ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Bases Legales De Los Contartos Publicos En Venezuela


Enviado por   •  17 de Octubre de 2012  •  1.191 Palabras (5 Páginas)  •  774 Visitas

Página 1 de 5

La Constitución de 1999, como la ley suprema y principal fuente del derecho administrativo, en materia de contratos del Estado, en la Sección Cuarta del Capítulo I del Titulo IV sobre el “Poder Público”, regula a los “contratos de interés público”, noción que en los artículos 150 y 151 se adoptó para identificar a los contratos suscritos por las entidades públicas, es decir, las personas jurídicas estatales, o las que integran el sector público y que en general se engloban en la noción de “Estado”. Esa noción de contratos de interés público puede considerarse como equivalente a las nociones de contratos públicos, contratos del Estado, o contratos de la Administración; o a la noción en ingles de Public Contract; a la francesa de contrats de l’administration12; a la italiana de contratti della pubblica ammistrazione; o a la portuguesa de contratos de administração pública; todas tendientes a identificar contratos en los cuales una de las partes de la relación contractual es el Estado, es decir, un órgano de la Administración Pública o una entidad pública, los que además, en general, tienen fines de interés público. Esa fue la intención de la propuesta que formulamos respecto de esa norma ante la Asamblea Nacional Constituyente durante la elaboración de la Constitución de 1999.

En ausencia de una ley general sobre los contratos del Estado, lo cierto es que la Constitución establece un conjunto de regulaciones que dan origen a cláusulas obligatorias que deben estar en todos los contratos del Estado (nacionales, estadales y municipales) o en algunos de ellos.

En primer lugar, puede mencionarse que la Constitución establece ciertas prohibiciones en materia de contratos públicos:

a) Los funcionarios públicos (nacionales, estadales y municipales) no pueden suscribir contratos con entidades públicas (nacionales, estatales o municipales) (Art. 145);

b) Los diputados a la Asamblea Nacional no pueden ser dueños, gerentes o directores de empresas que contraten con entes públicos (Art. 190).

En segundo lugar, la Constitución establece ciertas cláusulas obligatorias que deben ser expresa o tácitamente incorporada en todos los contratos públicos, como la cláusula de inmunidad de jurisdicción y la cláusula “Calvo” relativa a reclamaciones internacionales o en algunos de ellos, las cláusulas de protección ambiental.

En efecto, de acuerdo con el articulo 151 de la Constitución, en todos los contratos públicos (nacionales, estadales y municipales), aún cuando no esté expresamente establecido, se debe considerar incluida una cláusula conforme a la cual todas las controversias que puedan resultar de la ejecución de los mismos, y que no puedan ser resueltas amigablemente entre las partes, deben ser decididas por los tribunales competentes venezolanos de acuerdo con la ley venezolana.

La segunda cláusula obligatoria que la Constitución impone a todos los contratos de interés público, también en su artículo 151, es la llamada cláusula Calvo, conforme a la cual en todos los referidos contratos, se debe considerar incorporada tácitamente la previsión conforme a la cual en ningún caso la ejecución de los contratos puede originar reclamaciones extranjeras contra la República. El origen de esta cláusula en la Constitución de 1883, fue el rechazo de todo tipo de reclamaciones diplomáticas por parte de Estados extranjeros contra el Estado venezolano, en los casos en que los Estados extranjeros actuaban por cuenta de empresas o ciudadanos extranjeros, basándose en la consideración de que todos los extranjeros en Venezuela deben ser tratadas en las mismas condiciones de igualdad que los venezolanos, excluyendo toda posibilidad de que las controversias entre partes derivadas de la ejecución de un contrato público, cuando una de las partes sea una empresa o ciudadano

extranjero, puedan considerarse como controversias internacionales.

La tercera cláusula obligatoria respecto de contratos públicos establecida en la Constitución, es la cláusula temporal

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.9 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com