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Contrato De Permuta


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  823 Palabras (4 Páginas)  •  739 Visitas

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CONTRATO DE PERMUTA

CONCEPTO

Es un contrato por virtud de cada una de las partes se obliga a transmitir la propiedad de una cosa a cambio de otra que a su vez recibe en propiedad, o dicho de otra manera: el cambio de cosa por cosa.

La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra. Es el cambio directo de cosa por cosa; es la forma natural de realizar el cambio, antes de la moneda y con ella, también es el antecedente histórico de la compraventa; en la actualidad vuelve a cobrar importancia en las transacciones internacionales.

CLASIFICACIÓN

Este contrato se clasifica como translativo de dominio, principal, bilateral, oneroso, conmutativo generalmente, aleatorio por excepción, instantáneo o de tracto sucesivo, consensual en oposición a real, consensual en oposición a formal, cuando el objeto de la permuta lo constituyen los bienes muebles, y formal cuando recae sobre bienes inmuebles.

ELEMENTOS ESENCIALES

*CONSENTIMIENTO

El consentimiento en este contrato es el acuerdo de las partes con la intención de transmitirse la propiedad de una cosa a cambio de la que se recibe en propiedad.

*OBJETO

Está constituido por las cosas que mutualmente se transmiten; y en aquellos en que hay una operación mixta, por una cosa y parte en numerario, a cambio de otra cosa. La cosa objeto del contrato debe existir en la naturaleza, ser determinada o determinable en cuanto a su especie y estar en el comercio. La falta de consentimiento o de objeto origina la inexistencia del contrato.

ELEMENTOS DE VALIDEZ

La ausencia de vicios de la voluntad, motivo, objeto, fin y condición lícitos, siguen las reglas generales de todo contrato; en lo que a forma se refiere, se aplican las reglas de contrato de compraventa, la permuta es un contrato formal cuando recae sobre bienes inmuebles, cuando el objeto del contrato lo constituye un bien mueble, la permuta es un contrato consensual.

La capacidad de las partes ambas deben tener en general para contratar y la especial para enajenar, se aplican las reglas que sobre la capacidad dl vendedor se exigen en la compraventa, pues de lo contrario el contrato estará afectado de nulidad relativa.

En la permuta ambas partes deben tener capacidad especial para enajenar, a efecto de que el contrato sea válido. La semicapacidad para los emancipados, respecto a los cuales no se permite la enajenación de los bienes inmuebles ni la constitución de gravámenes sobre los mismos, y que, por tanto, los coloca en incapacidad para enajenar tales bienes, es aplicable también para el caso de la permuta, cuando recae sobre dichos bienes inmuebles; pero así como el menor emancipado puede adquirir

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