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Analisis De Contrato De Prenda Merccantil


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  400 Palabras (2 Páginas)  •  860 Visitas

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Análisis del contrato de prenda mercantil

El contrato de prenda, es aquel por el cual un deudor o un tercero, por afectar un bien mueble al pago de la deuda, se desposee del mismo a favor ya sea del acreedor, o ya sea de un tercero que conserva el bien para el acreedor si la prenda es otorgada por un tercero por lo cual es aquel mediante el cual el deudor entrega una cosa mobiliaria a su acreedor para la seguridad de la deuda.

Clasificación de las prendas: Con desplazamiento y sin desplazamiento

La prenda está sometida a algunos requisitos de validez y a ciertos requisitos oponibilidad.

Las dos partes del contrato son el estipulante o acreedor, que se beneficia de la garantía, y el constituyente, que es generalmente, aunque no se necesario, el deudor. Cuando el constituyente no es el deudor, lleva el nombre de fiador real.

Las partes deben ser capaces, al constituyente debe tener la capacidad de enajenar también debe ser propietario del objeto prendado, pero el acreedor que, de buena fe, reviva una prenda dominio.

La prenda es un contrato accesorio que comprende un crédito valido, del cual tomara la naturaleza civil o mercantil. La cosa empeñada debe ser un bien mueble enajenable, corporal o incorporal, fungible o no fungible, consumible o no consumible.

El contrato de prenda, debe ser redactado o mediante documento privado y registrado. El contrato de prenda ha sido tradicionalmente un contrato real, se exige la desposesión del deudor y la entrega de la cosa al acreedor, o al tercero convenido.

La exigencia de la incautación, por el acreedor prendario o por el tercero convenido, de los objetos dado en prenda habían constituido un obstáculo muy grabe para la creación de una pignoración cuando las mercaderías prendada fueran punibles. El contrato de prenda, hace que surja un derecho real a favor del acreedor prendario, y crea una obligación.

El acreedor pignoraticio: tiene un derecho de retención que el permite negarse a restituir la prenda mientras que no se le haya pagado íntegramente. Su derecho es indivisible. En principio, el acreedor prendario no puede usar la cosa ni percibir los frutos de la misa. No obstante, si la cosa dada en prenda es un crédito el acreedor prendario tiene el derecho de imputar los intereses de ese crédito sobre aquello que se debe a título de intereses y accesoriamente a título de capital.

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