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Experticia Grafotecnica


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  4.916 Palabras (20 Páginas)  •  632 Visitas

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Ciudadano:

Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Su Despacho.

Quien suscribe, RAFAEL ALBERTO SANTANA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad número: 5.246.816, Experto en Grafotécnica, y domiciliado en la ciudad de Barquisimeto del estado Lara, designado para practicar PERITAJE GRAFOTECNICO en los documentos que más adelante se especifican, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la Abogada en ejercicio: PASTORA SEIVA; inpreabogado nº 90.082, representante legal de la parte demandante: Sr; SERGIO DANIEL DELGADO LUCAMBIO, contra: INVERSIONES BILENIUM 3.000 C.A; que se sigue en el expediente n°: 7276, que cursa por ante ese Tribunal; rindo a usted, bajo juramento, el Informe Pericial, para los fines legales que juzgue pertinentes.

MOTIVO: Los exámenes relativos a la indicada prueba de cotejo, han de practicarse con el objeto de determinar lo siguiente:

Si las firmas manuscritas, que fueran impugnadas y que aparecen estampadas en documentos insertos en autos del Expediente de causa y que mas adelante detallare, fueron producidas o no, en el lugar donde aparecen, por los ciudadanos: ABRAHAN ANTONIO DIAZ TINEO, titular de la cédula de identidad Nº 2.642.837 y JUDITH JOSEFINA RAVELO, titular de la cédula de identidad Nro 5.276.905

EXPOSICIÓN: En conocimiento del cargo recaído en mi persona, aceptado el mismo en tiempo hábil y juramentado conforme lo exige nuestro ordenamiento jurídico, se deja constancia en acta, de la fecha, hora y lugar en que se daría comienzo a las diligencias de la referida prueba, a fin de dar cumplimiento con lo preceptuado en el Artículo 466 del Código de Procedimiento Civil y que las partes pudieran hacer las observaciones que consideraran pertinentes. A tal efecto, encontrándome en la fecha convenida día jueves 28 de julio del presente año, a partir de las dos horas de la tarde (02:00 P M.), en el juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, se inicia el estudio Grafotécnico correspondiente, dejándose constancia que no estuvo presente ninguna de las partes y que por otro lado como en autos del Expediente de causa se menciona que las firmas INDUBITADAS, aparecen señaladas en documento cuyo original reposa por ante la Oficina de Registro Publico del Primer Circuito de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote del Estado Yaracuy, se solicita que se me provea credencial para trasladarme a ese despacho, y así queda establecido

Los documentos sobre los cuales versó la peritación en referencia consisten en:

I

DOCUMENTOS DUBITADOS:

Representan tres LETRAS UNICAS DE CAMBIO, cuyos originales se encuentra en resguardo de caja fuerte del tribunal en referencia y que previa autorización del Juez se me entregaron para su ESTUDIO TECNICO PERICIAL que a continuación detallo de la siguiente manera:

1.-) ORIGINAL DE DOCUMENTO LETRA UNICA DE CAMBIO, LLENADA EN MANUSCRITO, SIGNADA CON EL Nº 1/1 San Felipe 16 de Marzo de 2.009 A 10 de Junio del 2.009 Bs 224.438,60. Pagar por esta UNICA LETRA DE CAMBIO a la orden de: SERGIO DELGADO de DOSCIENTOS VEINTICUATROMIL TREINTA Y OCHO CON 60 BOLIVARES. VALOR ENTENDIDO Que cargará (n) en cuentaq SIN AVISO NI PROTESTO

A: INVERSIONES BILENIUM 3.000 C.A. Av. La Patria C:C. Oboka Piso 1 Oficina Nº 2 San Felipe Yaracuy. Atento (s) y amigo (s) SERGIO DELGADO. Observándose en el extremo izquierdo del referido documento, debajo donde se lee: Aceptada para ser pagada a su vencimiento sin Aviso sin Protesto. Dos firmas ilegibles, la primera con Nro de cedula de identidad 5276905 y la segunda con el Nº de cédula 2.642.837

II

DOCUMENTOS INDUBITADOS

1. En el capítulo III del escrito de promoción de pruebas, presentado el 27-05-09 por el Abogado Pastor José Mujica Rincones, señala como instrumento indubitado el escrito original relativo al acto de la Notaría Pública Quinta de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, donde notifica a los ciudadanos MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE y ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ. Las firmas indicadas como indubitadas suscriben con el carácter de “LOS NOTIFICADOS” en la parte inferior del documento obrante al folio 140 de la pieza principal del expediente de causa.

2. La parte actora, Abogado PASTOR JOSÉ MUJICA RINCONES, nos entregó en la sede del tribunal el día 22-07-09, durante el acto de inicio de los estudios, fotocopia de un escrito donde solicita a los expertos que tomen en cuenta las firmas indubitadas de los ciudadanos MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE y ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, que aparecen estampadas en los documentos que a continuación describimos, original del referido escrito riela en el expediente de causa.

-Dos recibos del Banco Universal Mercantil, números 58008395 y 98008394, de la cuanta nº 01050666212666008394, emitidos por Nancy Herrera a favor de Miguel José Martínez Sucre, con data 24/04/2007. Las firmas indicadas como indubitadas se encuentran en el renglón donde se halla la escritura tipográfica “SELLO” en cada uno de los instrumentos, al lado derecho de las dos firmas se ubican los guarismos 3.143.442; los indicados documentos cursan al folio 19 del expediente de causa.

-Escrito presentado el 12-11-09 por el ciudadano Miguel José Martínez, asistido por el Abogado Victor J. Amaro Piña, donde solicitan al tribunal se le aplique a la causa perención breve. La firma señalada como auténtica suscribe con el carácter de “EL EXPONENTE” en la parte inferior derecha del instrumento, obrante al folio 51 del expediente de causa.

-Poder Apud-Acta conferido por los ciudadanos Miguel José Martínez Sucre y Argelia Zorina de Martínez, titulares de las cédulas de identidad números 3.143.442 y 4.375.542 respectivamente, a los abogados Victor J. Amaro Piña y Antonio Ortiz Landaeta. Las firmas indicadas con carácter indubitado aparecen estampadas en el extremo inferior izquierdo, obrante al folio 64 del expediente de causa.

-Documento obrante al folio 99 de la pieza principal del expediente de causa, donde los ciudadanos: MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ y NANCY ELENA HERRERA SABALETA, titulares de las cédulas de identidad números 3.143.442, 4.375.542 y 7.516.835 respectivamente, declaran de mutuo y amistoso acuerdo haber decidido dejar sin efecto Promesa Bilateral de Compra Venta Privada, la cual fue firmada el 24 de Abril del 2007, 24 de Mayo de 2007, 10 de Diciembre de 2007, no teniendo nada que reclamar ambas partes por el mencionado contrato de Promesa Bilateral de Compra Venta. Las firmas de carácter indubitado se encuentran en primero y segundo lugar de arriba abajo.

PERITACIÓN: A objeto de proceder con la evacuación de la prueba los suscritos nos reunimos en la sala, adyacente al archivo del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, procedimos a estudiar detenidamente y con toda la amplitud necesaria, los trazos y rasgos manuscritos que se observan en las firmas indubitadas, o de origen conocido, contenidas en los documentos indubitados anteriormente descritos, a objeto de compenetrarnos con las características de individualización escritural que las mismas presentan como expresiones de autoría. También realizamos un minucioso examen a las particularidades que no se observan a simple vista, y que son una respuesta de la motricidad automática del autor, imposible de ser suplantada o desfigurada. El análisis de las peculiaridades que individualizan a las indicadas firmas indubitadas, ha sido practicado mediante la aplicación del Método de Estudio de la Motricidad Automática del Ejecutante, es el método que la Grafotécnica emplea para el estudio de la escritura producida por el ser humano, el mismo implica descubrir y evaluar las peculiaridades escriturales que aparecen de manera reiterada en el grafismo, y que se originan en los movimientos combinados e individuales de flexión, extensión y rotación, de los músculos del antebrazo y la mano. Nosotros como analistas o investigadores de escrituras no tomamos en consideración y, por lo tanto no evaluamos, los movimientos voluntarios del ejecutante, que producen la estructuración o morfología exterior de la grafía, por medio de la atención sostenida y constante, ya que pueden ser fácilmente imitados o disfrazados. Tomamos únicamente en cuenta los movimientos automáticos, los cuales dan origen a particularidades de la escritura, imposibles de ser alterados o suplantados, por estas razones, el método de estudio de la motricidad automática del ejecutante es de naturaleza funcional o fisiológica. Para llegar a conclusiones fehacientes, los expertos deben evaluar todas las características que se repiten de manera reiterada en el grafismo, y que dependen exclusivamente de la manera individual de mover los músculos. Las indicadas firmas indubitadas fueron fijadas fotográficamente, utilizando en la cámara fotográfica los lentes con aumentos adecuados para este tipo de experticia.

Material de aplicación general e instrumental técnico y adecuado para este tipo de peritación, los cuales describimos a continuación: un microscopio estereoscópico de gran campo visual y de percepción estereoscópica ubicado sobre un trasluzcopio, lupas de diferentes dioptrías, equipo fotográfico formado por una cámara profesional marca Minolta, lentillas marca ROWI de 49 mm., con aumentos CU+1; CU+2; CU+3 y CU+4, un lente macro marca Minolta de 50 mm., película a color marca FUJIFILM de 35 mm., de 100 asas, así como también trabajamos con iluminación natural y artificial (luz blanca).

Una vez que verificamos los hallazgos escriturales que caracterizan los grafismos presentes en las firmas señaladas como INDUBITADAS, con el objeto de conocer todas las peculiaridades de autoría que determinan la individualidad de las mismas como producidas por los ciudadanos MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE y ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, procedimos con la misma Metodología, material y equipos especializados ya mencionados, a realizar el mismo estudio en las firmas cuestionadas, ubicando y comparando los trazos y rasgos, su concordancia o diferencia, a los efectos de hacer el estudio general o estructural y posteriormente microscópico, de cuyo cotejo o confrontación, ubicamos suficientes características generales e individuales de igual naturaleza de producción, que se destacan entre otras las observadas en las planas gráficas, y que sirven de base igualmente para la motivación del presente dictamen, las cuales son consignadas a título ilustrativo y que sustentan científicamente las conclusiones del dictamen. Se tomaron fotografías a las indicadas firmas.

El análisis grafotécnico efectuado a las firmas de carácter indubitado, y a las firmas que fueron impugnadas, ha sido practicado tomando como base los elementos estructurales del grafismo, como son: angulosidad, para analizar el predominio del ángulo sobre la curva y el grado de frecuencia del mismo; dimensión, donde estudiamos la altura y extensión del grafismo; dirección, se entiende por tal la que tiene la caja de la escritura comparativamente con los extremos superior e inferior del soporte (papel); enlaces, para estudiar la mayor o menor habilidad de cada cual, y determinar si los mismos producen arcos o ángulos; inclinación, para determinar hacia donde doblan los trazos; presión, para analizar la fuerza o energía con que se aplica sobre el papel el instrumento escritural, normalmente esa energía se produce alternativamente, dando lugar a la sucesión de finos y gruesos, y a la impresión de relieve de la escritura; velocidad o rapidez; proporcionalidad, es la relación entre los diversos elementos del grafismo; orden y regularidad, el orden para determinar la colocación de las letras, palabras y renglones, la regularidad para analizar la separación de palabras y renglones; continuidad, es la fijeza o persistencia de las constantes gráficas, tanto en sus elementos constitutivos o formales como en los estructurales, su alteración se llama discontinuidad.

A continuación señalamos los caracteres más importantes que detectamos en el estudio practicado a las firmas señaladas como indubitadas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y a la firma cuestionada que aparece estampada en primer lugar de arriba abajo, en el extremo inferior izquierdo, reverso del documento opción de compra-venta, obrante al folio 30 de la pieza principal del expediente nº: KP02-V-2008-001315:

1. Como primer punto, señalamos en las firmas de carácter indubitado del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y en la firma de carácter dubitado que suscribe en primer lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo inicial se caracteriza por ser realizado con marcada presión del instrumento escritural, y porque dicho trazo presenta un mismo índice de inclinación.

2. Como segundo punto, observamos en las firmas señaladas como indubitadas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, así como también en la firma cuestionada que aparece estampada en primer lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazado ascendente y descendente de la primera grafía se caracteriza por ser elaborado con habilidad y espontaneidad escritural, obsérvese que la rotación del trazo superior origina un segmento de arco ejecutado con el mismo movimiento.

3. Como tercer punto, indicamos en las firmas señaladas como auténticas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y también en la firma de carácter dubitado que se encuentra en primer lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta señalado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente de causa, que el punto de levantamiento del trazo final de la primera grafía, se caracteriza por ser realizado con habilidad y espontaneidad escritural, también notamos que el autor a medida que va finalizando el trazo, disminuye considerablemente la presión ejercida con el instrumento escritural, ocasionando un punto con leve presión

4. Como cuarto punto, evidenciamos en las firmas de carácter indubitado del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y en la firma que fue impugnada y que aparece estampada en primer lugar abajo y a la izquierda del reverso del documento marcado con la letra “B”, obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo de la segunda grafía se caracteriza por ser ejecutado con habilidad y espontaneidad escritural, obsérvese en la plana gráfica que el autor siempre produce el indicado trazo con la misma motricidad automática.

5. Como quinto punto, determinamos en las firmas que nos han sido señaladas como auténticas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, así como también en la firma señalada como cuestionada, que suscribe en primer lugar abajo y a la izquierda en el reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el punto de levantamiento de la segunda grafía se caracteriza por ser producido con poca presión ejercida con el instrumento escritural.

6. Como sexto punto, notamos en las firmas indicadas como auténticas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y también en la firma de carácter dubitado que se encuentra en primer lugar abajo y a la izquierda, en el reverso del documento de opción a compra-venta, señalado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, que los trazos iniciales de la tercera grafía se caracterizan por ser ejecutados con rapidez y espontaneidad escritural, obsérvese en la plana gráfica la misma uniformidad y dirección en el movimiento de los trazos.

7. Como séptimo punto, señalamos en las firmas que nos fueran indicadas como indubitadas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y en la firma cuestionada que suscribe en primer lugar abajo y a la izquierda, en el dorso del documento de opción a compra-venta marcado con la letra “B”, obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo superior de la tercera grafía se caracteriza porque el autor realiza un movimiento curvo con gran rapidez, habilidad y espontaneidad escritural, en su ejecución ocasiona un segmento de arco, estas características corresponden a una misma naturaleza de producción.

8. Como octavo punto, observamos en las firmas auténticas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y en la firma de carácter dubitado que aparece estampada en primer lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, identificado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo descendente de la tercera grafía, se caracteriza porque en su ejecución hallamos la misma motricidad automática, obsérvese que dicho trazo ha sido marcadamente presionado desde el mismo punto en que comienza a descender, disminuyendo gradualmente la presión a medida que va finalizando el trazado.

9. Como noveno punto, indicamos en las firmas de carácter indubitado del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y también en la firma señalada como cuestionada que se halla en primer lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente de causa, que el punto de levantamiento de la tercera grafía, se caracteriza por ser realizado con escasa presión del instrumento escritural, obsérvese que el punto es fino y generalmente es una de las características de las escrituras auténticas.

10. Como décimo punto, señalamos en las firmas indubitadas del ciudadano MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, y en la firma de carácter dubitado que suscribe en primer lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo final de las indicadas firmas se caracteriza por ser realizado con los mismos automatismos, determinamos que hay la misma presión, así como también encontramos la misma habilidad y espontaneidad escritural.

A continuación señalamos los caracteres más importantes que hallamos en el estudio practicado a las firmas señaladas como indubitadas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y a la firma indicada como cuestionada que aparece estampada en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda, reverso del documento opción de compra-venta, obrante al folio 30 de la pieza principal del expediente nº: KP02-V-2008-001315:

1. Como primer punto, señalamos en las firmas de carácter indubitado de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y también en la firma cuestionada que suscribe en segundo lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, que el punto de arranque siempre se encuentra ubicado en la parte superior, específicamente en el área que divide la presión mas fuerte que viene siendo la descendente, con el trazado de menor presión que corresponde al movimiento ascendente.

2. Como segundo punto, observamos en las firmas señaladas como indubitadas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, así como también en la firma de carácter dubitado que se encuentra en segundo lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente de causa, que el trazo inicial de la letra “A”, se caracteriza por ser elaborado con habilidad y espontaneidad escritural, la fuerte presión del trazo es porque el ejecutante realiza un movimiento ascendente siguiendo la trayectoria del trazo descendente.

3. Como tercer punto, indicamos en las firmas señaladas como auténticas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y en la firma señalada como cuestionada que suscribe en segundo lugar, abajo y a la izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazado superior y descendente del lado derecho que define la letra mayúscula “A”, se caracteriza en las indicadas firmas por ser realizado con habilidad y espontaneidad escritural, obsérvese la calidad del segmento de arco generado por la rotación en la parte superior, y el cambio brusco de dirección en la parte inferior para realizar los trazos siguientes.

4. Como cuarto punto, evidenciamos en las firmas de carácter indubitado de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, así como también en la firma indicada como cuestionada, que se halla en segundo lugar de arriba abajo en la parte inferior izquierda del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, que el trazo ubicado entre las letras “A” y “g” y que en su equivalencia alfabética la identificamos como la letra “r”, se caracteriza por ser ejecutado con habilidad y espontaneidad escritural, obsérvese en la plana gráfica que el autor siempre lo produce con un movimiento curvo y manteniendo siempre el mismo índice de inclinación.

5. Como quinto punto, determinamos en las firmas que nos han sido señaladas como auténticas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y también en la firma de carácter dubitado que suscribe en segundo lugar de arriba abajo, parte inferior izquierda del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, que la letra “g” de la escritura donde leemos lo siguiente: “Argel”, se caracteriza por ser producida con habilidad y espontaneidad, el autor ejecuta con gran rapidez o velocidad la escritura, originando trazos con la misma uniformidad y dirección.

6. Como sexto punto, notamos en las firmas indicadas como auténticas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y en la firma de carácter dubitado que aparece estampada en segundo lugar de arriba abajo, parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo que definimos como la letra “e” de la escritura donde leemos: “Argel” se caracteriza por ser ejecutado con rapidez y espontaneidad escritural, obsérvese en la plana gráfica el enlace bien definido con la letra “g”, y el movimiento ascendente para elaborar el trazo que sigue, no encontramos interrupciones, retoques, premiosidad ni temblores en las indicadas firmas.

7. Como séptimo punto, señalamos en las firmas que nos fueran indicadas como indubitadas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y así como también en la firma indicada como cuestionada que suscribe en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo largo que se ubica después de la escritura donde leemos: “Argel”, se caracteriza por ser producido con los mismos automatismos, en su ejecución hay destreza y espontaneidad, la presión ejercida es alterna como sucede habitualmente con las firmas auténticas, obsérvese que el grafismo ascendente presenta menor presión con respecto al trazo descendente.

8. Como octavo punto, observamos en las firmas auténticas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y en la firma señalada como cuestionada que suscribe en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y que cursa al folio 30 del expediente de causa, que los trazos de la última grafía se caracterizan por ser producidos con la misma motricidad automática, encontramos uniformidad e igual dirección en el movimiento de los trazos, obsérvese que el trazo largo descendente atraviesa al trazo ascendente a la misma altura.

9. Como noveno punto, indicamos en las firmas de carácter indubitado de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, así como también en la firma de carácter dubitado que se encuentra en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente de causa, que el trazo que definimos como letra “z” ubicado en la grafía final, se caracteriza por ser realizado con igual automatismo, determinamos que hay habilidad y espontaneidad escritural en su ejecución.

10. Como décimo punto, señalamos en las firmas indubitadas de la ciudadana ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, y en la firma indicada como cuestionada que suscribe en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del reverso del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente de causa, que el punto de levantamiento del trazo final de las indicadas firmas, se caracteriza por ser producido con rapidez y espontaneidad escritural, así como también porque el autor finaliza el trazo en punta fina y con un sentido del movimiento horizontal.

Estos puntos característicos analizados tanto en las firmas de carácter indubitado, como en las firmas de carácter dubitado, son puntos concordantes de cada una de ellas, que dependen única y exclusivamente de la Motricidad Automática del Ejecutante (Ver plana gráfica).

C O N C L U S I Ó N

1. La firma manuscrita, que fuera impugnada y que con el carácter de “LOS PROMITENTES VENDEDORES” aparece estampada en primer lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del documento de opción a compra-venta, marcado con la letra “B” y que riela al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, fue realizada por la misma persona que identificándose como MIGUEL JOSÉ MARTÍNEZ SUCRE, titular de la cédula de identidad nº V-3.143.442, suscribió los documentos señalados como indubitados para la prueba de cotejo grafotécnico. Es decir que existe identidad de producción con respecto a las firmas de origen conocido.

2. La firma manuscrita, que fuera impugnada y que con el carácter de “LOS PROMITENTES VENDEDORES” aparece estampada en segundo lugar de arriba abajo, en la parte inferior izquierda del documento de opción a compra-venta, signado con la letra “B” y obrante al folio 30 del expediente nº: KP02-V-2008-001315, fue realizada por la misma persona que identificándose como, ARGELIA ZORINA ABARCA DE MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad nº V-4.375.542, suscribió los documentos señalados como indubitados para la prueba de cotejo grafotécnico. Es decir que existe identidad de producción con respecto a las firmas de origen conocido.

Damos por concluida la misión que nos fuera encomendada por el Tribunal, anexamos una (1) plana gráfica constante de diez (10) fotografías para la mejor ilustración del informe resultante, y fotocopia del escrito de observaciones presentado por el Abogado PASTOR JOSÉ MUJICA RINCONES.

Barquisimeto, a la fecha de su presentación.

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