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Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  885 Palabras (4 Páginas)  •  1.231 Visitas

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NOM-010-STPS-1999

NOM-010-stps-1999 condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

La norma fue revisada en 1999 con el propósito de actualizarla debido al incremento constante de sustancias químicas utilizadas en la industria.

Su aplicación es obligatoria para las empresas dedicadas a esa actividad.

El cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones de esta norma, evita accidentes y enfermedades de trabajo

O B J E T I V O

Establecer medidas para prevenir daños a la salud de los trabajadores expuestos a las sustancias químicas contaminantes del medio ambiente laboral, y establecer los límites máximos permisibles de exposición en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas que por sus propiedades, niveles de concentración y tiempo de exposición, sean capaces de contaminar el medio ambiente laboral y alterar la salud de los trabajadores.

A L C A N C E

La norma es obligatoria en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral o alterar la salud de los trabajadores.

En su revisión se incorporaron los procedimientos para la determinación de sustancias químicas en el medio ambiente laboral contenidos en las normas oficiales mexicanas de la NOM-031-STPS-1993 a la NOM-099-STPS-1993, mismas que fueron canceladas, excepción de la NOM-080-STPS-1993.

G E N E R A L I D A D E S

Se requiere de un monitoreo personal a los trabajadores expuestos que incluya el reconocimiento, la evaluación y el control del agente químico, con la participación de laboratorios aprobados y acreditados. El resultado de la evaluación se compara con los Límites Máximos Permisibles establecidos en la norma y el patrón debe brindar vigilancia médica a la salud de sus trabajadores y adoptar medidas de control.

En esta norma se establecen obligaciones para que el patrón informe a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene los riesgos por la exposición a ambientes contaminados con sustancias químicas.

LIMITES PERMISIBLES:

La norma se revisa permanentemente con el objeto de analizar los cambios en los Limites Máximos Permisibles para disminuir el ingreso de las sustancias al organismo de los trabajadores y con ello el riesgo de sufrir una enfermedad de trabajo

LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE EXPOSICIÓN (LMPE): es la concentración de un contaminante del medio ambiente laboral, que no debe superarse durante la exposición de los trabajadores en una jornada de trabajo en cualquiera de sus tres tipos. El límite máximo permisible de exposición se expresa en mg/m3 o ppm, bajo condiciones normales de temperatura y presión.

LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE

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