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Ventajas Y Desventajas De Los Juicios Orales En Mexico


Enviado por   •  17 de Abril de 2015  •  1.033 Palabras (5 Páginas)  •  589 Visitas

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PALABRAS CLAVES: oralidad, proceso, derechos, procedimientos, Ley, sentencia.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Ramirez Bejerano, E.E.: La Oralidad en el Proceso Civil. Necesidad, ventajas y desventajas, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, enero 2010, www.eumed.net/rev/cccss/07/eerb3.htm

Cuando decimos oralidad se hace empleando un término de común aceptación en el lenguaje de los procesalistas aunque es sabido que no hay ningún régimen de derecho positivo (salvo algún raro caso, como puede ser, el del Tribunal de Aguas de Valencia) exclusivamente oral sino mixto.

En el proceso mixto, esto es con una fase de proposición escrita (demanda y contestación) luego una o dos audiencias (orales) y después con apelaciones también escritas. En este proceso lo esencial es la comunicación entre el juez y las partes. Reconociendo que dentro del procedimiento no puede despreciarse un medio de comunicación tan preciso como la escritura. Lo que se rechaza es el proceso escrito y secreto, sin la concentración e inmediación que proporciona la celebración de la audiencia de pruebas y del debate oral.

En todas las épocas se ha pedido una aceleración del proceso con el fin de ahorrar ese tiempo durante el cual se producen los gastos que demanda el procedimiento. Según Couture “la justicia lenta no es justicia... la excesiva demo ra contradice la esencia de la función jurisdiccional que se ha erigido en principio constitucional- obtener la decisión de la causa en un plazo razonable- pues se considera que la demora excesiva de la justicia implica la violación de derechos humanos de los justiciables”.

No obstante, en la búsqueda de la justicia rápida no se debe olvidar las debidas garantías procesales debiendo existir un límite en la supresión o disminución de trámites, constituidos por aquellos que son imprescindibles para garantizar los derechos de las partes en juicio.

En general se proclama la garantía del debido proceso legal que requiere que las partes sean oídas, o sea, que tengan la posibilidad del contradictorio y un plazo razonable para ofrecer y producir sus pruebas y esgrimir sus defensas.

En la aplicación de soluciones concretas para cada caso debemos tener en cuenta los principios de aceleración y mantenimiento de las garantías indispensables para que pueda entenderse que existe el debido proceso legal.

El proceso oral se entiende en la aplicación de los siguientes principios:

- Predominio de la palabra como media de la expresión contemperada con el uso de escritos de preparación y documentación.

Si se mira sólo el elemento exterior de la oralidad y de la escritura puede conducir a equívocos en cuanto a la índole del proceso pues es difícil concebir un proceso escrito que no admita algún grado de oralidad y un proceso oral que no admita algún grado de escritura.

El principio de oralidad no puede entenderse como una discusión oral en la audiencia. Para Chiovenda, la oralidad, atenuada por los escritos que preparan el debate, garantiza, por el contrario, una justicia intrínsecamente mejor; la misma hace al juez partícipe de la causa y le permite dominarla mejor, evitando los equívocos tan frecuentes en el proceso escrito, en que el juez conoce por lo general la existencia de un proceso en el momento en que es llamado a decidirlo; la misma excita el espíritu del magistrado y del abogado y lo hace más sagaz, más rápido, más penetrante.

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