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Papel Social De La Familia


Enviado por   •  8 de Abril de 2012  •  1.049 Palabras (5 Páginas)  •  817 Visitas

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¿Qué es la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA)?

Es una ley orgánica que tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que a través de la Protección Integral que el Estado, la familia y la Sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción.

¿Por qué se hizo la LOPNA?

Porque Venezuela suscribió y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, y con ello asumió el compromiso de adecuar la legislación nacional a los mandatos de la Convención. Para ello era necesario un nuevo texto legal con disposiciones idóneas y eficaces de defensa y promoción de los derechos y garantías a todos los niños, niñas y adolescentes.

¿Es la LOPNA una ley más?

La LOPNA no es una ley más porque es un instrumento jurídico que rompe con la vieja Doctrina de la Situación Irregular en la cual se criminaliza la pobreza y no se distingue entre menores abandonados y delincuentes, adecua la normativa interna a los preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y principios de Derechos Humanos. Esta Ley percibe al niño como persona en desarrollo, con derechos y responsabilidades inherentes a todos lo seres humanos, brindándoles protección integral en la que deben participar el Estado, la familia y la sociedad como corresponsables de garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes gocen sin discriminación alguna de las categorías de derechos como son supervivencia, protección, desarrollo y participación.

La LOPNA consagra como parte de las acciones en la garantía y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes por parte del Estado y la sociedad el diseño, ejecución, evaluación y control de políticas de protección dirigidas a esta población.

¿Qué es una violación de derechos?

Es una situación en la que se menoscaban los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico, y todos aquellos inherentes a la persona humana, aunque no figuren expresamente en la ley.

¿A quién acudo?

Se podrá acudir a dos instancias: a la judicial cuando se trate de conflictos jurídicos o sociales, se puede acudir al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y a la vía administrativa: cuando se trata de la amenaza o violación de los derechos individuales de los niños, niñas y adolescentes, se debe utilizar la intervención del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, que es un órgano administrativo que debe funcionar en cada municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la protección, en caso de amenaza o violación de los derechos y garantías de uno o varios niños o adolescentes individualmente considerados.

Existe también un servicio creado por la ley para garantizar los derechos individuales de los niños y adolescentes, que es la Defensoría del Niño y del Adolescente, la cual presta un servicio de interés público, organizado y desarrollado por el municipio o por la sociedad, para promover y desarrollar los derechos de estos.

En caso de amenaza o violación de los derechos colectivos y difusos, se debe acudir a los Consejos de Derechos del Niño y del Adolescente, que son órganos administrativos que harán posible el ejercicio pleno y efectivo de los derechos difusos y colectivos. Estos órganos administrativos funcionan a tres niveles:

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