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Derecho Internacional


Enviado por   •  30 de Enero de 2015  •  1.252 Palabras (6 Páginas)  •  180 Visitas

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Trabajo de Derecho Internacional Privado

Nombre: Héctor Darío Borja Taco

Paralelo: Séptimo Semestre Paralelo “E”

Fecha: 9 de diciembre del 2014

Tema: Resumen General de la Cátedra de “Derecho Internacional Privado”

La Nacionalidad:

Es una institución del derecho internacional privado que se ha mantenido como tan en el Ecuador desde que inicio su viuda republicana, entre las consideraciones de esta materia tenemos que es considerada un vinculo jurídico o político, cultura o de otra índole.

Sobre esto han surgido varias interrogantes y problemas jurídicos, ya que son distintas las formas de obtener la nacionalidad, puede ser que a un ciudadano se le otorgue la nacionalidad por haber prestado servicios relevantes, así como también la nacionalidad en base al artículo 8 de la Const. 2008.

Sobre la base de la constitución podemos distinguir las formas de obtener la nacionalidad por naturalización, distinguiendo dos formas de manera especial, la primera, quien haya prestado servicios relevantes a la nación y la segunda quienes obtengan la carta de naturalización.

Sobre los servicio relevantes al país, vemos que sigue un trámite distintos a las personas que buscan la carta de naturalización, en un primer análisis, distinguimos que mientras que para el primer caso, se requiere un mínimo de 2 años de permanencia en el país, la ley de naturalización exige un mínimo de 3 años, por lo que no exige lo establecido en la ley de naturalización.

Sin embargo de lo dicho anteriormente el Código Sánchez de Bustamante manifiesta que la carta de naturalización no otorga completamente los derechos civiles y políticos a los que las personas nacionales por nacimiento tiene. Sobre esto La Const. 2008 manifiesta que su art. 61 numeral que los derechos de los extranjeros que hayan obtenido la carta de naturalización, tendrán todos los derechos de los ecuatorianos en lo que fuera aplicable, y de esto un claro ejemplo, es que para ser presidente del Ecuador se necesita ser ecuatoriano por nacimiento.

De ahí un claro ejemplo de una naturalización por servicio relevante es la del general Flores, quien también fue presidente del Ecuador.

La Nacionalidad como vínculo jurídico.-

Es considerada un vínculo pues consiste en el nexo que existe entre el estado y una persona natural, la Const. 2008 en su artículo 6, inciso tercero manifiesta que “La nacionalidad ecuatoriana se obtendrá por nacimiento y por naturalización”.

La proclamación de los derechos humanos realizada por la ONU en 1978, trajo consigo el derecho de toda persona a tener una Nacionalidad. Es así que la Ley de naturalización permite que quien haya perdido la nacionalidad ecuatoriana pue volver a tenerla, indicando que:

“Podrán recobrar su nacionalidad de origen los ecuatorianos por nacimiento que habiéndose naturalizado en otro país, volviesen a fijar su domicilio por más de dos años en Ecuador y manifiesten su renuncia de la nacionalidad adquirida y su deseo de recuperar la ecuatoriana”

Si bien es cierto que también se puede perder la nacionalidad, como lo expresaba el antiguo Código Penal, la norma penal hoy vigente ya no castiga los delitos contra la seguridad del estado con penas de exclusión de la nacionalidad y más bien solo penas privativas de la libertad.

Esto impide que los seres humanos se queden sin patria, ahora es menester hablar del IUS SOLI, que quiere decir la nacionalidad por nacimiento en un determinado país, sin importar la nacionalidad de sus ascendientes.

La Const. 2008 manifiesta en su artículo octavo que:

Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas:

1. Las que obtengan la carta de naturalización.

2. Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano, que conservarán la nacionalidad ecuatoriana mientras no expresen voluntad contraria.

3. Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización, mientras aquéllas sean menores de edad; conservarán la nacionalidad ecuatoriana si no expresan voluntad contraria.

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