asistencia técnica para la protección y conservación del medio ambiente, los recursos naturales y culturales.
12- Las instituciones del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, al igual que todas las empresas ecoturísticas deben contribuir al prestigio y al orgullo nacional, con la oferta de un producto ecoturístico de calidad indiscutible, a través de la protección, conservación y valoración de los recursos naturales y culturales, con lo cual ayudarán al establecimiento de una excelente imagen ecoturística del país.
14-Las instituciones del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, con la colaboración de las empresas ecoturísticas,
deberán contribuir al entendimiento y al respeto mutuos entre la sociedad y
los ecoturistas.
15-Toda empresa ecoturística deberá contribuir al desarrollo personal y
colectivo a través de la auto-evaluación de los recursos naturales y
culturales, la tolerancia mutua y el aprendizaje, y la negación de la
explotación sexual y del hombre por el hombre.
16- Toda empresa Ecoturística tiene la obligación de facilitar a los turistas
Información objetiva y veraz de los recursos naturales y las
Manifestaciones culturales, así como también velar por la seguridad, la
prevención de accidentes, la protección sanitaria y la higiene de los
alimentos.
17- Toda empresa ecoturística debe respetar el derecho de todo individuo a
Realizar actividades ecoturísticas, siempre y cuando no violen las leyes,
normas y reglamentos institucionales, dando facilidades a los nacionales.
18- Con el soporte de las instituciones del Estado de Turismo, Cultura y Medio
Ambiente y Recursos Naturales, las empresas ecoturísticas contribuirán a
la implementación de estaciones biológicas para el desarrollo del
Ecoturismo Científico, segmento del mercado ecológico de demanda y
crecimiento sostenido.
19- Los organismos del Estado como Turismo, Cultura y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, unidas a las empresas ecoturísticas, deberán
promover y estimular la creación de eco-museos en los principales
destinos turísticos, con la finalidad de diversificar el producto turístico
nacional, con una oferta orientada a las demandas de los nuevos tiempos.
20- Las instituciones del Estado de Turismo, Cultura y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, al igual que las empresas ecoturísticas, deberán
contribuir a la mejoría económica del país, coadyuvando con el desarrollo
sostenible de la nación.
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