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Tecnico En Cocina


Enviado por   •  10 de Febrero de 2012  •  2.171 Palabras (9 Páginas)  •  408 Visitas

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¿Un mayor recaudo de capital público traería como consecuencia la reducción de la pobreza y el aumento de la competitividad?

Los tributos constituyen la principal fuente de recursos públicos para atender con eficiencia, eficacia y transparencia las múltiples responsabilidades y necesidades de las unidades territoriales en sus distintos niveles, y en particular, que puedan financiar los compromisos establecidos en los planes de desarrollo correspondientes. En las unidades territoriales, existe una estructura de impuestos llamada estatuto tributario, que define quienes deben pagar impuestos, la razón de ello, el importe a pagar y demás. No obstante, dependiendo de las políticas de los gobiernos y del desempeño de su economía, esta estructura se puede modificar. Estos cambios son la esencia de las reformas tributarias.

En base a lo anterior, la Secretaria de Hacienda expuso el nuevo estatuto tributario, por el cual se dictan disposiciones en materia de impuestos en Cartagena D. T. y C., y contiene los fundamentos y la propuesta de la reforma del actual estatuto tributario de Cartagena de Indias, aprobado por el consejo distrital mediante el acuerdo 041 del 21 de Diciembre del 2006. Con esta reforma lo que se pretende es erigir un sistema arancelario pertinente y que se ajuste a la realidad socioeconómica imperante en la ciudad, ya que el actual estatuto tributario no se logra incorporar en el contexto social y económico local; promover iniciativas productivas de carácter estratégico para el crecimiento económico influyente y amparar la equitativa distribución de los cargos y los beneficios, así como la competitividad en el distrito.

Lo que se quiere con la mencionada reforma del estatuto tributario es mejorar el recaudo, aumentar los ingresos propios y disponer de más recursos con criterios de equidad para cumplir con los deberes y compromisos y aportar a la gobernabilidad y legitimidad de la acción pública. En el aspecto fiscal y tributario la reforma se plantea: garantizar la equidad tributaria y el fortalecimiento de la capacidad fiscal propia en el Distrito de Cartagena de Indias, basado en los principios de progresividad y eficiencia; generar un marco regulatorio de la acción pública que brinde confianza al ciudadano, a contribuyentes, inversionistas y distintas entidades sobre la gestión del gobierno y de la secretaría de hacienda distrital; y proveer y consolidar con calidad y oportunidad los procedimientos y recursos que fortalezcan la gestión fiscal del distrito basada en la transparencia y la corresponsabilidad.

La propuesta de reforma en consideración, tiene como pilar constitucional y legal el artículo 363 de la constitución política, el cual dispone que “el sistema tributario se fundamenta en los principios de equidad, progresividad y eficiencia; en el artículo 3 del acuerdo 041 de Diciembre de 2006 se afirma que “el sistema tributario se funda en los principios de igualdad, equidad, eficiencia, exclusividad, no confiscatoriedad, eficacia, economía, justicia, certeza, comodidad, progresividad, buena fe, generalidad, legalidad, racionalidad, neutralidad e irretroactividad; además, la ley 44 de 1990 determina precisamente en el caso del impuesto predial que “las tarifas deben establecerse en cada municipio de manera diferencial y progresiva teniendo en cuenta los estratos socioeconómicos, los usos del suelo en el sector urbano y la antigüedad de la información o actualización del catastro. Por lo cual, establecer estructuras tributarias diferentes que hagan el sistema progresivo no es una opción, es un deber.

No atendiendo a estas disposiciones, en la actualidad tributaria la carga fijada a los distintos sujetos no consulta su nivel de riqueza ni la base imponible, es decir, no existe progresividad y además no genera resultados en equidad (vertical y horizontal). El actual sistema arancelario no es progresivo, ya que el tributo no crece conforme al ingreso y la riqueza de las personas y no reduce la desigualdad.

Entonces, un cambio en el régimen tributario indicaría un sistema impositivo más igualitario y equitativo que disminuya la pobreza y aumente la competitividad de la ciudad?, teniendo en cuenta que lo planteado en el proyecto de reforma no va en la vía de su intención declarada y que el nivel de competitividad en que se ubica el departamento de Bolívar según su sistema tributario es mucho menor que en otro departamentos, dado que los impuestos que generan una mayor carga para las empresas tienen tarifas menores en esos departamentos.

Cartagena es una ciudad que ha mantenido una tasa de desempleo de dos dígitos. Sin duda alguna, los cartageneros se han empobrecido muy a pesar de las altas tasas de crecimiento del sector industrial y petroquímico. Cartagena es también una de las ciudades de más alta concentración de ingreso, a pesar de esto la pobreza según datos oficiales (conclusiones del estudia del Sisben) es mayor al 60% de la población. Solo 3.5% de quienes tienen el privilegio de tener un empleo ganan más de 4 salarios mínimos legales vigentes y el 80% gana salarios básicos, es una ciudad sin una clase media estable, es de muy frágil sostenibilidad.

Empero, parece ser que la Administración Distrital piensa que a mayores impuestos a esta población podrían sacarla de la pobreza; se propone por ejemplo que el impuesto predial sea aumentado cuando lo que la ciudad necesita es que se priorice la generación de ingresos con políticas de choque que debe escoger entre hacer competitiva la ciudad, pero no a sus ciudadanos y mientras estos no sean competitivos, la ciudad en su conjunto no lo será.

El miembro de la Secretaria de Hacienda, Aarón Espinoza, manifestó que “la propuesta del estatuto tributario se fundamenta en el artículo 5 del Plan Nacional de Desarrollo, que valida el hecho de que el gobierno distrital intervenga en la redistribución de la riqueza y existe la necesidad de aumentar la inversión con recursos propios para escapar del atraso”, también afirmo que “el estatuto tributario actual es justo para los estratos 1y 2, en el sentido de que las tasas de cobro para diversas modalidades de impuesto son recíprocos a los ingresos con que cuentan. Por esta razón la reducción propuesta para los estos estratos es relativamente moderada. Mientras tanto para los estratos superiores, las tasas cobradas son ínfimas si se consideran su capacidad de ingresos, por lo cual se evidencia la necesidad de hacer alzas significativas para conseguir mayor justicia. En Cartagena el estrato más alto (nivel 6) paga 3.3 veces más que el menor estrato (nivel 1) por lo que se evidencia injusticia cuando la diferencia de ingresos es muchísimo mayor entre estos mismos estratos”.

Representantes

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