ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

REGLAS MINIMAS EN TRATAMIENTO DE RECLUSOS


Enviado por   •  13 de Abril de 2014  •  6.865 Palabras (28 Páginas)  •  260 Visitas

Página 1 de 28

REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

Adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y

Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo

Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de

mayo de 1977

Observaciones preliminares

1. El objeto de las reglas siguientes no es de describir en forma detallada un sistema

penitenciario modelo, sino únicamente establecer, inspirándose en conceptos

generalmente admitidos en nuestro tiempo y en los elementos esenciales de los sistemas

contemporáneos más adecuados, los principios y las reglas de una buena organización

penitenciaria y de la práctica relativa al tratamiento de los reclusos.

2. Es evidente que debido a la gran variedad de condiciones jurídicas, sociales,

económicas y geográficas existentes en el mundo, no se pueden aplicar indistintamente

todas las reglas en todas partes y en todo tiempo. Sin embargo, deberán servir para

estimular el esfuerzo constante por vencer las dificultades prácticas que se oponen a su

aplicación, en vista de que representan en su conjunto las condiciones mínimas admitidas

por las Naciones Unidas.

3. Además, los criterios que se aplican a las materias a que se refieren estas reglas

evolucionan constantemente. No tienden a excluir la posibilidad de experiencias y

prácticas, siempre que éstas se ajusten a los principios y propósitos que se desprenden del

texto de las reglas. Con ese espíritu, la administración penitenciaria central podrá siempre

autorizar cualquier excepción a las reglas.

4. 1) La primera parte de las reglas trata de las concernientes a la administración general

de los establecimientos penitenciarios y es aplicable a todas las categorías de reclusos,

criminales o civiles, en prisión preventiva o condenados, incluso a los que sean objeto de

una medida de seguridad o de una medida de reeducación ordenada por el juez. 2) La

segunda parte contiene las reglas que no son aplicables más que a las categorías de

reclusos a que se refiere cada sección. Sin embargo, las reglas de la sección A, aplicables

a los reclusos condenados serán igualmente aplicables a las categorías de reclusos a que

se refieren las secciones B, C y D, siempre que no sean contradictorias con las reglas que

las rigen y a condición de que sean provechosas para estos reclusos.

5. 1) Estas reglas no están destinadas a determinar la organización de los establecimientos

para delincuentes juveniles (establecimientos Borstal, instituciones de reeducación, etc.).

No obstante, de un modo general, cabe considerar que la primera parte de las reglas

mínimas es aplicable también a esos establecimientos. 2) La categoría de reclusos

juveniles debe comprender, en todo caso, a los menores que dependen de las

jurisdicciones de menores. Por lo general, no debería condenarse a los delincuentes

juveniles a penas de prisión.

REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

Primera parte

Reglas de aplicación general

Principio fundamental

6. 1) Las reglas que siguen deben ser aplicadas imparcialmente. No se debe hacer

diferencias de trato fundadas en prejuicios, principalmente de raza, color, sexo, lengua,

religión, opinión política o cualquier otra opinión, de origen nacional o social, fortuna,

nacimiento u otra situación cualquiera. 2) Por el contrario, importa respetar las creencias

religiosas y los preceptos morales del grupo al que pertenezca el recluso.

Registro

7. 1) En todo sitio donde haya personas detenidas, se deberá llevar al día un registro

empastado y foliado que indique para cada detenido: a) Su identidad; b) Los motivos de su

detención y la autoridad competente que lo dispuso; c) El día y la hora de su ingreso y de

su salida. 2) Ninguna persona podrá ser admitida en un establecimiento sin una orden

válida de detención, cuyos detalles deberán ser consignados previamente en el registro.

Separación de categorías

8. Los reclusos pertenecientes a categorías diversas deberán ser alojados en diferentes

establecimientos o en diferentes secciones dentro de los establecimientos, según su sexo

y edad, sus antecedentes, los motivos de su detención y el trato que corresponda

aplicarles. Es decir que: a) Los hombres y las mujeres deberán ser recluidos, hasta donde

fuere posible, en establecimientos diferentes; en un establecimiento en el que se reciban

hombres y mujeres, el conjunto de locales destinado a las mujeres deberá estar

completamente separado; b) Los detenidos en prisión preventiva deberán ser separados

de los que están cumpliendo condena; c) Las personas presas por deudas y los demás

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (47.9 Kb)  
Leer 27 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com