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Legislación penal


Enviado por   •  26 de Agosto de 2011  •  Informes  •  2.617 Palabras (11 Páginas)  •  1.405 Visitas

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ÍNDICE

CAPITULO I.

GENERALIDADES SOBRE EL DERECHO PENAL.

El derecho tiene como finalidad la conducta humana para hacer posible la vida gregaria, siendo un conjunto de normas rigen la conducta externa de los hombres en sociedad, las cuales pueden imponerse a sus destinatarios mediante la fuerza que dispone el Estado.

El derecho intenta proteger los intereses que son de importancia incalculable, para lograr tal fin el Estado esta naturalmente facultado y obligado a valerse de los medios adecuados, originando la necesidad y justificación del derecho penal ya que por su naturaleza punitiva es capaz de crear y conservar el orden social.

1.1. PARTES EN QUE SE DIVIDE EL DERECHO PENAL.

El estudio del derecho penal se divide en diversos temas, según el punto de vista y la extensión que cada quien le de, se coincide en señalar dos partes la general y la especial de la cual la general es la constitutiva del objeto de los lineamientos la cual se divide en Teoría de la Ley Penal, Teoría del Delito, Teoría de la Pena y de las medidas de seguridad.

Teoría de la ley Penal, se estudian las fuentes del derecho penal, la interpretación de ley penal y los ámbitos de validez de la ley penal (material, espacial, temporal, y personal).

La teoría del delito comprende los fundamentos generales sobre las definiciones concepto, elementos y factores negativos, la vida del delito, la participación y el concurso de delitos.

La teoría de la Pena y de las medidas de Seguridad, conoceremos la distinción entre ambas instituciones como su concepto, clasificación e individualización, la condena condicional y la libertad preparatoria.

El concurso del derecho penal se ocupa de la parte especial comprensiva del estudio de los delitos en particular y de las penas y medidas de seguridad aplicables a casos concretos.

1.2. LA CIENCIA DEL DERECHO PENAL

El derecho penal se aplica para designar al conjunto de normas penales (ordenamiento jurídico penal) pero en cuanto a la ciencia del derecho penal se estima como una rama del conocimiento humano compuesta de un acervo de nociones jurídicas de naturaleza intelectual, el cual se define al sistema de normas o conceptos científicos sobre el delito, el delincuente y la pena.

Desde el primer punto de vista el derecho penal es la rama del derecho público interno relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad las cuales tienen por objeto inmediato la creación y conservación del orden social.

El derecho público entiende al conjunto de normas que rigen las relaciones en donde el Estado interviene como soberano a diferencia del derecho privado, regulador de situaciones entre particulares. El derecho penal es público porque solo el estado tiene la capacidad para establecer los delitos y señalar las penas, imponerlas y ejecutarlas. Dentro del privado también es el Estado quien dicta y aplica los términos de relación jurídica en donde el Estado aparece como soberano. Por ende el derecho penal es una rama del derecho publico pues todo derecho positivo emerge del estado, es decir el derecho penal es publico por normar relaciones entre el poder y los gobernados.

El derecho penal esta dirigido a los súbditos, dentro de los limites jurisdiccionales del Estado, se le considera una rama del derecho interno, sin constituir los convenios celebrados entre los países los cuales son solo actos de soberanía de quienes los suscriben.

Según Eugenio Cuello Calón, la ciencia del derecho penal, es el conjunto sistemático de principios relativos al delito a la pena y a las medidas de seguridad, la cual trata la constitución de las normas que definen los actos seriamente trastornados del orden social y las medidas adecuadas para su prevención y represión.

Para el penalista la ley es como un verdadero dogma, la cual debe tenerse como verdad firma y cierta base de toda investigación, La dogmatica es una rama de la ciencia del derecho penal cuya misión es el estudio integral del ordenamiento penal positivo.

1.3. EVOLUCIÓN DE LAS IDEAS PENALES.

A lo largo del tiempo, la función represiva se ha orientado hacia diversas rutas se agrupan cuatro periodos las tendencias comunes a saber las cuales son, la venganza privada, venganza divina, venganza publica, y el periodo humanitario y la de los últimos tiempos la venganza científica.

Cada uno de los periodos aparece con sensible relieve, el principio de donde toman su nombre la cual no se sustituyen íntegramente, en cuanto surge el otro no desaparece por completo las ideas opuestas las cuales aun se perciben reminiscencias del periodo penales de antaño.

La venganza privada, la cual se le llama también venganza de la sangre o época barbará dentro del primer periodo del derecho penal la cual fue el impulso de la defensa o de la venganza la ratio essendi de todas las actividades provocadas por un ataque injusto, por falta de protección adecuada que después se organiza en cada articular, cada familia, cada grupo se protege y se hace justicia por si mismo.

Se habla de la venganza como un antecedente en cuya realidad espontanea hunden sus raíces las instituciones jurídicas que sustituyen para comprobar su existencia en datos y documentos históricos del conocimiento de la naturaleza humana.

La venganza privada se le conoce también como venganza de sangre porque sin duda se origino por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre. Los vengadores al ejercitar su reacción se excedían causando males mayores la cual fue necesidad limitar la venganza fue como sucedió la formula del talión ojo por ojo y diente por diente la cual significa que el grupo solo reconocida al ofendido el derecho de causar un mal de igual intensidad al sufrido.

De la venganza divina, Parece natural que al revestir los pueblos de organización teocrática de los problemas se han proyectados hacia la divinidad como eje fundamental de la constitución del Estado. Se estima al delito una de las causas del descontento de los dioses por los jueces y tribunales juzga en nombre de la divinidad ofendida, pronunciando sus sentencias e imponiendo las penas para satisfacer su ira, logrando el desistimiento de su justa indignación.

En esta etapa evolutiva del derecho penal

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