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El Principado O Diarquia


Enviado por   •  11 de Marzo de 2014  •  Ensayos  •  2.368 Palabras (10 Páginas)  •  2.173 Visitas

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EL PRINCIPADO O DIARQUIA. ATRIBUCIONES DEL PRINCIPE:

Es el período de la Historia de Alto Imperio romano que va desde el ascenso de Octavio Augusto (27 a. C.) a la llegada de Diocleciano (284 d. C.).

Este tipo de gobierno es el resultado de la evolución de las instituciones republicanas, adaptándolas a las provincias imperiales y su propio tesoro, y los antiguos organismos con las provincias senatoriales y el tesoro público. Pero en la práctica el gobierno es un protectorado, donde el Príncipe ostenta todos los poderes Auctoritas, Maiestas y Potestas y vigila a las autoridades clásicas.

El Principado fue una monarquía colegiada, a la cual sucede el Dominado (cuarto período) que se va a caracterizar por ser una monarquía absoluta, sin asociados al gobierno, a diferencia del principado, que es una democracia autoritaria. Los romanos concibieron el Principado como un régimen temporal de acuerdo a las circunstancias del momento, pero no se dio de esta manera.

ATRIBUCIONES DEL PRINCIPE:

Los poderes ejercía eran poderes ya existentes: magistraturas, imperium, potestad tribunicia, etc.; la novedad está en la acumulación, la duración y la extensión de dichos poderes. Augusto desde este momento es el Príncipe (princeps) .Se establecía así una monarquía de hecho. Los poderes que el Príncipe ejercía eran de base militar, civil y religiosa. Sus poderes se basaban en el consenso del pueblo y el Senado.

El poder militar descansa sobre el imperium, el cual consiste en una atribución concebida por el pueblo, o en su nombre, y se ejerce sobre las provincias fronterizas. Pronto este imperium se extenderá por las demás provincias y a la totalidad del ejército. Además el emperador puede poner fin a las operaciones militares. Otras atribuciones son: cumplir con los actos religiosos debidos y celebrar la ceremonia tradicional del triunfo.

La base del poder civil es la potestas tribunicia. Esto le da el derecho de apresar y castigar, de presidir y convocar el Senado y los comicios, de hacer uso del veto y de la inviolabilidad.

Otro poder del príncipe es la auctoritas, es decir, el ascendiente moral que posee él sobre el pueblo. El conjunto de poderes se llama lex de imperio

LA OBRA DE LOS ANTONINOS:

Los grandes príncipes Antoninos, originarios de la más romana de las provincias, Hispania, llevarán la civilización y cultura romana a los más altos niveles que alcanzara el mundo antiguo

Los ideales de la política de Marco Aurelio se mantendrán como un verdadero símbolo del buen gobierno para la aristocracia romana de los tiempos futuros; los emperadores que le sucedieron se apartaron de esos ideales y de la concepción política de Marco. De ahí sus errores y de ahí la progresiva decadencia del imperio, que Herodiano contempla con tristeza.

La extensión de la ciudadanía en el Imperio: análisis histórico-geográfico. El mundo romano se desarrolla y ocupa un lugar físico concreto. Es el mundo del Mediterráneo, el mar que las conquistas romanas a lo largo de los siglos han ido convirtiendo en un lago sometido al poder de los Césares y el mundo en el que los hombres pueden vivir como tales, dando cumplimiento a todas las potencialidades que se desprenden de su naturaleza racional. En esta visión de la geografía, los romanos nos ofrecen una estupenda imagen de sí mismos. Cuando los geógrafos de la época describen las características de las diversas regiones que componen el Imperio, lo que hacen es afirmar deliberada o inconscientemente que éste es el único lugar en donde la vida de los hombres puede responder a la civilización que nos convierte en seres superiores a los animales

Su obra es esencialmente descriptiva, a diferencia de otras geografías precedentes, que se basaban en descripciones astronómicas o meramente cartográficas. Pero evidentemente no es una obra neutral, pues conlleva una forma de ver el mundo que es propia de un hombre que vive dentro de una cultura que considera superior a cualquier otra conocida. Se trata de una civilización de ciudadanos, que precisamente por originarse en la urbe, es superior a cualquier forma de vida en los ambientes rústicos.

IUS PUBLICAE RESPONDENDI

Significaba que sus respuestas a los casos en que eran consultados tendrían fuerza de ley, siendo su opinión obligatoria para los jueces. La finalidad era ejercer un control sobre la actividad de los prudentes, ya que se obtenía “ex autoritate principis”, y jerarquizar la actividad, formando los denominados consejos del príncipe.

EL SENADO Y SUS ATRIBUCIONES:

Otras de las instituciones gubernamentales fue el senado que constituía la asamblea de los patres o de los ancianos. Primitivamente fue una asamblea de los jefes de las gentes nombrados por cien miembros cuyo número fue aumentado a 300.

Las atribuciones del senado eran las de ratificar las decisiones comiciales y evacuar las consultas que el rey efectuaba cuando tuviera necesidad de adoptar decisiones para la vida del Estado. Además, cada senador debía ejercer por turno el cargo de interés en caso de vacancia de la magistratura suprema. De esta manera el senado pasó a ser copartícipe del poder real.

LA DOCTRINA:

En la antigua Roma, doctrina y jurisprudencia estaban profundamente ligadas. En realidad, la jurisprudencia se refería a la doctrina de los jurisconsultos, o sea a aquellos conocedores de lo justo y lo injusto, por su especial sabiduría sobre el orden jurídico, y no a los fallos concordantes sobre un mismo asunto. Al principio de su existencia era la clase patricia la encargada de brindar a sus clientes, personas bajo a protección de los patricios (de aquí proviene la palabra “cliente” con la que se designa a quienes solicitan asesoramiento a un abogado) las respuestas sobre las cuestiones jurídicas.

JURISTAS VETERES

La jurisprudencia dejó de ser pontifical para transformarse en Laica; éstos jurisconsultos fueron los fundadores del “iuscivile”, el cual tenía fundamental importancia para el desempeño de las magistraturas.

LAS ESCUELAS DE LOS PROCULENIANOS Y SABINIANOS

La proculenianos y sabinianos fueron dos escuelas opuestas de jurisprudencia: en general, los proculeianos asumían una tendencia liberal y los sabinianos tolerancia frente al absolutismo. Sin embargo, la oposición entre las escuelas no era clara en cuanto a fundamentos jurídicos. Si bien es cierto que diferían en sus conceptos también es cierto que miembros de una misma escuela discrepaban. Después de Salvio Juliano prácticamente

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