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Economia Politica Por Nikitin


Enviado por   •  20 de Marzo de 2012  •  1.019 Palabras (5 Páginas)  •  1.121 Visitas

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FUENTES FORMALES DEL DERECHO

Los juristas denominan fuentes del Derecho a los modos de producción normativa de un determinado sistema jurídico. De ahí que fuentes de derecho sean los hechos o procedimientos reconocidos dentro de un sistema jurídico como validos para establecer normas jurídicas.

Fuentes del Derecho es una expresión usada en diversos sentidos, sin embargo los dos sentidos más importantes en que se utiliza la expresión fuentes del Derecho, son el sentido Material y el sentido Formal.

En el sentido Material Nos referimos a esta fuente cuando nos encontramos frente a hechos producto de acciones humanas que son capaces de generar normas jurídicas, es decir, acciones que motivan la creación por parte del ente encargado de legislar, las normas de derecho positivo que regulen una situación determinada. Estos hechos son de diversa índole y deben ser regulados antes de convertirse en problemas sociales, políticos, económicos, culturales y religiosos.

En el sentido Formal se refiere a los modos o formas en que el Derecho se manifiesta externamente. A este respecto, el Art. 230 de la carta del 91 establece los jueces en sus providencias, solo están sometidos a la ley, y para los efectos de su interpretación cuentan con estos criterios auxiliares, la equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina.

Las fuentes del Derecho son las causas del nacimiento del Derecho en general, tanto de las instituciones jurídicas mismas como de las reglas jurídicas.

La importancia del tema propuesto radica en que los Jueces, tienen que emitir distintas clases de sentencias, en las cuales imprimen no sólo su sentir jurídico sino que también involucran aspectos sociales y filosóficos, que pueden causar varios efectos.

La interpretación constitucional se plantea como problema cuando se dan soluciones a posibles dificultades que la propia constitución no puede resolver, por lo que el operador de justicia tendrá que interpretar la Constitución cuando la va aplicar, o mejor aún, contestar la inquietud planteada ejerciendo la hermenéutica constitucional.

El derecho de los jueces llena un vacío sobre la polémica cuestión del valor de las decisiones judiciales en el campo del derecho constitucional colombiano, .lo dice Manuel José Cepeda Espinoza.

Las fuentes formales del derecho la Ley como criterio principal, la equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina como criterios auxiliares son utilizados por los jueces para emitir providencias, estos se amparan el los distintos criterios porque la constitución así lo emana en el articulo 230 de la C.P y porque a su vez estos criterios auxiliares a falta de legislación resuelves conflictos que la propia constitución no aclara.

Mediante la sentencia C-083/95 La corte constitucional reviso la constitucionalidad de el art 8 de la ley 1887, el demandante, hace alusión a el artículo 230. Por consiguiente, no les es posible "acudir a las normas que regulan casos o materias semejantes, que la analogía, la doctrina constitucional y las reglas generales del derecho, en la forma expresada en el

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