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Conceptos Derecho Laboral


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2011  •  2.550 Palabras (11 Páginas)  •  929 Visitas

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1. ENRIQUEZCA SU VOCABULARIO

Defina y Ejemplifique los siguientes conceptos:

• Código procesal laboral: se ocupa de los conflictos laborales ya sea individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración. También se ocupa de las relaciones entre la Administración Pública y su personal (no funcionarios y por tanto sujetos al Derecho laboral).

Ejemplo: reclamo de un trabajador ante un juez acusando a la empresa de haberlo despedido sin pagarle la cantidad que le corresponde por ley.

• Contrato colectivo Es un convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones laborales según las cuales debe prestarse el trabajo en una entidad. El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá la obligación de celebrar con éste, un contrato colectivo cuando lo solicite.

Ejemplo:

• Convención colectiva de trabajadores: Un convenio colectivo es un acuerdo entre representantes de las empresas como los representantes de los trabajadores como resultado de una negociación colectiva en materia laboral. Mediante un convenio colectivo, empresarios y trabajadores regulan las condiciones de trabajo y productividad, y como contrapartida se pactan una serie de obligaciones recíprocas que acuerdan una paz laboral.

Ejemplo: un ejemplo de contratos colectivos es el convenio judicial de entidad bancaria en casos de concurso o quiebra o los contratos colectivos de trabajo

• Sindicatos: Es la asociación de trabajadores constituida para unirse íntimamente con el objeto de defender sus derechos laborales y la conquista de nuevos. Se fundamenta, pues, en la unidad monolítica de los trabajadores ante necesidades comunes de clase explotada. El sindicato es la expresión más legítima de la clase obrera organizada, la que gracias a su unidad, organización y constancia en la lucha ha conseguido derechos que, de otro modo, no hubiera sido posible.

Ejemplo: Un sindicato se presenta cuando se agrupan los miembros de una misma industria para poder negociar de manera más eficiente lo relativo a su salario, horas a trabajar y condiciones laborales en general.

• Huelga: La huelga o paro es la suspensión colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo o manifestarse contra recortes en los derechos sociales.

Tipos de huelga

La huelga, como modo de protesta y reivindicación, puede clasificarse del siguiente modo:

 Huelga laboral: internacionalmente la huelga es reconocida como un derecho fundamental de los trabajadores (derecho de huelga), constitutivo de la libertad sindical. Consiste básicamente en dejar de trabajar con el objetivo de conseguir ventajas laborales o sociales.

 Huelga de hambre: es una forma de protesta que consiste en dejar de ingerir alimentos durante el tiempo que haga falta hasta que su reivindicación sea atendida.

 Huelga revolucionaria, o huelga general revolucionaria es la huelga que, aunque puede motivarse en reivindicaciones de carácter económico o social su objetivo alcanza o supera esas reivindicaciones y pretende cambios en el estatus político (cambio de gobierno o cambio en la forma de gobierno), considerándose entonces como una huelga social, ya sea política, revolucionaria o de subversión.

 Huelga de vientres, es la huelga que promueve la limitación de la natalidad y la maternidad consciente mediante el uso de métodos anticonceptivos entre las clases bajas o pobres con el objeto de que no sean mano de obra barata ni carne de cañón.

Ejemplo: se presenta una huelga cuando un grupo de trabajadores que laboran en una empresa determinada protestan porque no se les están respetando sus derechos por parte de los contratistas; y en tal caso paran sus actividades hasta no obtener lo que piden.

• Derecho de asociación.

 Concepto: "Acción y efecto de aunar actividades o esfuerzos, colaboración, unión, junta, reunión, compañía, sociedad. Relación que une a los hombres en grupos y entidades organizadas; donde al simple contacto, conocimiento o coincidencia, se agrega un propósito, más o menos duradero, de proceder unidos para uno o más objetivos".

 Concepto Legal: la asociación es el contrato por el cual varias personas ponen en común su actividad y, en su caso, ingresos y capitales con otro fin que el de partir los beneficios.

Los derechos de asociación y representación sostienen la cooperación tripartita (Administración, empresas y trabajadores) en el campo de la salud y la seguridad en el trabajo. Esta forma de cooperación se promueve en el contexto de la determinación de normas de la OIT, por ejemplo: exigiendo a los Gobiernos que consulten con las organizaciones representativas de empresarios y trabajadores en relación con la formulación y la aplicación de la política de salud y seguridad en el trabajo a escala nacional y regional (p. ej., Convenio sobre la utilización del asbesto en condiciones de seguridad, fomentando la consulta y la cooperación conjuntas en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo.

• Tribunal de arbitramento: Este tribunal está compuesto por un mínimo de dos personas y se les considera entendidos en una materia con capacidad para resolver una controversia derivada de un contrato entre dos partes, las cuales deben someterse a él para la resolución del problema surgido sin necesidad de acudir a los tribunales judiciales para su resolución. Para que el tribunal de arbitraje pueda entender la cuestión, es necesario que las partes decidan someterse voluntariamente a él.

Ejemplo: En las empresas de servicios públicos domiciliarios "E.S.P.", las diferencias que surjan entre los asociados o con la sociedad, con motivo del contrato social, pueden libre, y no obligatoriamente, y en cada evento específico someterse a la decisión de un tribunal de arbitramento, a fin de que éste dirima el respectivo conflicto, en desarrollo del ejercicio espontáneo de la autonomía de la voluntad y de la libertad contractual, para que los particulares investidos transitoriamente de la función de administrar justicia, en su calidad de árbitros "habilitados por las partes", profieran sus fallos en derecho o en equidad, en los términos señalados por la ley. En la legislación colombiana

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