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Principios Constitucionales Del Amparo


Enviado por   •  5 de Marzo de 2013  •  1.067 Palabras (5 Páginas)  •  571 Visitas

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1.- PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL JUICIO DE AMPARO. 2 OPINIONES DE AUTOR

A).- Los principios constitucionales del juicio de amparo, son el conjunto de reglas o principios que lo estructuran, algunos de ellos sufren excepciones atendiendo particularmente a la índole del quejoso, a la naturaleza del acto reclamado y a los fines del propio juicio. (Ignacio Burgoa)

B).- Los principios en sentido estricto son normas, explícitas o implícitas, que

establecen la obligación, permisión o prohibición de realizar una cierta acción —que se entiende expresa alguno de los valores superiores de un ordenamiento jurídico (Manuel Atienza).

2.- PRINCIPIOS DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA

Este principio se basa en el derecho que tiene el afectado o agraviado de llevar acabo el ejercicio de la acción de amparo, cuando ve lesionados sus derechos en los casos previstos en el artículo 103 constitucional, cabe señalar que el juicio de amparo no puede iniciar oficiosamente, sin que éste comienza siempre con el ejercicio de la acción por parte del sujeto legitimado, además se requiere que este sujeto impulse el procedimiento. Es importante citar que al referirnos al sujeto, nos referimos a todo aquel que se encuentre en la situación de gobernado, comprendiendo de esta manera a las personas físicas y,(individuos), personas morales de derecho privado y social tal cual es el caso de los(sindicatos, comunidades agrarias), organismos descentralizados y empresas de participación estatal y excepcionalmente , a las entidades morales de derecho público u oficiales, cuando el agravio que produce el acto de autoridad afecta sus intereses patrimoniales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley de Amparo.

El fundamento constitucional del principio de instancia agraviada los encontramos en el artículo 103 de la Constitución, fracción I,:

Artículo 103. Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite

I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos

Reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados.

Y el artículo 4° DE LA LEY DE AMPARO, que a continuación se transcribe.;

Artículo 4o.- El juicio de amparo únicamente puede promoverse por la parte a quien perjudique la ley, el tratado internacional, el reglamento o cualquier otro acto que se reclame, pudiendo hacerlo por sí, por su representante, por su defensor si se trata de un acto que corresponda a una causa criminal, por medio

de algún pariente o persona extraña en los casos en que esta ley lo permita expresamente; y sólo podrá seguirse por el agraviado, por su representante legal o por su defensor

3.- PRINCIPIO DE PROSECUCION JUDICIAL

Este principio consiste en que el amparo se tramita por procedimientos y formas del orden jurídico, esto significa que el juicio de amparo es un verdadero proceso judicial en el cual observamos las formas jurídicas procesales judiciales: la demanda , la contestación, la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia.

El fundamento Constitucional está establec ido en el artículo 107

Artículo 107.

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