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Antecedentes En Venezuela


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  7.361 Palabras (30 Páginas)  •  281 Visitas

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Antecedentes en Venezuela

Historia en Venezuela

La Autoprotección nace con el hombre mismo. Es el recurso individual y correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la de su ambiente. En Venezuela ha existido preocupación por crear Grupos de Ayuda, Asistencia, Búsqueda, Salvamento y Rescate. Tomando en consideración que por la ubicación geográfica del País en su condición Caribeña, Atlántica, Andina y Amazónica, está expuesta a una alta

vulnerabilidad de Fenómenos Naturales, Sociológicos y Tecnológicos. En la época de nuestra independencia, se formaron en Caracas las llamadas "Juntas de Subsistencias", como medida de protección a la población civil, en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna imperante. El 23 de marzo de (1936) bajo el gobierno del General Eleazar López Contreras se conformó el "Puesto de mSocorro para prestar Servicio Médico a las víctimas de accidentes" (Gaceta Oficial 18.913).

En ese mismo año, dada la preocupación del Estado Venezolano en lo referente a los aspectos preventivos, se creó el Botiquín de Emergencias. El 17 de julio (1938) se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, en el cual se le asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el

órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas (Gaceta Oficial 19.637). El 7 de septiembre de (1943) se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, para atender a las personas que resultaron afectadas a consecuencia de las inundaciones producidas por el río Orinoco en esa época; siendo ésta, la primera referencia histórica en nuestro país, sobre la creación de un ente del estado destinado a la atención de situaciones de desastres.

El 16 de noviembre de (1943) se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción para que se

encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones (Gaceta Oficial 21.199). Aún, para esa fecha el término "Defensa Civil" no se había utilizado como símbolo de preparación y atención de desastres en el País. Corresponde al Dr. Espíritu Santos Mendoza, quien

actuando como Ministro de Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea el 21 de mayo de (1958) la "División de Socorro y Defensa Civil", adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales. A raíz del terremoto ocurrido el 29 de julio de (1967), es creado el "Comando Unificado Médico Asistencial" (CUMA), presidido por el Ministerio de Sanidad e integrado por Representantes de todos los Organismos del Estado y el 16 de

junio de (1969), por decreto Presidencial N° 96, se crea el "Fondo de Solidaridad Social" (FUNDASOCIAL), con el objeto de prevenir y reparar en lo posible, los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que pudieran afectar a grupos apreciables de la colectividad.

El 7 de septiembre de (1971) según Decreto Presidencial N° 702, se crea la "Comisión de Defensa Civil", con la función de Planificar y Coordinar las acciones tendentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a personas y bienes causados por calamidades públicas por cualquier origen, socorriendo simultáneamente a la población afectada. A partir del 8 de junio de (1975) el Ministerio de la Defensa, emite lineamientos que incluye el apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a las operaciones de Defensa Civil, durante emergencias causadas por fenómenos naturales catalogadas como calamidades públicas. El 18 de agosto de (1976) se dicta la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, la cual en su Artículo V, establece que la

Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la República y sugiere que los ciudadanos que no estén alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse a la Defensa Civil en caso de requerírseles.

Para el 10 de agosto de (1979) según Decreto Presidencial N° 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil pasa a formar parte Integrante del "Consejo Nacional de Seguridad y Defensa", Organismo responsable de la Administración Pública a fin de coordinar la acción de los Organismos competentes, ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y Defensa. En (1996) fue aprobado, en Consejo de Ministros, el Reglamento Parcial No.3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa relacionado con la Defensa Civil Venezolana, publicada en marzo de (1997) en la Gaceta Oficial No. 36.164. Por vez primera se señala a Defensa Civil como un "SISTEMA NACIONAL "En (1999) la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Artículo 332, ordinal 4° el "nacimiento" de "Una Organización de Protección Civil

y Administración de Desastres"

Para el año (1976) se sanciona la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, cuyo título V determina que el Presidente de la República, oído el Consejo Nacional de Seguridad y Defensa, dictará las disposiciones para prever y regular la organización y actividades de la Defensa Civil; de igual manera, determina que las personas que no pertenecen a las Fuerzas Armadas, intervendrían de forma obligatoria en la preparación y en el cual se le asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas (Gaceta Oficial 19.637). El 7 de septiembre de (1943) se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea la

Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, para atender a las personas que resultaron afectadas a consecuencia de las inundaciones producidas por el río Orinoco en esa época; siendo ésta, la primera referencia histórica en nuestro país, sobre la creación de un ente del estado

destinado a la atención de situaciones de desastres.

El 16 de noviembre de (1943) se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones (Gaceta Oficial 21.199). Aún, para esa fecha el término "Defensa Civil" no se había utilizado como símbolo de preparación y atención de desastres en el País. Corresponde al Dr. Espíritu Santos Mendoza, quien

actuando como Ministro de Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea el 21 de mayo de (1958) la "División de Socorro y Defensa Civil", adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales. A raíz del terremoto ocurrido

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