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LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN EL


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2011  •  9.083 Palabras (37 Páginas)  •  1.189 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

FACULTAD DE DERECHO - UNIDAD DE POSTGRADO

DOCTORADO EN DERECHO Y CIENCIA POLITICA

TEMA : LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN EL

SISTEMA PERUANO.

CATEDRÁTICO : DR. ÑIQUE DE LA PUENTE.

ALUMNO : HERMANN A. QUIROZ VIGIL

CURSO : SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

2011

INTRODUCCION

Como toda rama del derecho, el derecho constitucional cuenta con una serie de principios rectores que representan tanto el punto inicial como el final de todo el sistema constitucional que adopta un país en particular. El objetivo del presente trabajo se circunscribe a ubicar y desarrollar los principios contenidos en la Constitución de 1993, que sirven tanto como norma de apertura y como norma de clausura del sistema íntegramente considerado como tal.

La importancia de su identificación reside principalmente en la utilidad que éstos tienen en el quehacer interpretativo para los diversos operadores del derecho, en especial para los del derecho constitucional. En tal sentido, el desarrollo de los mismos se circunscribirá sólo a aquellos que conforman lo que en doctrina se llama cláusulas pétreas de la Constitución; toda vez que, nuestra Carta Magna vigente contiene una serie de principios cuyo carácter no resulta precisamente fundante del sistema, tales como por ejemplo el principio de no confiscatoriedad de los tributos, o el de legalidad entre otros que sin desmerecer su importancia, no constituyen parte de aquellos que hemos identificado como principios fundamentales de la Constitución Política.

Lo anteriormente mencionado guarda perfecta consonancia con el carácter de supremo intérprete de la Constitución que le corresponde al Tribunal Constitucional, toda vez que, el significado jurídico-político de éste órgano se debe –a nuestro entender- no tanto a su labor de preservación de concretas normas constitucionales sino a la de defender los principios fundamentales del sistema constitucional.

INDICE

“LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN EL

SISTEMA PERUANO”

• INTRODUCCION.

CAPITULO I : LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

1.1 LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS.

1.2. LOS VALORES SUPERIORES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO.

1.3. RELACIÓN ENTRE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y VALORES JURÍDICOS.

1.4. DEFINICIÓN DE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.

CAPÍTULO II : LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA

CONSTITUCIONAL PERUANO.

2.1 IDENTIFICACIÓN.

2.2 PRINCIPIO ÉTICO - JURÍDICO: LA DIGNIDAD DE LA PERSONA.

2.2.1 Aproximación al Concepto de Dignidad de la Persona Humana.

2.3 LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS-POLÍTICOS.

2.3.1 Principio de Soberanía Popular.

2.3.2 Principio de Distribución del Poder: Separación de Poderes.

2.3.4 Principio de Estado de Derecho.

2.3.5 Principio de Estado Social Democrático.

2.4 PRINCIPIO TÉCNICO-JURÍDICO: LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.

CAPÍTULO III : FUNCIONES DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

3.1 FUNCIÓN NORMATIVA.

3.2 FUNCIÓN COMO NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA.

3.3 FUNCIÓN INTERPRETATIVA.

3.4 FUNCIÓN INTEGRADORA.

• CONCLUSIONES.

• BIBLIOGRAFÍA.

CAPITULO I

LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

1.1. LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS

Previamente a definir los principios constitucionales, al ser éstos normas jurídicas, es pertinente hacer una aproximación a la definición de los principios jurídicos; para tales efectos hacemos nuestra la definición que al respecto elabora Mendoza Escalante quién señala que tales son: “(...) las normas jurídicas más fundamentales y más generales que enuncian los supremos postulados éticos, políticos, o proposiciones de carácter técnico jurídico de un sistema jurídico o de algún ámbito de ordenación a él perteneciente (...)”.

1.2. LOS VALORES SUPERIORES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

El conocido tratadista español Fernández Segado toma como punto de partida para identificar a los principios constitucionales, a los valores que informan a la Constitución Española de 1978, pues como dicho autor señala, los valores contribuyen decisivamente a la función de legitimidad que la Constitución desempeña, entendiendo como legitimidad aquella calidad de un poder por cuya virtud las decisiones que de él emanan son acatadas y obedecidas como obligatorias por existir en los destinatarios de las normas el convencimiento de tal obligatoriedad .

Desde esta perspectiva, podemos afirmar que los valores son aquellos fines que la norma suprema enuncia como ideales que una comunidad decide erigir como sus máximos objetivos a desarrollar por el ordenamiento jurídico; es decir como lo dijera Recaséns Siches: los valores son esencias ideales con validez objetiva, en el sentido que no son emanaciones del sujeto, sino que cobran sentido precisamente en

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