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LEGALIZACION DE LA MARIHUANA


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2011  •  1.649 Palabras (7 Páginas)  •  2.391 Visitas

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¿Por qué debemos legalizar el auto-cultivo?

Nuestro sistema legal penaliza el cultivo de cualquier droga y habilita la tenencia de “cantidades razonables” siempre y cuando sea para consumo personal, por lo que hay un doble criterio, además de que existir un vacío legal en cuanto a establecer la cantidad que se considera para consumo personal.

Esta poca claridad conlleva a que hoy en día haya más de 350 personas presas por tenencia de marihuana de los cuales el 60% tenía menos de 25g.

Este año hubo 2 casos muy polémicos de procesamiento, uno fue el de un artesano de 39 años y el otro el de una mujer de 66 años, escritora de libros de cannabis.

Estos casos pusieron nuevamente el tema sobre el tapete y tras una manifestación realizada frente a la Suprema Corte de Justicia reclamando la libertad de los procesados y tuvo como respuesta la respuesta de varios Diputados a favor de la legalización expresando la voluntad de legalizar el autocultivo y además la adherencia de otros sectores que hasta el momento no se habían manifestado ni a favor ni en contra.

El nuevo proyecto de Ley propuesto establece lo siguiente en cuanto a las cantidades consideradas como “razonables”:

“ARTÍCULO 3°.- Quedan prohibidos la plantación, el cultivo, la cosecha y la comercialización de cualquier planta de la que puedan extraerse estupefacientes y otras sustancias que determinen dependencia física o psíquica con las siguientes excepciones:

A) Cuando se realicen con exclusivos fines de investigación científica o para la elaboración de productos terapéuticos de utilización médica.

Las plantaciones o cultivos, en tal caso, deberán ser autorizados previamente por el Ministerio de Salud Pública y quedarán bajo su control directo.

B) La plantación, el cultivo y la cosecha de plantas de cannabis de efecto psicotrópico destinadas para consumo personal con arreglo a la valoración de la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Sin perjuicio de ello, se entiende que es para consumo personal la plantación, el cultivo y la cosecha en el hogar de hasta ocho plantas de cannabis de efecto psicotrópico y la recolección de la plantación precedente, sin que se admita prueba en contrario.

“ARTÍCULO 31.- El que sin autorización legal, importare, exportare, introdujere en tránsito, distribuyere, transportare, tuviere en su poder no para su consumo, fuere depositario, almacenare, poseyere, ofreciere en venta o negociare de cualquier modo, alguna de las materias primas, sustancias, precursores químicos y otros productos químicos mencionados en el artículo anterior y de acuerdo a lo dispuesto en este, será castigado con la misma pena prevista en dicho artículo.

Quedará exento de responsabilidad el que transportare, tuviere en su poder, fuere depositario, almacenare o poseyere una cantidad destinada a su consumo personal con arreglo a la evaluación de la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Sin perjuicio de ello y sin que se admita prueba en contrario, se entenderá como cantidad destinada al consumo personal, hasta 25 gramos de marihuana.

En caso de que a una persona se lo encontrase con más cantidad de la establecida como máximo se necesitará plena prueba o semiplena prueba de que existió trafico para poder procesarlo.

Hoy en día tras la lucha que se lleva a diario para lograr la legalización se ha logrado el apoyo de la Iglesia tras la manifestación del Arzobispo Nicolás Cotugno realizada en abril del presente año, en la que dijo que apoya la sanción de esta Ley siempre y cuando sea para evitar un mal mayor, confiando en que servirá para combatir la drogadicción.

A continuación se adjunta un artículo del Diario el País Digital en el que narra la situación por la que pasó esta señora de 66 años procesada por tenencia de plantas de marihuana en su domicilio:

Ciudades

Solicitan libertad de la "señora cannabis"

Está presa por cultivar marihuana; recurren a la Corte

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Alicia Castilla, la mujer de 62 años conocida como la "señora cannabis" y procesada con prisión el 31 de enero de este año por cultivar 15 plantas de marihuana en su casa de Villa Argentina, presentó a la Suprema Corte de Justicia un pedido de "libertad provisional por gracia", luego de 73 días privada de libertad.

La jueza de Atlántida, Gabriela Tejera, le negó la libertad hace pocos días a la mujer argentina que reside en Uruguay. Esta resolución judicial llevó a la defensa de la procesada por cultivo de droga a presentar el recurso a la Suprema Corte, que es la que ahora deberá decidir.

Según el abogado defensor de la "señora cannabis", el exjuez Federico Álvarez Petraglia, sería similar a la libertad que otorga un juez de primera instancia, con la diferencia que lo decide la Corte.

"En cualquier estado de la causa, a solicitud presentada por escrito por la defensa,

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