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DEFENSORIA DEL PUEBLO


Enviado por   •  3 de Octubre de 2012  •  4.571 Palabras (19 Páginas)  •  541 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS CENTRALES

"RÓMULO GALLEGOS"

AREA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS

BACHILLERES:

Eddy Perdomo C.I V-11.978.821

Leonardo José Vargas C.I. V-16.364.460

José Armando Chacin C.I V-13.812.332

Leonardo Olivares C.I V-14.355.665

Pedro Chaparro C.I V-10.797.530

Renzo Diaz Calvo C.I V-15.649.802

Luis David Brito C.I V-13.626.285

Andrés Vega C.I. V-12.974.375

Kimberley Bandres C.I. V- 15.197.632

Marielba Milano C.I. V-12.840.749

Martin Romero C.I. V- 17.299.035

Luis Armando Camacho C.I. V- 11.807.758

San Juan de los Morros; Junio del 2012

INDICE

INTRODUCCION

Defensoría del Pueblo ………………………………………………………………….…….. 4

Origen ………………………………………………………………………………………………… 4

Misión ………………………………………………………………………………………………… 8

Visión …………………………………………………………………………………………………. 8

Competencias ……………………………………………………………………………………… 9

Funciones del Defensor ………………………………………………………………………. 16

Organigrama ……………………………………………………………………………………….. 21

Defensores del Pueblo desde 1999 – 2012 …………………………………………... 22

Defensorías Delegadas Especiales ….……………………………………………………. 22

Defensorías Especiales ………………………………………………………………………… 23

CONCLUSION

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

El estado como ente jurídico y político, dotado de atributos que le son propios, particularmente el de ser un poder soberano, no es un organismo estático, sino que tiene que cumplir determinados fines, los cuales constituyen su propia justificación. Esto consiste fundamentalmente en la búsqueda del bien común, esto es, en la satisfacción de las aspiraciones e intereses colectivos y permanentes de la comunidad. Para lograr la realización de sus fines, tiene que delegar funciones a otros entes pero pertenecientes al Estado.

Toda sociedad organizada está sometida a un conjunto de retos, de desafíos (riesgos de la invasión, de guerra, peligro de hambre), y de necesidades. Ello justifica la existencia de técnicas y mecanismos inspirados en determinados valores para conjurar dichas situaciones. De estas necesidades, de la tendencia a organizarse, a institucionalizar la toma de decisiones, de darle preeminencia a esos valores, surge el Poder Público.

No obstante, para que éste subsista, no puede permanecer estático. Todo lo contrario, debe afirmarse, conservarse a sí mismo y vivir en perpetuo dinamismo, so pena de ceder ante otros centros de producción jurídica, política, económica y moral, cuyas normas son siempre posibles y están virtualmente presentes en toda su existencia.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

DEFINICION

La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución de 1993. Su misión es proteger los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración del Estado y la prestación de los servicios públicos a la población.

El Defensor del Pueblo es el titular de la Defensoría. Representa y dirige la institución. Es elegido por el Congreso de la República por un período de cinco años. Goza de total independencia para el cumplimiento de las funciones que la Constitución le confiere. Se rige por la Constitución y su Ley Orgánica.

El Defensor del Pueblo, no desempeña funciones de juez ni fiscal. Busca solución a problemas concretos antes que acusación a los culpables. En consecuencia, no dicta sentencias, ni ordena detenciones, ni impone multas. Su poder descansa en la persuasión, en las propuestas de modificación de conducta que formule en sus recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección preventiva, en la mediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia pública en casos extremos.

ORIGEN

Antecedentes de la defensoría del pueblo

Los orígenes de la Defensoría del Pueblo se remontan al ano de 1809, cuando en Suecia se crea la figura del Justieombudsman para poner Iímites al poder de la nobleza en el manejo del Estado. Posteriormente, se legisló para que el Ombudsman o "el que defiende a otro" tuviera una procedencia parlamentaria, extendiéndose tal cual a los demás países escandinavos y Europa ( Parlamentary Commisioner en Gran Bretaña, Le Mediateur en Francia y Defensor del Pueblo en España), así como en Australia, Nueva Zelandia

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