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RELACION DEL DERECHO CON OTRAS CIENCIAS


Enviado por   •  19 de Octubre de 2013  •  1.953 Palabras (8 Páginas)  •  554 Visitas

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5. ECONOMIA Y DERECHO

La primera teoría considera que debe estudiarse y aplicarse el derecho junto con la economía. Según esta teoría la economía sería una parte del derecho o fuente del derecho, lo cual es bastante conocido en el derecho peruano y estadounidense, con el nombre de análisis económico del derecho.

Es decir, esta teoría sostiene que las dos primeras no pueden aplicarse en forma separada, sino que sólo se las puede tener en cuenta en forma conjunta, para lo cual se tendría en cuenta por ejemplo el código civil y doctrina contractual en materia de contratos y el cumplimiento de los contratos sólo cuando exista eficiencia económica, mientras que el incumplimiento de los mencionados cuando exista ineficiencia económica en caso de cumplirlos.

Incluso esta teoría sostiene que al derecho se le deben aplicar postulados económicos, y cuando decimos derecho, no sólo nos estamos refiriendo a legislación, sino en general a todas las fuentes del derecho.

Además se precisa que la economía debiera ser considerada como parte del derecho o fuente del derecho.

Esta teoría se apoya en que existe una disciplina jurídica, la cual es conocida como análisis económico del derecho, sobre la que existe algunas publicaciones en el derecho peruano y extranjero, y dentro del primero destacan los trabajos de Alfredo BULLARD GONZALEZ y Fernando CANTUARIAS SALAVERRY, entre otros tantos.

Otro de los fundamentos para considerar a las indicadas como unidas entre sí, es que en algunas facultades de derecho de universidades de la ciudad de Lima, se ha agregado cursos de análisis económico a la carrera profesional de derecho, lo que ha generado un cambio de ciento ochenta grados, en formación de estudiantes de las mencionadas, dentro de las cuales podemos citar el caso de la Pontificia UniversidadCatólica del Perú PUCP y la Universidad de Ciencias Aplicadas UPC.

También se tiene en cuenta que en los estudios de economía se forma a los estudiantes de dicha carrera profesional con algunos conocimientos de derecho, pero esto ha sido poco difundido, por lo cual basta con hacer una revisión de las currículas de ambas profesiones y por supuesto de los sylabus.

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos81/derecho-y-economia/derecho-y-economia2.shtml#ixzz2iBSt9ule

La contabilidad ya no es sólo para economistas o contables, tiene su importancia para los juristas porque existen multitud de cuestiones de ámbito jurídico donde tienen que intervenir el abogado, cuestiones por ejemplo como pueden ser ya no solamente la controversia jurídica con el SAT, sino que también si se es representante legal o asesor de los accionistas minoritarios de una empresa interesa conocer y poder dominar cuál es el beneficio real de esa empresa, cómo se han elaborado a la hora de los balances, si se está engañando o no a los accionistas minoritarios con los mismos, si la empresa se encuentra en una situación en que su patrimonio neto haya obligado en un momento determinado a la disolución de la empresa, si eso supone o no responsabilidad social para los administradores, etc.

Todo este tipo de cuestiones están relacionadas y directamente implicadas con el tema de la contabilidad, por lo tanto, el derecho contable es un derecho que regula una parte esencial, que es, la dinámica y la estática dentro de las empresas, que hay que conocer y que sin ello difícilmente se puede asesorar a una empresa ni asesorar a las personas vinculadas a dicha empresa. Es por ello, una materia esencial a estudiar, aunque el gran problema para los licenciados en derecho a la hora de estudiar la contabilidad es el lenguaje, pero que una vez conocido y entendido, la aplicación práctica no es tan difícil.

Sabemos que la interpretación de las normas hasta el momento se ha realizado atendiendo a verdadera naturaleza jurídica de las operaciones, de ahí que el abogado no se preocupe por lo económico, sin embargo existen importantes modificaciones en diversos códigos de comercio en otros países en donde prevalece el principio de la interpretación económica de las normas, esto implica importantes cambios principalmente en el ámbito fiscal en donde varias de las planeaciones fiscales tienen su base en disfrazar bajo formas jurídicas operaciones cuya finalidad económica es totalmente diversa. En México el fisco ha pretendido regular este tipo de operaciones buscando que en sus auditorías se analice las operaciones en su fin económico y no solo en su forma jurídica, lo que no ha sido del todo aceptado por los tribunales ni tampoco se han aprobado reformas al respecto. Empero en este mundo globalizado no nos extrañe que se modifiquen las disposiciones mercantiles en ese sentido.

RELACION ENTRE FILOSOFIA Y DERECHO

Si queremos conocer el derecho en su integridad lógica, esto es, saber cuales son loselementos esenciales comunes a todos los sistemas juridicos, debemos forzosamente superarlas particularidades de estos sistemas y mirar al concepto universal del derecho.La filosofia, contiene las leyes mas generales del desarrollo de la naturaleza, la sociedad y elmismo pensamiento. La ciencia del derecho se ocupa en efecto, del derecho positivo, es decir,de las normas juridicas que han estado o estan en vigencia en los diferentes paises, paraextraer de ese estudio naciones generales que le permite elaborar teorias, conceptos yconstucciones juridicas. Pero nunca va mas alla del derecho positivo regulado la conducta ensociedad. La filosofia, en cambio, se distingue de aquella en que puede valorar los sitemas,determinar el fundamento de su obligatoriedad y exponer los ideales y los fines que debentener en cuenta.

RELACION ENTRE SOCIOLOGIA Y DERECHO

Ehrlich señala: “el centro de

gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislacion, ni

en la ciencia juridica, ni en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma”. Siendo los fenómenos

juridicos fenómenos sociales, dondequiera que se perciba la existencia de algun tipo dederecho, estará ahí presente el fenómeno social.Asimismo entendió Ehrlich que: la existencia de un orden social pacifico y espontaneo, nocontencioso, que se forma por un libre arreglo de las voluntades individuales o colectivas, yque auque por lo regular surgen conflictos, estos se resuelven en buena parte, sin necesidadde recurrir a nomas abstractas, al travéz de la apreciación de la justicia del caso.La sociologia es entonces, producto de la vida social, pues es en cierto modo el marco dentrodel cual se desarrolla la conducta de los hombres en sus reciprocas relaciones,

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