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Derecho Colectivo Del Trabajo


Enviado por   •  24 de Agosto de 2011  •  3.996 Palabras (16 Páginas)  •  1.527 Visitas

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Guías de Estudio 5° Semestre Facultad de Derecho

(Parcial I)

Iván G. Montaño González

Derecho Colectivo de Trabajo

Nacimiento del Derecho del Trabajo

Deviene de un fenómeno social, político y económico llamado “Revolución Industrial” a finales del siglo XVIII; con el cual: - Surgen: Barco de vapor, Ferrocarril, Telar mecánico, etc. - Efectos Positivos: Cambios de forma de producir, Facilidad al transporte, etc. - Efectos negativos: Desplazamiento de mano de obra, Nacimiento de 2 clases, Burguesía y Proletariado, Pobreza y Marginación. Jhon Locke (1632 – 1704) - Fue el pensador que impulsó a la sociedad naciente, con su obra: “Cartas sobre la tolerancia y el Gobierno Civil” decía que el hombre nace con 3 derechos: Vida, Libertad y Propiedad, así como que el gobierno tenía que garantizar los mencionados derechos, siempre haciendo hincapié en que el más importante es la Propiedad. - Surge el concepto “Propiedad Privada”  como un derecho sagrado // Este concepto impulsó al Derecho colectivo, y en ese tiempo si un trabajador se inconformaba y presentaba él solo su queja, no sucedía nada, más si se quejaban varios, se consideraba un DELITO en contra de la Propiedad ya que el patrón perdía patrimonio si muchos dejaban de laborar. Cabe mencionar que el ataque o coacción, no era contra el patrón como persona, sino contra el atentado a la propiedad de éste. Leyes contra Agrupaciones de trabajadores Ley Francesa “Chapelier” (1791): Prohibía sindicatos, coaliciones y demás instituciones por atentar contra la Propiedad del patrón. Leyes Inglesas sobre Coaliciones (1799 y 1800): Consideraba delito conglomerarse por parte de los trabajadores, prohibía se quejaran grupos de trabajadores. Código Penal Francés (1810): Prohibía las huelgas y las coaliciones, manejaba como delito el estar en una huelga con penas de prisión de 1 a 3 meses por participar y de 2 a 5 años por organizarlas. Reacción a los efectos Cartismo: William Cobet, propició a que el pueblo se enviara cartas al Parlamento Inglés, pidiendo 2 cosas: Leyes más justas y que el Pueblo pudiera formar parte del Parlamento, ya que no podían, porque era necesario que tuvieran Propiedades para poder ingresar. Socialismo Utópico: Aportaban soluciones utópicas, imposibles, esperaban que los burgueses se compadecieran y dieran dinero al proletariado. Socialismo Científico: Aportaban soluciones drásticas, opinaban que Derrocar a los burgueses y que el Proletariado pudiera gobernar era la única forma para mejorar las condiciones y buscar la igualdad. Cooperativismo: Planteaba la ayuda entre varios o cooperativas de consumo, así varios se reunían para comprar juntos por mayoreo, obteniendo más económicamente los productos que necesitaban.

Guías de Estudio 5° Semestre Facultad de Derecho

(Parcial I)

Iván G. Montaño González

Opinión de los Médicos de la época: Consideraban que por las condiciones laborales de aquellos tiempos, los empleados estaban en malas condiciones de salud, por lo cual era bueno modificarles. Rompemáquinas: Se trataba de un grupo de personas que se dedicaban a romper las máquinas, dado que consideraban que habían sido desplazados por éstas. Primeras uniones sindicales: Las “Trade Union” son las primeras uniones de trabajadores en contra del patrón. Resultado de la Reacción Tolerancia a los movimientos laborales: Se permite que hagan huelgas y sindicatos, pero aún no son reconocidos por la Ley. Reconocimiento de los derechos de trabajadores en las Leyes: Se consigue que sean reconocidos estos derechos en cuerpos legales.  ¿Qué surge primero, el Derecho del Trabajo o el Derecho Colectivo del Trabajo? R= El Derecho del Trabajo.  ¿Quién produce el nacimiento del Derecho de Trabajo, el Individual o el Colectivo? R= El Colectivo, ya que éste sirvió de presión para los patrones, al ser más individuos se ejerció mayor presión.  En 1916 aún, en el periodo presidencial de Carranza, si en huelga con violencia resultaba algún homicidio, se culpaba con pena de muerte. - DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO Definición: “Principios, normas e instituciones que reglamentan la formación y funciones de las asociaciones profesionales de trabajadores y patronos, sus relaciones, su posición frente al Estado y los conflictos colectivos del trabajo” (MARIO DE LA CUEVA) Néstor de Buen: “Es el Capítulo del Derecho del Trabajo que establece los cauces institucionales de la lucha de clases”. - TEORÍA DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO MARIO DE LA CUEVA Política y Derecho Colectivo de Trabajo: Política, podemos afirmar es el arte de gobernar el arte de conquistar o conservar el poder. (Que se concede a los gobernadores, diputados, etc. Por el pueblo, en el ejercicio de la política) Semejanza: el derecho colectivo es un derecho político porque equivale a la conquista de un poder social. El D.C.T le da poder a los trabajadores (armas) pe: si el trabajador quiere un aumento de sueldo, se unen todos, y a través de la presión adquieren poder para obtener lo que desean. Visión triangular del derecho del colectivo del trabajo: El derecho colectivo del trabajo está compuesto por una trilogía indisociable, es una totalidad: 1) El derecho de asociación  Se refiere a los sindicatos, fundamento legal: CPEUM y LFT, 2) El de negociación colectiva  Crear un contrato colectivo para obtener mejores prestaciones que las otorgadas por ley, fundamento legal: LFT. 3) El de huelga  Para ejercer presión sobre el patrón, fundamento legal: CPEUM y LFT. Esta libertad no puede ser seccionada porque al seccionarse PERDERÍA SU EFECTIVIDAD.

Guías de Estudio 5° Semestre Facultad de Derecho

(Parcial I)

Iván G. Montaño González

El derecho del trabajo es los derechos mínimos de la clase trabajadora y el derecho colectivo del trabajo: La constitución política, la LFT y los demás ordenamientos laborales establecen beneficios mínimos, intocables, pero susceptibles de mejorarse. Las condiciones colectivas de trabajo son parte del derecho laboral que tiene la función de lograr mejoras laborales de las ya establecidas. El derecho colectivo es derecho de la clase trabajadora: Es un derecho de y para los trabajadores como una clase distinta de los titulares de la tierra y la riqueza. ¿Quienes hicieron que naciera el DCT?  Los trabajadores ¿A quienes benefician las instituciones del DCT?  A los Trabajadores (dahhh!)

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