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Amparo Contra Leyes


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  1.099 Palabras (5 Páginas)  •  169 Visitas

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PROCEDENCIA

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el juicio de amparo contra leyes será procedente ante los tribunales de la Federación cuando éstas a. violen las garantías individuales; proviniendo de la autoridad federal, b. vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencia del Distrito Federal o, siendo emanadas por las autoridades de los Estados o del Distrito Federal, c. invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.[1]

Al respecto convendría analizar lo dispuesto por la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la CPEUM, en su artículo 114, fracción I, así como por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en sus artículos 10, fracción II, inciso a) y 21, fracción II, inciso a).

Tras la lectura de dichos preceptos, es válido afirmar que el juicio de amparo contra leyes procede contra:

• Leyes federales, estatales o del Distrito Federal.

• Tratados internacionales.

• Reglamentos federales o del Distrito Federal expedidos por el Presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional.

• Reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados.

• Reglamentos expedidos por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

• Otros reglamentos, decretos o acuerdos de observancia general, que por su sola entrada en vigor[2] o con motivo del primer acto de aplicación[3], causen perjuicios al quejoso.

Una vez mencionado lo anterior, es relevante especificar que el amparo contra leyes de ninguna manera incluye la impugnación de los artículos que integran la CPEUM, pues “(…) dicho juicio no es un mecanismo establecido por el Constituyente para cuestionar una norma constitucional, sino sólo las disposiciones legales secundarias que de ella emanan, así como los demás actos realizados por los propios Poderes (…)”[4]

Ahora bien, una vez que conocemos contra qué normas procederá el juicio, así como los supuestos que deben presentarse para ello, explicaremos en qué casos se solicitará el amparo de la Federación mediante el amparo directo o el indirecto. Aprovecho para precisar, quizá de modo repetitivo, que el amparo contra leyes generalmente se presenta en amparo indirecto, aunque por supuesto puede ser presentado mediante amparo directo. Lo anterior conforme lo disponen los artículos 158 y 166 de la Ley de Amparo.

AMPARO INDIRECTO CONTRA LEYES

Una vez que tenemos presentes los casos en que resultará procedente un juicio de amparo en contra de leyes, es importante retomar el estudio de las leyes autoaplicativas y heteroaplicativas.

a) Leyes autoaplicativas: causan perjuicio al quejoso por su sola entrada en vigor, sin requerir ningún acto posterior de aplicación o la realización de la condición prevista en la norma para su individualización.

b) Leyes heteroaplicativas: causan perjuicio al quejoso cuando son aplicadas jurídica o materialmente a un caso concreto y se dañe la esfera jurídica del mismo.

Amparo indirecto contra leyes autoaplicativas

El amparo indirecto contra leyes autoaplicativas procederá siempre y cuando sean reunidos los siguientes requisitos:

a) Que la ley haya entrado en vigor.

b)

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