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Desconocimiento En Legitimación De Capitales


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  286 Visitas

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Planteamiento del Problema

Los fenómenos de globalización y los procesos de integración han provocado una evolución del comercio internacional en cuanto a liberación de barreras arancelarias y no-arancelarias, las cuales a su vez han ocasionado que el intercambio o flujo de bienes, servicios, capitales y personas se efectúe sin mayor inconveniente dentro del marco de cualquier tratado o acuerdo económico celebrado por dos o más estados. Este fenómeno integracionista ha permitido que el ámbito aduanero cobre más significancia dentro de las relaciones comerciales internacionales, logrando con ello que estas actividades se diversifiquen y profundicen su contenido no solo en un ámbito teórico-práctico, sino que también se ha hecho cada vez más necesario el establecimiento de un marco normativo que regule estas actividades con la finalidad de proteger la integridad de actores del comercio internacional y los procesos que se desprendan de estas relaciones.

Esta amplificación del comercio ha originado como consecuencia que el paso de mercancías a través de las aduanas sea aún mayor y con ello se detecte una cantidad considerable de actos ilícitos vinculados con las actividades aduaneras, como por ejemplo el contrabando. Según Asuaje, C. (2002), el delito no muere, se transforma, y en la civilización moderna, como toda otra civilización, no suprime el mal, le transforma. Esta trasformación se evidencia por cuanto el delito que en la sociedad bárbara se realizaba preferentemente mediante violencia, ahora se realiza especialmente por el fraude. Mediante esta afirmación pues, podemos indicar que no solo el contrabando constituye la actividad ilícita con preferencia dentro del derecho aduanero sino que también existen otros tipos de actividades ilegales que tiene lugar en las relaciones comerciales internacionales y por ende que deben ser objeto de estudio, así como de posterior reglamentación por parte de los organismos especializados del Estado.

Dichas actividades ilícitas se trasforman desde la naturaleza de actos u omisiones donde se eluda o intente eludir la intervención del Estado hacia un sistema más complejo en donde se intente dar apariencia de legal a activos provenientes de actividades delictivas como por ejemplo: el secuestro, lavado de dinero, terrorismo, tráfico de armas, corrupción, trata de personas, falsificación de monedas o títulos de créditos, extorsión, narcotráfico, entre otros; los cuales presenta características complejas que son necesarias para que estas actividades tengan éxito y en otras circunstancias se vinculen a los propios funcionarios públicos que laboran en las aduanas con la finalidad de intentar eludir de una forma más perspicaz el control del Estado. Por su parte, Reyes, A. (1979) sostiene que cuando el legislador considera que un determinado comportamiento humano lesiona o pone en peligro fundamentales intereses del Estado, de la sociedad o de la persona misma, lo describe en una norma legal y le adscribe una pena, con la doble pretensión de evitar que tal comportamiento se realice y se sancione a quienes violen la tácita prohibición.

La Legitimación de Capitales, tiene su origen en los Estados Unidos alrededor de los años 20, famosos personeros de la delincuencia organizada, como Al Capone, legitimaron capitales a través del contrabando del whisky. Se dice que en aquellos tiempos, la policía llamó “lavado de dinero”, a estas actividades, dando origen al coloquial término. Las mafias norteamericanas crearon una red de lavanderías para esconder la procedencia ilícita del dinero. El modus operandi consistía en presentar las ganancias de actividades delictivas como procedentes del negocio de lavanderías, el cual resultaba muy difícil de detectar debido a que el pago que se realizaba en las lavanderías era en monedas metálicas. Posterior a eso, en los años 60 se identificó una nueva forma de legitimación proveniente del narcotráfico en el cual el dinero ilegítimo era introducido en los sistemas financieros (bancos) sin ningún control, consiguiendo así moverse fácilmente por los circuitos formales.

La legitimación de capitales, es un tipo de delincuencia tan organizada que tiene total accesibilidad a las modernas finanzas electrónicas, lo que permite que este delito se extienda sin ninguna limitación y en grandes dimensiones a nivel internacional. Surge entonces la imperiosa necesidad de incrementar la cooperación en la comunidad internacional, lo cual ha sido adoptado por innumerables gobiernos, a través de sus legislaciones y acuerdos supranacionales, como partes de mecanismos y políticas implementados con el fin de contrarrestar las diversas manifestaciones de este delito.

La Legitimación de Capitales, nace como delito internacional por primera vez el 19 Diciembre de 1988, en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, celebrada en Viena. Posteriormente, la norma venezolana por medio de la Ley Aprobatoria del 21 de junio de 1991 de Gaceta Oficial N° 34741 adopta y tipifica la legitimación de capitales, plasmado

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