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Critica A La Nueva Retórica De Chaim Perelman


Enviado por   •  6 de Abril de 2014  •  1.835 Palabras (8 Páginas)  •  1.085 Visitas

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A LA TEORÍA DE CHAIM PERELMAN.

1. Una teoría de la razón práctica.

La importancia de la obra de Perelman radica esencialmente en su intento de rehabilitar la razón práctica, es decir, de introducir algún tipo de racionalidad en la discusión de cuestiones concernientes a la moral, el derecho, la política, etc., y que venga a significar algo así como una vía intermedia entre la razón teórica, la pura y simple irracionalidad.

Lo que no está claro, sin embargo, es que la Nueva Retórica haya logrado realmente sentar las bases de una teoría de la argumentación que pueda cumplir las funciones- descriptivas y prescriptivas- que le atribuye Perelman; de hecho, la recepción de su obra ha sido, con cierta frecuencia, una recepción crítica.

Dividiré en tres apartados las objeciones que se le pueden poner- y que se le han puesto-, según que se trate de una crítica conceptual, de una crítica ideológica, o de una crítica relativa a su concepción del derecho y del razonamiento jurídico.

2. Critica conceptual.

Podría decirse que el pecado capital de Perelman, desde el punto de vista teórico, es la falta de claridad de prácticamente todos los conceptos centrales de su concepción de la retórica. El propio Perelman ha defendido la tesis de que las nociones confusas no sólo son inevitables, sino que juegan un papel muy importante en la argumentación, sin embargo, la utilización de estas nociones en realidad, debe de utilizarse lo menos posible.

A. Sobre la clasificación de los argumentos.

La clasificación de los argumentos que aparece en el Tratado dista bastante de ser clara e incluso útil. Por un lado, la distinción entre procedimientos de asociación y de disociación parece artificiosa, pues las dos técnicas se implican recíprocamente. Prueba de esta artificiosidad es que en el Tratado se considera que la técnica del distinguo escolástico es un ejemplo de disociación, mientras que la lógica jurídica y la nueva retórica se vinculan a los argumentos jurídicos a simili a fortiri y a contrario los cuales, en el Tratado, formaban parte de los argumentos cuasilógicos.

Perelman insistía en que la clasificación que el ofrecía de los argumentos era en cierto sentido arbitraria. Pero la arbitrariedad llega al extremo de que, a la hora de clasificar los argumentos, los supuestos de duda son más que los de claridad; entonces lo que no se ve es la utilidad de emprender tal esfuerzo clasificatorio.

Como consecuencia de todo ello, uno de los grandes esfuerzos emprendidos por Perelman, el del análisis de las diversas técnicas argumentativas, queda, en buena medida, desvalorizado, pues el análisis de la estructura de cada argumento no puede considerar satisfactorio cuando no está claro cuál es el marco en que se inserta y, por tanto, como se relacionan entre si las diversas estructuras.

B. Sobre la fuerza de los argumentos.

La noción de fuerza de un argumento obviamente central para cualquier teoría de la argumentación dependería de diversos factores, como la intensidad de la aceptación por un auditorio, la relevancia del argumento para los propósitos del orador y del auditorio, la posibilidad de ser refutado (es decir, hasta qué punto el auditorio acepta ciertas creencias que permitirían refutar el argumento) y las reacciones de un auditorio considerado jerárquicamente superior.

En el libro de Manuel Atienza titulado Razones de Derecho resume su crítica a la Nueva Retórica de Perelman en cinco puntos, los cuales son:

a. La estructura del argumento tiene que ver más con la relación entre las premisas y la conclusión.

b. Se necesitan reglas para combinar los criterios anteriores.

c. Los conceptos utilizados en esos criterios no se definen de una sola manera.

d. Hay que descubrir cuál es la fuerza del discurso en cuyo contexto se desarrolla el argumento para saber su grado de aceptación, ya que se encuentra determinado por el orador, el tiempo y el contexto.

e. La dificulta de pasar de la fuerza de un discurso a la fuerza de un argumento ya que un argumento se utiliza en cierto lugar del discurso y va acompañado de otros que interaccionan con él.

No parece que la Nueva Retorica suministre criterios operativos para distinguir los argumentos fuertes, de los débiles, si a la noción de fuerza de un argumento se le atribuye un significado empírico.

C. El auditorio universal.

Podría pensarse que en Perelman sí existe un modo de distinguir los buenos de los malos argumentos cuando esta noción se interpreta en un sentido más bien normativo que empírico. Un buen argumento, un argumento fuerte es el que valdría frente al auditorio universal. Esta noción, como ya se ha dicho, desempeña un papel central en la construcción perelmaniana, pero hay algunas razones para dudar de su solidez. Con bastante frecuencia se ha señalado que el concepto de auditorio universal de Perelman es ambiguo, pero la ambigüedad no se ha visto siempre de la misma manera.

Aarnio es quien por ejemplo menciona la antigüedad que el auditorio universal tiene un carácter ideal, que esta histórica y culturalmente determinado dependiendo de hechos contingentes.

Alexy, por su lado, parece aceptar el carácter ideal de la noción, entiende que en Perelman se encuentran dos sentidos distintos de auditorio universal. Por un lado, el auditorio universal sería una construcción del orador (de ahí su carácter ideal), que, por tanto, depende de las ideas de individuos particulares y de diversas culturas.

Como conclusión quizás pudiera decirse que el auditorio universal de Perelman es, más que un concepto cuidadosamente elaborado, simplemente una intuición feliz.

3. Critica ideológica.

Si el pecado capital de Perelman, desde el punto de vista teórico, es la falta de claridad conceptual, desde el punto de vista práctico lo es el conservadurismo, ideológico. Este conservadurismo, por otro lado, tiene bastante que ver con la oscuridad de las nociones que configuran el aspecto normativo de la teoría, esto es, las que configuran los criterios de la buena argumentación, como es el caso de los conceptos del pluralismo, razonabilidad e imparcialidad que, en último término, se remiten

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