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Principios Filosóficos De La Educación En México


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2011  •  2.764 Palabras (12 Páginas)  •  2.001 Visitas

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Principios filosóficos de la educación en México

Debido a los acontecimientos que se vienen dando en la actualidad, tales como la propuesta por parte de los católicos para impartir religión en educación pública, el rezago educativo como consecuencia del abandono de estudios y deserción escolar, es necesario reforzar el conocimiento de los principios filosóficos, pilares de la Educación Básica Mexicana, para lo cual ahondo en este texto una explicación amplia acerca de laicidad, gratuidad y obligatoriedad, abordando eficazmente sobre los beneficios de conocerlos, en qué consisten y su influencia en el trabajo docente, esperando cumpla su función como instrumento de valoración y critica.

Iniciaré hablando del principio de laicidad, al cual lo vamos a entender como la independencia en educación de los organismos religiosos, pero antes de entrar en materia, veamos de manera muy breve desde cuando aparece dicho principio filosófico. La educación laica es definida como una educación que se mantiene neutral sobre todas las doctrinas (religiosas, filosóficas, morales, políticas, económicas, etc.). Ahora bien, quizás sea posible para un profesor de matemática dictar una clase de una hora de duración sin influir sobre sus alumnos en cuanto se refiere a estos temas significativos.

En la Constitución de 1857 aparece por vez primera la independencia de la iglesia; continua en la de 1917; el 14 de diciembre de 1874 queda explícitamente prohibida la instrucción religiosa; en la ley del 23 de marzo de 1888 se excluyen a los ministros de culto en la enseñanza y posteriormente en el artículo 3º de la Constitución de Querétaro se destaca que las instituciones educativas no tendrán relación alguna con corporaciones religiosas, de esta forma en 1917 se extiende el laicismo a las escuelas particulares en el nivel primaria. Así, esta etapa comprendida de 1857 a 1917 la denominaremos laicismo moderado, en el cual se mantenía cierta neutralidad respecto de la religión. Posteriormente en 1926 se repitió la prohibición de que los directores fueran ministros de algún culto, con lo cual se pasó al laicismo agresivo, separando completamente Escuela-Religión.

En 1931, todas estas acepciones de laicidad se extienden a las escuelas secundarias. Finalmente, durante la administración del Presidente Carlos Salinas de Gortari, se modificó el artículo 3º constitucional con restricción del laicismo sólo a la educación impartida por el Estado. Igualmente encontramos en la Ley General de Educación en su artículo 5º la libertad de creencias y en el artículo 10 de la Ley Estatal de Educación se marca estrictamente que la educación debe ser laica y ajena a toda doctrina religiosa.

A partir de estas premisas nacen ciertas necesidades para el maestro, tales como: ¿por qué conocer este principio?, ¿cuál es su influencia en el trabajo docente?. Considerando la diversidad de religiones existentes hoy en día, es necesario formar una conciencia de tolerancia como docente, así será menester no provocar en ningún momento algún tipo de conflicto que pudiera incomodar a algún alumno, o si se diera el caso sería incorrecto reprimir, insultar o encaminarlo hacia la religión preferida del docente. Debemos entender que uno de los pilares de la Educación es el fomento de valores y sería incongruente mostrar algún tipo de intolerancia por las preferencias de los estudiantes.

Asimismo, el hecho de poseer o no una religión me obliga, en el caso de tenerla a no predicar en el aula de clases algo referente a mi religión, como para convertir a aquellos que traen consigo otras tendencias, por otro lado, en el caso de no creer en nada de lo predicado en las distintas religiones, sería catastrófico atentar contra cada una de las creencias imperantes e /o inculcadas en los jóvenes y decirles que todo es mentira o su religión es falsa, se violaría el artículo 3º constitucional y la Ley General de Educación, así como el valor de la tolerancia.

Y retomando el punto que se está cocinando actualmente, respecto a la propuesta de la iglesia católica de impartir religión, debería considerarse que antaño era parte de la escuela pública porque era la única religión aceptada, principalmente en la época colonial, sin embargo hoy en día hay infinidad de doctrinas, lo cual implica libertad de creencias, y el catolicismo busca inmiscuirse en la Educación Pública con el pretexto de la falta de valores, y de esta manera adquirir más adeptos, pues ciertamente los está perdiendo, posteriormente podría desplazar y rebelarse contra el poder gubernamental y las decisiones que éste considere pertinentes, trayendo consigo múltiples consecuencias al aparato estructural Mexicano, consideremos de manera irónica o hipotética: en el año de 1810 se suscitó la Guerra de Independencia, en 1910 la Revolución Mexicana, cabe preguntarse, ¿Qué nos depara el 2010? Podría darse el caso de una rebelión por el poder religioso.

Toca turno de mención a uno de los principios que parece ser motivo de discusión y ha sido colocado en tela de juicio en la Educación Pública al cobrarse las “cuotas voluntarias”, me refiero a la Gratuidad, la cual es citada por primera vez el 27 de diciembre de 1865; luego en las leyes de 1867, 1891 y 1908. Posteriormente aparece en el artículo 3º de la Constitución de 1917. En la Ley General de Educación podemos encontrar este principio en el artículo 6º, así también en la Ley Estatal de Educación correspondiente al Estado de Veracruz en su artículo 11º. Entendemos a este término como algo que no cuesta dinero, principio de Gratuidad, asentado en el artículo 3º constitucional y en las leyes antes mencionadas, se aplica a la Educación Pública.

Tal principio filosófico nos hace ver que en ningún momento se privará a algún individuo del derecho a la educación por causas de bajos recursos económicos, ni tampoco se podrá obligar a los padres de familia a pagar una cuota, muchas veces acordada por la Sociedad de Padres de Familia, en primera, porque esto atenta o viola las leyes que sustentan el principio de Gratuidad, y en segunda, porque en caso de no poder pagar la cantidad solicitada como cooperación, el o los alumnos se verían en la necesidad de renunciar a la Educación, es decir salirse de la escuela y pasar a formar parte del rezago educativo. Si de por sí los índices de reprobación y deserción son muy altos, y que apareciera un maestro que desconociera este pilar educativo, sólo contribuiría a más deserción y/o abandono de los estudios por parte de individuos en edad escolar, contribuyendo a lo antes mencionado, el rezago educativo.

Sin embargo, a veces es muy necesario hacer uso de la

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