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EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR


Enviado por   •  7 de Mayo de 2014  •  7.773 Palabras (32 Páginas)  •  374 Visitas

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CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN

Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN

SUPERIOR

ESTRUCTURA, POLÍTICAS, ESTRATEGIAS, PROCESOS Y PROYECCIONES

Septiembre, 2003

Asistencia Técnica UNESCO/IESALC

LA CALIDAD EN LA UNIVERSIDAD ECUATORIANA

PRINCIPIOS, CARACTERÍSTICAS Y ESTÁNDARES DE CALIDAD

1. BASE LEGAL DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-

1.1. ANTECEDENTES

Probablemente, el proceso más significativo de transformación, que inició la Universidad ecuatoriana en la última década del siglo anterior, fue la apertura a la aceptación de criterios de rendición social de cuentas, evaluación y acreditación de las Instituciones de Educación Superior. Esta iniciativa trascendió a la sociedad ecuatoriana provocando una reacción positiva y entusiasta en todos los sectores que la constituyen, reconociendo en ella una respuesta largamente esperada para sus demandas de transparencia respecto al quehacer educativo de las instituciones de educación superior; así como, la identificación de un camino viable para alcanzar la excelencia académica que el país percibe de igual manera como indispensable, para acceder a su pleno desarrollo y a niveles apropiados de competitividad en un mundo cada vez más globalizado.

Correspondió al Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas (CONUEP), en funcionamiento de entonces, el liderazgo para introducir esos innovadores conceptos, que arraigaron en la comunidad académica nacional, gracias a varios años de amplio y participativo debate en numerosos eventos que fueron organizados y auspiciados por el propio CONUEP, así como por varias instituciones universitarias y politécnicas, comprometidas profundamente con la transformación de la Educación Superior.

Es importante establecer el alcance que tiene la rendición financiera de cuentas y la rendición social de cuentas. La rendición financiera de cuentas es un proceso mediante el cual, las instituciones y entidades públicas y privadas, a través de la Contraloría General del Estado, rinden cuentas sobre sus ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos administrativos y custodia de bienes. En el caso de las instituciones del sector público la rendición financiera de cuentas se realiza sobre la totalidad de sus recursos y bienes. En el caso de entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, rentas u otros subvenciones de carácter público que reciban.

La rendición social de cuentas es un proceso mediante el cual, una institución de educación superior, pone en conocimiento de la sociedad, en términos de transparencia, todas las actividades que desarrolla y los servicios que ofrece, demostrando que son pertinentes y de calidad.

Las instituciones de educación superior están moral y legalmente obligadas a rendir cuentas, para transparentar a la sociedad la integridad institucional y la calidad de todos sus haceres en concordancia con los propósitos y objetivos del Sistema de Educación Superior, las necesidades nacionales y las declaraciones de su propia misión de acuerdo al Art. 70 de la Constitución. En ese proceso el SEAES es el garante de la calidad de las instituciones ante la opinión pública, es el que avaliza la fe pública, a través del sello de calidad que es la acreditación, como lo establece el Art. 79 de la misma Constitución.

1.2. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

La Constitución Política de la República del Ecuador, promulgada en el Registro Oficial No. 01 del 11 de agosto de 1998, en su Art. 79, como uno de los postulados para impulsar y desarrollar la calidad académica a través de la excelencia, establece como mandato constitucional lo siguiente: “Para asegurar los objetivos de calidad, las instituciones de educación superior estarán obligadas a la rendición social de cuentas, para lo cual se establecerá un sistema autónomo de evaluación y acreditación, que funcionará en forma independiente, en cooperación y coordinación con el Consejo Nacional de Educación Superior”.

La aplicación de este mandato constitucional, rige para todas las universidades y escuelas politécnicas legalmente establecidas en el país, así como para los institutos superiores técnicos y tecnológicos autorizados de acuerdo con la ley. Ninguna de las instituciones de educación superior, puede quedarse al margen de la evaluación y de la acreditación.

1.3. MARCO LEGAL

La Ley Orgánica de Educación Superior, aprobada mediante Ley No. 16, publicada en el Registro Oficial No. 77, del 15 de mayo del 2000, en el Art. 90, señala: “Se establece el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, que funcionará en forma autónoma e independiente, en coordinación con el CONESUP. Al Sistema, que integrará la autoevaluación institucional, la evaluación externa y la acreditación, deberán incorporarse en forma obligatoria las universidades, las escuelas politécnicas y los institutos superiores técnicos y tecnológicos del país”.

Concomitantemente con la disposición de la Carta Suprema, la Ley Orgánica de Educación Superior ratifica el establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación, como un organismo eminentemente autónomo e independiente. Sus relaciones con el CONESUP serán de coordinación, cooperación y de plena armonía. El proceso de autoevaluación incorporado por la ley, constituye un requisito "sine qua non" para acceder a la evaluación externa y la acreditación, prescritas en la Carta Magna y ratificadas por la Ley.

El inciso segundo del Art. 90 de la misma Ley dispone que “El Sistema se regirá por su propio reglamento”. La expedición de este Reglamento es atribución del Presidente de la República, de conformidad con el Art. 171, numeral 5 de la Carta Magna.

El Art. 92 de la citada Ley indica: “El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior estará dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, que se establece como organismo independiente del CONESUP…”

Así como el Sistema Nacional de Educación Superior está dirigido por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), así también, el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES), se encuentra dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA). Tanto el CONESUP como el CONEA, como entidades de derecho público, funcionarán en forma autónoma e independiente, manteniendo los principios de coordinación, cooperación y armonía, de conformidad con la Constitución y la Ley; así como, de acuerdo a los requerimientos de la comunidad universitaria.

El Art. 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece como funciones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación las siguientes:

a) “Promover la cultura de la evaluación en los organismos y las instituciones del Sistema de Educación Superior del país;

b) Fijar las políticas de evaluación y acreditación de los centros de educación superior;

c) Determinar las características, criterios e indicadores de calidad y los instrumentos que han de aplicarse en la evaluación externa;

d) Definir los términos de referencia básicos de la autoevaluación de los organismos y las instituciones del Sistema Nacional de Educación Superior;

e) Elaborar las normas, guías y documentación técnica necesarios para la ejecución de los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación;

f) Designar a los miembros del Comité Técnico de Evaluación y Acreditación;

g) Calificar, previo concurso, a las instituciones y consultores especializados, nacionales o internacionales, para la ejecución de procesos de evaluación externa y acreditación de los centros de educación superior;

h) Vigilar que los procesos de evaluación interna y externa se realicen de conformidad con las normas y procedimientos que para el efecto se establezcan y garantizar que sus resultados sean fruto de una absoluta independencia e imparcialidad;

i) Conocer y resolver sobre los informes y recomendaciones derivados de los procesos de evaluación;

j) Otorgar certificados de acreditación institucional, por programas y por carreras, a los centros de educación superior y unidades académicas que hayan cumplido con todos los requisitos exigidos para el efecto. Este certificado de acreditación tendrá carácter temporal;

k) Divulgar de manera amplia los resultados de los procesos de acreditación y los resultados de la evaluación externa, con el propósito de orientar a la sociedad sobre la calidad y características de las instituciones y programas del sistema;

l) Asesorar en el establecimiento y ejecución del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para la educación básica y media;

m) Elaborar informes y ponerlos a consideración de los organismos competentes;

n) Presentar anualmente un informe de sus labores al Congreso Nacional, al Presidente de la República, a la Asamblea de la Universidad Ecuatoriana, al CONESUP y al Consejo Nacional de los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos. Igualmente, enviará informes al Congreso Nacional cuando éste lo requiera; y,

ñ) Los demás que determine esta ley y el correspondiente reglamento.”

Es importante destacar la facultad que tiene el CONEA para diseñar los instrumentos técnicos y el cuadro normativo más adecuados para viabilizar la evaluación en las instituciones de educación superior (IESS). Sobre todo las características y estándares de calidad tendrán mayor relevancia cuando hayan sido publicados en el Registro Oficial correspondiente.

1.4. BASE REGLAMENTARIA

Para dar lugar a la aplicación del Art. 90 y siguientes de la Ley Orgánica de Educación Superior, el Gobierno Constitucional de la República del Ecuador, presidido por el doctor Gustavo Noboa Bejarano, mediante Decreto Ejecutivo No. 3093, publicado en el Registro Oficial No. 666, del 19 de septiembre del 2002, promulgó el Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.

El Art. 8 de este Reglamento establece: “Son funciones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, además de las establecidas en el artículo 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior:

a) Aprobar su presupuesto;

b) Aprobar el Orgánico Estructural y Funcional del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación;

c) Aprobar los reglamentos especiales que señale la ley;

d) Adjudicar previo informe del Comité Técnico, la ejecución de los trabajos previstos en el Art. 93, literal g) de la Ley Orgánica de Educación Superior, así como los trabajos de consultoría requeridos para llevar adelante el proceso de evaluación y acreditación de la educación superior;

e) Preparar y ejecutar planes de capacitación para formar especialistas en evaluación de la educación superior; y.

Emitir los informes y documentos de trabajo de acuerdo con la ley y los reglamentos”.

2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (SEAES).-

El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, se integra con los siguientes elementos:

a) El componente institucional: Universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores, técnicos y tecnológicos.

b) El organismo acreditador: Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA)

c) El componente legal: Constitución Política de la República, Ley Orgánica de Educación Superior, Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación y otros reglamentos.

d) El componente técnico: Características y estándares de calidad, guías de autoevaluación, manual de evaluación externa y otros instructivos y documentos técnicos.

e) Los procesos de evaluación y acreditación.

f) Los usos y beneficios de la evaluación y acreditación.

3. ESTRUCTURA DEL CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN (CONEA).-

El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del Ecuador de acuerdo al Art. 92 de la LOES, está dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA), el cual está compuesto por:

a) “Dos académicos designados por el Presidente de la República, de ternas elaboradas por la Asamblea Universitaria, calificados por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), de fuera de su seno;

b) Dos académicos designados por el Congreso Nacional, de ternas elaboradas por la Asamblea Universitaria, calificadas por el CONESUP, de fuera de su seno, uno de ellos podrá ser el candidato propuesto por las federaciones nacionales de estudiantes públicos y particulares;

c) Un vocal designado por el Ministerio de Educación y Cultura;

d) Un vocal designado por las federaciones nacionales de los colegios profesionales del país;

e) Un vocal designado por el organismo estatal de ciencia y tecnología; y,

f) Un vocal designado por la Federación de Cámaras de la Producción.”

El Presidente es elegido de entre los miembros del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación. La calidad de miembros del Consejo está regulada por la Constitución Política del Estado y la Ley de Educación Superior.

El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación cuenta con un organismo técnico – académico, la Secretaría Técnica y esta a su vez con la Secretaría General y el Comité Técnico de Evaluación y Acreditación.

El Comité Técnico que es el organismo encargado del asesoramiento y sistematización de la evaluación, acreditación y control de los procesos está integrado por siete académicos de diferentes especialidades profesionales con más de diez años de docencia, preferentemente con título de postgrado (maestría o Ph.D.) y con capacitación y experiencia en los procesos de evaluación y acreditación. Dos de ellos son el Director de Evaluación y el Director de Acreditación, los cinco académicos restantes son designados por el Consejo mediante un proceso de selección reglamentado especialmente por el Consejo.

Una síntesis de la base constitucional, legal y reglamentaria que sustenta el presente documento técnico se presenta en el anexo 1.

La estructura y funciones de la Secretaría Técnica están determinadas en el Reglamento Interno y se representan en el organigrama ( ver gráfico 1).

Gráfico 1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL CONEA

4. LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COMO SISTEMA VINCULADO CON LA SOCIEDAD.-

Los centros de educación superior, y en especial las universidades, son organizaciones que provienen del entorno social en que están inscritas y responden a sus características, intereses y evolución histórica, incluso de determinados segmentos de la sociedad, ello explica fehacientemente porque no hay dos universidades o instituciones de educación superior iguales, quizá ni semejantes. Las numerosas y variadas interacciones que a lo largo de la vida institucional se han producido con el medio, han modelado sus fines y propósitos, incidido determinantemente en su oferta académica y orientado sostenidamente el rumbo de sus actividades investigativas.

La razón de ser de las instituciones de educación superior ecuatorianas, no es otra, que dar respuesta a las necesidades de la sociedad, así como atender con pertinencia y oportunidad a una serie de demandas de ésta, relacionadas fundamentalmente con la formación de recursos humanos y la solución de los problemas que la aquejan a través de la investigación, cuyos productos están llamados a generar procesos de cambio y desarrollo de la colectividad, para proveer de progreso y bienestar a las personas.

Para que los servicios que entregan las instituciones del sistema de educación superior a la sociedad sean de calidad, se debe conocer el tipo de sociedad que necesitamos; y, en función de ello, saber que tipo de hombre y mujer se requiere formar. Esto nos lleva a pensar en la necesidad de conocer a profundidad las demandas de esa sociedad y el rol que cumplen sus componentes como son el Estado, la empresa y otras organizaciones sociales.

Tal situación demanda una constante vinculación y diálogo entre las instituciones de educación superior y la colectividad, para reflexionar en las alternativas de desarrollo y apoyarse mutuamente en la difícil tarea de contribuir desde sus competencias a la construcción de un futuro mejor.

Enfrentar este reto, constituye para las instituciones de educación superior un verdadero desafío. Implica repensar el hacer institucional, planificar y desarrollar sus procesos en forma más eficiente y eficaz. Significa revisar su Visión, Misión, sus objetivos y propósitos constante y sistemáticamente, en función de país.

Una forma de hacerlo y quizá la más adecuada, sea pensando y actuando como sistema, capaz de que interactúe dinámicamente con el entorno, obteniendo de él los recursos o insumos que necesita, para que mediante un proceso eficiente de transformación, los convierta en productos o servicios que los devuelva a esa sociedad.

Para conocer si las instituciones del sistema nacional de educación superior están trabajando bien, con calidad, pertinencia social y transparencia, requiere evaluarse como un todo, considerando el conjunto de los elementos que las constituyen y las relaciones entre ellos y atendiendo al modo cómo se corresponden las necesidades sociales y la Visión y Misión institucional. En definitiva, asumiendo con responsabilidad la rendición social de cuentas a la sociedad, a través de la acreditación.

En el gráfico 2 se presenta la visión del trabajo universitario como sistema:

Gráfico 2. El trabajo universitario visto como sistema

5. LA EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN EN LA PROPUESTA DEL CONEA.-

La propuesta de evaluación y acreditación del CONEA, se orienta a cumplir los objetivos fundamentales señalados por la Ley Orgánica de Educación Superior en su Art. 90, que hace referencia al fomento y aseguramiento de la calidad de los centros de educación superior y viabilizar la rendición social de cuentas.

La experiencia internacional, muy rica y extendida, demuestra más allá de toda duda, la utilidad de los procesos de evaluación y acreditación para el logro de esos propósitos, ahora le toca al Sistema Nacional de Educación Superior, por necesario acatamiento a las disposiciones legales, y por supuesto, por así convenir al desarrollo de la educación superior del país, iniciar la aplicación de la evaluación y acreditación.

La evaluación en este documento, se plantea como un proceso de reflexión sistemático que posibilita conocer, interpretar, comprender y explicar las distintas situaciones del hacer universitario, y desde esa posición, emitir juicios de valor fundamentados y adoptar decisiones orientadas a cambiar y mejorar la institución, corrigiendo errores y fortaleciendo aciertos, superando las debilidades y apoyándose en las fortalezas, para estructurar y consolidar un programa de mejoramiento sostenido y continuo.

Esta propuesta de evaluación y acreditación se aplicará, para la ejecución y concreción de sus objetivos específicos, en las instituciones de educación superior, en los programas y en las carreras.

La evaluación institucional se aplicará fundamentalmente a nivel universitario de pregrado y en los institutos superiores técnicos y tecnológicos, en tanto que la evaluación por programas se ejecutará en el nivel de postgrado y en la enseñanza a distancia y virtual.

La evaluación en un proyecto de fomento y aseguramiento de la calidad, es considerada como un proceso complejo que consta de dos fases: la autoevaluación y la evaluación externa; cada una de ellas con diferentes actores e instancias responsables de su planificación y ejecución. Sin embargo, es preciso que se considere a la evaluación institucional y de programas o carreras como un todo, en el que hay dos instituciones interactuando estrechamente: el CONEA y la Institución de Educación Superior en proceso de evaluación y acreditación, ambas con el mismo objetivo primordial, el mejoramiento de la calidad de las instituciones de educación superior, pero con roles y responsabilidades diferentes que para alcanzar un logro exitoso, deben concretar altos niveles de transparencia, confianza y colaboración mutua. Para hacer posible que estos propósitos se cumplan, los procesos de evaluación en esta propuesta tienen diseñadas unas características coherentes que se enuncian en el numeral 6, más adelante.

Nos proponemos entonces acercarnos a un modelo de evaluación institucional que se caracteriza por ser histórico, integral, participativo y transformador, que busca comprender, mejorar e innovar el proyecto de educación superior del país

Desde esta óptica, es preciso reconocer que la evaluación de las instituciones de educación superior tiene múltiples referentes. Uno de ellos es la Visión, Misión, propósitos y objetivos institucionales que rige las acciones del centro de educación superior que son insustituibles herramientas de construcción y evaluación de la calidad, entendida como la capacidad de realizar y alcanzar sus fines manifiestos. Otro referente obligado es, las necesidades y expectativas del contexto social específico en que se halla inmersa y con el que interactúa, así como también, necesariamente, las necesidades formativas y de desarrollo de la persona individualmente considerada; y si de evaluación tratamos, de su concepto deviene la necesidad inevitable de introducir el referente de la comparación, pero en esta propuesta, no se trata de comparar instituciones diferentes, se trata en este caso de confrontar el hacer institucional con su Visión, Misión y un conjunto de características y estándares de calidad, consensualmente establecidos, eso sí, respetando las particularidades y especificidades de cada proyecto institucional y su contexto.

Por estas consideraciones el Art. 25 del Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación, establecen como referentes obligatorios de la evaluación a:

a) Las características y estándares de calidad aprobadas por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación; y,

b) La Misión, visión, propósitos y objetivos institucionales o del programa, de la institución del Sistema Nacional de Educación Superior.

De acuerdo al Art. 90 de la LOES, las grandes fases del proceso de evaluación son la autoevaluación institucional, la evaluación externa y la acreditación.

5.1 AUTOEVALUACIÓN

La autoevaluación es el riguroso y sistemático examen que una institución realiza, con amplia participación de sus integrantes a través de un análisis crítico y un diálogo reflexivo sobre la totalidad de las actividades institucionales o de un programa específico, a fin de superar los obstáculos existentes y considerar los logros alcanzados, para mejorar la eficiencia institucional y alcanzar la excelencia académica.

La institución de educación superior que persiga mejorar su autorregulación necesariamente debe autoevaluarse, revisando continua y sistemáticamente sus tareas, su organización y funcionamiento, así como sus objetivos, políticas y estrategias relacionadas al cumplimiento de las funciones universitarias. Deberá establecer un eficiente sistema de información y conectar los resultados a la planificación del desarrollo institucional, para dar lugar a procesos sostenidos de mejoramiento.

Para que la autoevaluación cumpla con estos propósitos, debe adoptar una contextualización referida a su Visión, Misión y proyecto institucional, realizable en un ambiente apropiado y con alto grado de participación de sus estamentos, analizar a la institución o programa como un todo y no como la simple suma de sus partes, incluir en el examen a todas las funciones y actividades de la institución o programa, sin excepciones; y, presentar en su informe final una imagen documentada de la institución que le permita a la sociedad un acercamiento sin distorsiones al desempeño institucional.

La responsabilidad de la planificación y ejecución de la autoevaluación corresponde a cada institución de educación superior, pero cuando ésta sea parte del proceso de acreditación, deberá regirse por las características, y estándares e indicadores de calidad, así como las guías, normas y términos de referencia básicos definidos por el CONEA, sin perjuicio de ajustar éstos a su propia realidad institucional. El CONEA se constituye en todo el proceso de autoevaluación en un ente veedor, asesor y de apoyo.

5.2 EVALUACIÓN EXTERNA

La evaluación externa es el examen que el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, como organismo acreditador, realiza a través de pares académicos, de las actividades integrales de una institución de educación superior o de un programa específico de determinada institución, para verificar que su desempeño cumple con las características y estándares de calidad y que sus actividades se realizan en concordancia con la misión, visión, propósitos y objetivos institucionales, de tal manera que pueda certificar ante la sociedad la calidad académica y la integridad institucional. El informe de la autoevaluación es la base de la evaluación externa.

La evaluación externa deberá llevarse a cabo con estricto respeto para la autonomía universitaria y a las particularidades propias de cada institución de educación superior; será equitativa, imparcial y de alto contenido ético.

Las instituciones de educación superior tendrán amplia participación en todas las etapas de este proceso como lo garantiza el Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación y el Manual de Evaluación Externa.

5.3 ACREDITACIÓN

La acreditación es la certificación que el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación confiere a una institución, carrera, programa o unidad académica del Sistema Nacional de Educación Superior, haciendo público al país, la claridad de su Visión, Misión, objetivos de calidad de sus procesos académicos, la eficiencia de su gestión, la coherencia de sus propósitos y recursos, investigación y planeamiento que garantice un desempeño sostenido de calidad de institución acreditada.

Para extender la acreditación, el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación tomará en consideración el informe de autoevaluación, el informe de evaluación externa y el informe del Comité Técnico de evaluación y acreditación, resolverá, de manera inapelable, sobre la solicitud de acreditación presentado por una institución de educación superior. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación podrá resolver:

a) Conceder la acreditación a la institución solicitante; por el período de vigencia establecido en la Ley de Educación Superior;

b) Conceder una acreditación condicionada a la introducción de los cambios señalados en la resolución; y,

c) Negar la acreditación.

Cuando el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación conceda la acreditación deberá publicar por una sola vez en tres diarios de circulación nacional, la resolución fundamentada de esa acreditación.

6. ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-

Los principales aspectos que caracterizan el proceso de evaluación y acreditación son:

a) Obligatoriedad. Esta característica guarda concordancia con el Art. 79 de la Constitución Política de la República y el Art. 90 de la Ley Orgánica de Educación Superior, que establece que es obligatorio para todas las instituciones de educación superior del país, la rendición social de cuentas a través del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior. La oportunidad de acceder a los procesos de evaluación y acreditación, es voluntaria dentro del plazo estipulado en el Art. 29 del Reglamento General del SEAES. Inclusive, si la autoevaluación es únicamente con fines de mejoramiento y no de acreditación, ésta es totalmente voluntaria, donde no interviene el ente acreditador.

b) Autonomía e independencia. Los entes de evaluación y acreditación deben ser autónomos e independientes para garantizar la imparcialidad de sus procedimientos.

c) Contextualización. La acreditación debe tener en cuenta las características del desarrollo del país, del Sistema Educativo y las que son propias de cada institución y programa evaluado, así como la naturaleza de la institución y los valores que promueve.

d) Participación. Debe garantizar la contribución democrática de los diversos sectores universitarios en la definición de la calidad y en el proceso de determinación de la misma, así como la participación de las instituciones en la selección de los evaluadores externos.

e) Periodicidad. La evaluación universitaria debe ser permanente en la institución. Los periodos de acreditación serán prefijados y solo variarán cuando ocurra un cambio sustancial en la institución acreditada.

f) Flexibilidad. La evaluación y acreditación deben tomar en consideración las características de las instituciones y de los programas, por lo tanto no se darán procesos estandarizados ni repetitivos.

g) Intransferibilidad. La acreditación que haya obtenido una institución universitaria un programa o carrera, no podrá ser trasladada a otra, ni siquiera a una extensión de la propia institución.

h) Credibilidad. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, respetarán y preservarán la naturaleza y régimen jurídico de las instituciones de educación superior, demostrarán imparcialidad y estricto sentido ético; y se regirán preferentemente por criterios académicos y de gestión.

i) Publicidad. Para el buen cumplimiento de sus propósitos la acreditación deberá ser pública y respaldada o fundamentada en un resumen que exprese las razones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación para concederla.

j) Formalización. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, están estatuidos jurídicamente en la Constitución Política del Ecuador, en la Ley Orgánica de Educación Superior, en el Reglamento del Sistema General de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior y demás instrumentos legales vigentes.

Economía. Los procesos mencionados deberán manejarse de manera eficiente, de tal forma que prevalezca el criterio de inversión, para las instituciones de educación superior y el Estado.

7. OBJETIVOS DEL SEAES.-

De acuerdo al Art. 91 de la Ley Orgánica de Educación Superior, los objetivos del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior son:

a) Asegurar la calidad de las instituciones de educación superior y fomentar procesos permanentes de mejoramiento de la calidad académica y de gestión en los centros de educación superior, para lo cual se integrarán los procesos de autoevaluación institucional, evaluación externa y acreditación;

b) Informar a la sociedad ecuatoriana sobre el nivel de desempeño institucional de los establecimientos de educación superior, a fin de garantizar su calidad, propiciando su depuración y mejoramiento;

c) Viabilizar la rendición social de cuentas del CONESUP y de los centros de educación superior, en relación con el desarrollo integral que requiere el país y sobre el cumplimiento de su misión, fines y objetivos;

d) Contribuir a garantizar la equivalencia de grados y títulos dentro del país e internacionalmente; y,

e) Contribuir a que los procesos de creación de universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos respondan a reales necesidades de la sociedad.

8. POLÍTICAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-

Para imprimir claridad, énfasis y prioridad en el logro de los objetivos propuestos, se han previsto las siguientes políticas:

a) Se generará y promoverá una cultura de evaluación en las instituciones de educación superior y en su entorno, factor fundamental para el éxito del Sistema, especialmente en sus primeras etapas, debido a la inexistencia de experiencias en este campo en el país. Deberá concederse máxima prioridad y especial énfasis a preparar actividades que conduzcan a este propósito desde el inicio del proyecto y luego, permanentemente durante su desarrollo.

b) Se estimularán actividades y mecanismos que se orienten a favorecer, construir y afirmar logros de calidad en el hacer universitario. La búsqueda de la calidad y el logro de la excelencia serán guía y motivación permanente en las acciones de todos los actores del proceso, a lo largo de la formación y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.

c) Se identificarán y aplicarán constantemente estrategias y mecanismos que se orienten a lograr sostenidamente, el establecimiento de nuevas relaciones de interacción con la sociedad civil y el Estado, basadas en la credibilidad, confianza mutua y en la calidad e integridad de las instituciones de educación superior, demostrada por medio de la acreditación.

d) Se procederá a incorporar permanentemente durante la construcción del sistema y su funcionamiento, conceptos actualizados, procesos eficientes y normas de calidad en la evaluación y acreditación, cuidadosamente contextualizados a nuestra realidad.

e) Se adoptarán estrategias y procedimientos eficaces que aseguren la credibilidad y validez nacional e internacional del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES); y, se mantendrá sobre ellos seguimiento y evaluación permanente.

f) Se precautelará la autonomía, independencia e imparcialidad del SEAES. También se asegurará conceptual, metodológica y sistemáticamente la naturaleza autorreguladora de la propuesta, buscando así potenciar la capacidad de las instituciones para su propia transformación.

g) Para reafirmar la garantía de calidad integral de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Educación Superior, la autoevaluación será institucional e involucrará a todo el nivel de pregrado, así como a los institutos superiores técnicos y tecnológicos, en tanto que para la educación del postgrado y educación a distancia y virtual, por tener características especiales y particulares, la evaluación será por programas.

9. ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-

Para el apropiado cumplimiento de las políticas expuestas, se plantean las siguientes estrategias:

a) La participación de los actores, individuales e institucionales, será estimulada y garantizada en todas las fases y etapas de la evaluación y acreditación. Solo un proceso con irrestricta participación de los estamentos universitarios y de las instituciones de educación superior, en su caso, puede garantizar su eficacia y asegurar los cambios futuros.

b) El CONEA, las universidades y escuelas politécnicas y los institutos superiores técnicos y tecnológicos, deberán concertadamente desarrollar un esfuerzo sistemático para formar una cultura de la evaluación en la comunidad universitaria y en el país. Se diseñarán para eso campañas de información en los medios de comunicación social, seminarios, cursos, conferencias, encuentros, etc. En fin toda actividad que contribuya a este propósito.

c) Se gestionarán acuerdos y convenios interinstitucionales, tanto en el país como en exterior, para obtener información, asesoría, pasantías y todo tipo de colaboración que respalde y apoye el funcionamiento del CONEA y su Secretaría Técnica con características de excelencia. Explícitamente, se harán los contactos internacionales que permitan establecer vínculos permanentes entre el CONEA y los sistemas internacionales de evaluación y acreditación universitaria.

d) Se buscará establecer intensos nexos de trabajo con el CONESUP y cada una de las instituciones de educación superior para asegurar complementariedad, coordinación y participación en las acciones.

e) El financiamiento del SEAES para ser eficaz, deberá diversificarse en su procedencia a fin de que no provenga únicamente del Estado, para ello se gestionarán aportes de otras fuentes en el país y en el exterior así como llevar adelante programas de autogestión.

f) Para fomentar el interés de las instituciones de educación superior por los proyectos de cambio producto de la evaluación y reconocer los logros alcanzados, se gestionarán fondos para financiar esos proyectos de cambio y facilidades de acceso a fuentes de crédito para las instituciones integrantes del sistema, entre otras medidas de estímulo.

g) Se realizará una cuidadosa y permanente actualización de la reglamentación. Al Reglamento General del SEAES deberán trasladarse todos los productos de las diferentes actividades de análisis que se realicen, las opiniones recogidas de los centros de educación superior así como de los expertos, organismos y entidades de la sociedad civil y del Estado.

h) Se mantendrá un intercambio fluido de criterios con el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y otros sectores gubernamentales, Congreso Nacional, colegios profesionales y sectores productivos relacionados con los propósitos y objetivos del SEAES, de esta manera se buscará superar el distanciamiento que pudiera subsistir, a diferentes niveles, con algunos de esos importantes sectores del Estado y la sociedad civil; y profundizar las relaciones de trabajo con otros. Se conservará permanentemente transparencia y objetividad en las relaciones con los interlocutores y se tratará de establecer consensos amplios en los aspectos fundamentales que tienen que ver con el logro de los objetivos del SEAES.

10. USOS Y VENTAJAS DE LA ACREDITACIÓN.-

Deben establecerse los usos y ventajas que las instituciones de educación superior darán y recibirán de los productos de la evaluación y acreditación y lo que les significará incorporarse al SEAES.

Entre los usos más frecuentes que de los productos de la evaluación y la acreditación se hacen, están:

a) Para la autorregulación de las instituciones mediante la retroalimentación de los procesos académicos en busca de la excelencia y de los procesos económico- administrativos para el logro de la eficiencia.

b) Para informar a la sociedad y en especial a los futuros estudiantes, sobre la calidad institucional.

c) Para obtener recursos financieros para las instituciones:

Los esfuerzos se orientarán a conseguir los siguientes beneficios para las instituciones de educación superior acreditadas:

a) Lograr prestigio y respeto social, en razón de la credibilidad que recibirán sus actividades académicas y sus propuestas.

b) Alcanzar que el Estado y el CONESUP distribuyan recursos financieros dando prioridad, progresivamente, a los indicadores institucionales con alto nivel de desempeño, incluidos en el proceso de Evaluación y Acreditación.

c) Acceder a recursos especiales que puedan ser asignados para financiar proyectos específicos de mejoramiento de la calidad ya que por estar acreditadas, han demostrado aptitud y capacidad para llevarlos a cabo eficientemente.

d) Contribuir para que se conceda la autorización para desarrollar programas de postgrado.

e) Prioridad para los créditos y fondos no reembolsables ante las fuentes de financiamiento oficiales y para obtener el aval del Estado para tramitar empréstitos internacionales.

f) Facilitar la rendición social de cuentas.

11. SITUACIÓN ACTUAL Y PROYECCIONES DEL SEAES.-

11.1 SITUACIÓN ACTUAL

El Comité Técnico del CONEA, a fin de conocer la realidad actual del impulso que las instituciones que integran el Sistema de Educación Superior vienen dando a la evaluación interna en sus centros de educación superior, solicitó información a través de un cuestionario a las universidades e institutos superiores técnicos y tecnológicos, utilizando una muestra significativa del 40 %, producto de lo cual se obtuvo los siguientes resultados:

a) Conformación de la comisión de autoevaluación en las universidades y escuelas politécnicas del país.

La Ley de Educación Superior, en su Capítulo VI: “DEL GOBIERNO DE LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, en su Art. 29 establece: “Los órganos colegiados de los centros de educación superior que se conformarán de manera obligatoria serán la Comisión de Evaluación Interna y la Comisión de Vinculación con la Colectividad, cuyos fines, organización, integración, atribuciones; y, deberes deberán ser normados por el estatuto, de conformidad con esta ley”.

De acuerdo al gráfico 3 (anexo 2) se concluye que el sector de las universidades en un 29.4 % aún no han cumplido con éste requisito de ley; es decir, constituir en forma total y definitiva la respectiva Comisión de Evaluación Interna.

b) Ámbito de la evaluación realizada en las instituciones.

Según se puede observar en el gráfico 4 (anexo 3), la mayoría de los procesos y acciones de evaluación realizadas hasta el momento, se han dirigido hacia los ámbitos de desempeño docente, administrativo y de programas específicos; y en menor grado, a la evaluación institucional, de carreras y de unidades académicas. Consecuentemente, se deberá dar énfasis en el carácter integral que tienen estos procesos para poder atender el requerimiento de ley que apunta precisamente a la evaluación con fines de acreditación institucional y programas académicos y carreras.

c) Documentos institucionales generados en los procesos de evaluación

Se observa en el gráfico 5 (anexo 4), que prácticamente todas las instituciones han generado cierto tipo de documentos relacionados con la evaluación de sus actividades porque, de estos, el 82% constituye documentación vinculada con el diseño de lineamientos e informativos de carácter general. En lo referente a la producción de manuales y guías , se observa que ha sido mínima aunque justificable por el hecho de que el funcionamiento del CONEA es reciente.

d) Actividades desarrolladas en evaluación.

Es interesante observar que las universidades y escuelas politécnicas del país, han desarrollado eventos encaminados a difundir las experiencias obtenidas en evaluación, con la participación de especialistas nacionales e internacionales.

Debido a que la legislación oficial respecto a la evaluación de instituciones de educación superior con fines de acreditación es reciente, la mayoría de eventos se han realizado para estudiar y compartir la experiencia de carácter nacional (83%) como se observa en el gráfico 6 (anexo 5) y apenas un 17% a nivel internacional, gráfico 7 (anexo 5). Consideramos que con la presencia oficial del CONEA se dará énfasis en la organización y ejecución de diversas actividades académicas relativas al tema de la evaluación para aprovechar, la experiencia tanto nacional como internacional acumulada en las diversas instancias y organismos encargados de los procesos de evaluación y acreditación.

e) Plan de desarrollo institucional

La Ley de Educación Superior en su Capitulo IV “DE LA CREACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITÉCNICAS” Art.17, Literal a), numeral 3 indica que: “Un plan estratégico de desarrollo institucional para el mediano y largo plazos, que contemple la misión, visión, objetivos, estrategias, líneas de acción y resultados esperados”.

El procesamiento de la información proporcionada, demuestra que las universidades y escuelas politécnicas del país en un apreciable 59 % tienen una notoria preocupación por cumplir con esta normativa. La Ley Orgánica de Educación Superior, en su Disposición General Segunda señala que: “Todos los centros de educación superior elaborarán planes operativos cada año y un plan estratégico de desarrollo institucional concebido a mediano y largo plazo, según su propia orientación”. Al respecto las instituciones en un 70% manejan planes operativos.

Se puede apreciar que han dado preferencia a los programas de desarrollo (78%). Ver gráficos 8, 9 y 10 del anexo 6.

f) Necesidades de capacitación en evaluación

EL Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, Decreto Ejecutivo No. 3093, R.O. No. 666, publicado el 19 de Septiembre del 2002, en DISPOSICIONES GENERALES, contempla la SEXTA, que dice: “El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación está obligado a brindar capacitación al personal académico de las universidades y escuelas politécnicas que van a iniciar procesos de autoevaluación y a dar asistencia técnica, durante el mismo si lo solicitan”.

Según lo demuestra el gráfico 11 (anexo 7) existe una elevada demanda de capacitación tanto para autoevaluación como para evaluación externa por lo que es necesario, de manera inmediata, iniciar procesos de formación y capacitación de especialistas en autoevaluación institucional y evaluación externa, a nivel de las instituciones que conforman el Sistema de Educación Superior, para lo cual, el CONEA se encuentra tramitando el apoyo de instituciones nacionales e internacionales.

Adicionalmente y como complemento a esta breve referencia sobre la evaluación en las IES ecuatorianas, nos referiremos a la aplicación de Sistemas de Gestión de la Calidad. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA), aprecia el interés y esfuerzo por mejorar la calidad de algunos centros de educación superior del país, al haber diseñado y aplicado o encontrarse en la fase de implementación de Sistemas de Gestión de la Calidad, basados en modelos como el de la International Standard Organization (ISO 9000), European Foundation Quality Management (EFQM) y otros.

La aplicación de estos modelos que concluyen con la certificación por parte de una agencia internacional, contribuyen al mejoramiento de la calidad y facilitan la aplicación del modelo de autoevaluación y acreditación del CONEA pero no lo sustituyen, ya que, por mandato legal, sólo éste puede acreditar a las instituciones del sistema de educación superior.

No obstante, recomendamos que dichos modelos incluyan, entre otras, las siguientes exigencias de la educación superior, como:

- Que sean contextualizados

- Que garanticen el desarrollo docente y de investigación

- Que garanticen la eficiencia y eficacia de los procesos de gestión y administración universitaria

- Que se basen en datos veraces y confiables

- Que se constituyan en plataforma del planeamiento integral

- Que faciliten la transparencia institucional y la rendición social de cuentas.

- Que incluya un plan de acción o mejoramiento.

11.2 PROYECCIONES

El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del Ecuador viene desarrollando sus actividades desde octubre del 2002. Sus acciones iniciales y propósitos generales están orientados hacia el cumplimiento de las siguientes metas:

a. Cubrir en cinco años los procesos de evaluación y acreditación a todo el sistema de Educación Superior o por lo menos a un elevado porcentaje de ellos de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento General.

b. Contribuir sustancialmente a lograr importantes mejoras de la calidad académica y administrativa de las instituciones de educación superior, de acuerdo con la Visión, Misión y plan institucional de cada una ellas.

c. Lograr que la pertinencia interna y externa de las instituciones de educación superior mejoren significativamente y que la superación y mejoramiento de la confiabilidad les permita alcanzar un mejor posicionamiento social.

d. Que un número importante de universidades y escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos, alcancen un nivel de calidad de acuerdo a estándares internacionales y que las demás instituciones se encuentren en este proceso para alcanzar el nivel de calidad deseado.

e. La labor del CONEA en la tarea de difusión de los principios, objetivos, métodos y beneficios de la evaluación y acreditación servirá de base para generar una cultura básica de la evaluación en las instituciones de educación superior y en la sociedad ecuatoriana.

f. En los próximos años el CONEA se habrá posicionado en la sociedad como una Institución clave para el mejoramiento de la calidad de la educación superior ecuatoriana y habrá alcanzado la confianza de la sociedad gracias a la fundamentación académica y técnica de los procesos, el sólido basamento ético y moral, a la equidad e imparcialidad en sus procedimientos; y a haber logrado incorporar una masa crítica importante, de calificados académicos ecuatorianos en todos los haceres de la institución.

Para conseguir esta importante proyección futura el CONEA tiene previsto las siguientes actividades inmediatas que se derivan de las políticas y estrategias institucionales:

a) Elaborar las características y estándares de calidad para las universidades y escuelas politécnicas, validarlas y publicarlas.

b) Elaborar la Guía de Autoevaluación a ser utilizada por las Universidades y Escuelas Politécnicas, validarla y publicarla.

c) Elaborar la Guía de Autoevaluación para los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos, validarla y publicarla.

d) Elaborar el Manual de Evaluación Externa para las instituciones de educación superior, validarlo y publicarlo.

e) Elaborar la Guía de Autoevaluación y el Manual de Evaluación Externa para la Acreditación por programas de: postgrado y de educación a distancia y virtual, validarlos y publicarlos.

f) Capacitar a los integrantes de las Comisiones de Evaluación Interna de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del país para el desarrollo de la autoevaluación.

g) Atender las solicitudes de capacitación que formulen las instituciones de educación superior del país.

h) Formar y capacitar a los evaluadores externos para el proceso de evaluación externa con fines de acreditación de las instituciones de educación superior.

i) Formar y capacitar al personal técnico del CONEA involucrado en la gestión a fin de asesorar a los autoevaluadores de las institucionales de educación superior y verificar y monitorear el trabajo de los evaluadores externos.

j) Fomentar y promover a nivel nacional el desarrollo de una cultura de evaluación y acreditación, a través de actividades sistemáticas y permanentes.

Por otra parte, el CONEA explorará constantemente la posibilidad de obtener colaboración y apoyo, tanto en el país como en el exterior, de organizaciones e instituciones similares, que comparten su interés, fines y objetivos en la educación superior, para establecer alianzas estratégicas. A la fecha se han suscrito acuerdos y convenios con las siguientes organizaciones:

- Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina y el Caribe- UNESCO/IESALC.

- Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA

- Red Iberoamericana para la Evaluación y la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior, RIACES.

- Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria- CONEAU- Argentina.

- Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación –ANECA – España

- Consejo Nacional de Acreditación (CNA) de Colombia.

- Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado de Chile (SNAP).

- Asociación de Facultades Ecuatorianas de Filosofía y Ciencias de la Educación– AFEFCE; y,

- Colegio Nacional de Ingenieros Agrónomos - CONIA.

Con los antecedentes y actividades mencionadas y con el trabajo de todas las instituciones de educación superior del país, estamos cumpliendo con el reto del mejoramiento de la calidad de la educación e iniciando el establecimiento de una nueva relación de trabajo interactivo con el entorno social, gracias a la confianza derivada de la rendición social de cuentas.

12. Bibliografía.-

1. COLOMBIA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, 1997, Consejo Nacional de Acreditación. “Guía para la Autoevaluación con Fines de Acreditación de Programas de Pregrado”. Guía de Procedimientos- CNA 02. Santafé de Bogotá, D.C. p. 6-9.

2. ECUADOR, CONEA, 2003, “Antecedentes, Situación Actual y Perspectivas de la Evaluación y la Acreditación de la Educación Superior en el Ecuador”, Quito-Ecuador, Serie 1: Junio, p. 42.

3. ECUADOR, CONEA, 2002, “Primer Encuentro Sobre Evaluación y Acreditación de la Educación Superior en el Ecuador”, Quito- Ecuador, Serie de Eventos 1:10,11,12, p 119.

4. ECUADOR, CONESUP, 2000, “Guía de Procedimientos para la Autoevaluación Institucional” Segunda Edición, p. 229, Quito-Ecuador.

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